Resolución 024 de 2017
Resolución 024 de 2017 Secretaría Distrital de Hacienda
- Tipo
- Resolución
- Número
- 024
- Año
- 2017
- Fecha
- 17 de febrero de 2017
- Entidad
- Secretaría Distrital de Hacienda
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 024 DE 2017
(Febrero 17)
[Derogada por el art. 79, Resolución 357 de 2022.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=128699#79)
**
_Mediante la cual se delegan representantes del Nivel Directivo y del Sector Administrativo de Coordinación de Hacienda en los Consejos Locales de Gobierno y se dictan otras disposiciones_**
LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades conferidas mediante los artículos 35,40,45, 60 del Acuerdo 257 de 2007, el artículo 5 del Decreto 340 de 2007, y en concordancia con el artículo 4 del Decreto 601 de 2014,**
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo [257](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307) de 2007 (sic) se determinó la estructura general, organización y funcionamiento de las entidades y organismos de Bogotá D.C, y se implementó el sistema de coordinación interinstitucional del Distrito Capital, y dentro de este se determinó la existencia de los Consejos Locales de Gobierno.
Que el artículo [40 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#40)del Acuerdo 257 de 2007 (sic) define a los Consejos Locales de Gobierno como: “la principal instancia de coordinación y articulación de las estrategias, planes, y programas que se desarrollan en la localidad, para atender las necesidades de la comunidad con las competencias propias con los asuntos del territorio local”.
Que el mismo artículo 40, establece que los Consejos Locales de Gobierno estarán conformados por: “El Alcalde o Alcaldesa Local quien lo preside, el comandante de la Policía que opere en la localidad, por los representantes de los Sectores Administrativos de Coordinación que el Alcalde o Alcaldesa local estime pertinentes, y por los demás servidores o servidoras que el Alcalde o Alcaldesa local determine.”
Que el art 4º del Decreto distrital 340 de 2007 determinó que los Consejos Locales de Gobierno, estarán conformados entre otros por los representantes de los Sectores Administrativos de Coordinación que el Alcalde o Alcaldesa Local estimen pertinentes.
Que el art 5º de la misma norma estableció “Cada una de las Secretarías cabeza de sector que conforman el Consejo Local de Gobierno, de acuerdo a la reglamentación y convocatoria de los Alcaldes o Alcaldesas Locales, deberán nombrar a un delegado con capacidad de decisión definida expresa y formalmente por cada sector, cuya asistencia a las sesiones será obligatoria.”
Que el Decreto [601](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60281#5) de 2014 “Por el cual se modifica la estructura interna y funcional de la Secretaría Distrital de Hacienda, y se dictan otras disposiciones” en su artículo 4º literales c y o, fija especialmente como funciones del Despacho de la Secretaría Distrital de Hacienda:“c. Coordinar el desarrollo de planes, programas y estrategias de los organismos y entidades que integran el Sector Hacienda.” y o. “Establecer las políticas generales de la Secretaría Distrital de Hacienda, velar por el adecuado y oportuno cumplimiento de sus funciones, organizar el funcionamiento de la entidad, y proponer ajustes a la organización interna y demás disposiciones que regulan los procedimientos y trámites administrativos internos.”
Que se hace necesario modificar las Resoluciones SDH-000251 y SDH-000252 de 8 de Agosto de 2013, para designar nuevos representantes de la Secretaría Distrital de Hacienda ante los Concejos Locales de Gobierno.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1º.
Delegar como representantes del Nivel Directivo del Sector de Hacienda en los Consejos Locales de Gobierno conforme el siguiente cuadro:
| RERESENTANTES DEL NIVEL DIRECTIVO EN CONSEJOS LOCALES DE GOBIERNO, DEL SECTOR HACIENDA | EN LAS LOCALIDADES ---|--- Subdirector de Infraestructura y Localidades de la Dirección Distrital de Presupuesto – Secretaría Distrital de Hacienda. | Kennedy Ciudad Bolívar Puente Aranda Teusaquillo Subdirector de Desarrollo Social de la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda. | San Cristóbal Tunjuelito Chapinero Suba Subdirector de Finanzas Distritales de la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda. | Sumapaz Antonio Nariño Candelaria Fontibón Subdirector de Análisis y Sostenibilidad Presupuestal de la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda. | Usme Bosa Usaquén Santafé Subdirector de Gestión de la Información Presupuestal de la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda. | Mártires Engativá Rafael Uribe Uribe Barrios Unidos.
Artículo 2º.
Delegar los siguientes representantes del sector de Coordinación de Hacienda para los Consejos Locales de Gobierno ordinarios de periodo mensual así
Consejo Local de Gobierno | Código Grado | Denominación | Representante principal | Representante suplente ---|---|---|---|--- Los Mártires Santa Fe | 222 | 18 | Profesional Universitario | Subdirección de Infraestructura y Localidades | Subdirección de Desarrollo Social Antonio Nariño Barrios Unidos Cuidad Bolívar Bosa Puente Aranda Tunjuelito Usaquén Usme | 222 | 21 | Profesional Especializado | Subdirección de Infraestructura y Localidades | Subdirección de Desarrollo Social Chapinero Engativá San Cristóbal Suba Sumapaz Teusaquillo | 222 | 24 | Profesional Especializado | Subdirección de Infraestructura y Localidades | Subdirección de Desarrollo Social Rafael Uribe Uribe Candelaria Fontibón Kennedy. | 222 | 27 | Profesional Especializado | Subdirección de Infraestructura y Localidades | Subdirección de Desarrollo Social
Artículo 3º.
La Dirección Distrital de Presupuesto será la responsable de enviar comunicación con el nombre de quien fue delegado para cada Consejo Local de Gobierno al respectivo Alcalde o Alcaldesa Local, del mismo modo los mantendrá al tanto de los cambios que pudieran producirse por rotación del personal inicialmente delegado.
Artículo 4º.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70662), y deroga las Resoluciones SHD-000251 y SDH-000252 de 2013.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de febrero de dos mil diecisiete (2017).
BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ
Secretaria Distrital de Hacienda
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