Resolución 1546 de 2018
Resolución 1546 de 2018 Secretaría Distrital de Planeación
- Tipo
- Resolución
- Número
- 1546
- Año
- 2018
- Fecha
- 19 de octubre de 2019
- Entidad
- Secretaría Distrital de Planeación
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 1546 DE 2018
(Julio 19) __ _Por la cual se realiza la modificación al diseño del elemento Caneca en acero inoxidable M-121 adoptado mediante Decreto Distrital[603](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28087#0)de 2007_
EL SECRETARIO DISTRITAL DE PLANEACIÓN
En uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 4°, literal n) del Decreto Distrital 016 de 2013 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4718#3) del Decreto Distrital 959 de 2000, definió el mobiliario urbano en los siguientes términos: _"(...) se entiende por mobiliario urbano el conjunto de elementos colocados a instancias de la administración para el servicio, uso y disfrute del público y que hacen parte del medio ambiente urbano y del espacio público de la ciudad. Así como también los que ofrecen información, orientación y mejores condiciones de seguridad, tranquilidad e higiene._ __ _Son elementos de Amoblamiento urbano, entre otros los siguientes:_ __ _(...) De salud e higiene: Los baños y objetos recolectores de basura; (...)”_ Que el parágrafo del artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28087#1) del Decreto Distrital 603 de 2007, establece que la _"(...) Secretaría Distrital de Planeación podrá definir, modificar o ajustar el diseño de los elementos que conforman el Mobiliario Urbano de la ciudad”_ Que el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28150#3) del Decreto Distrital 620 de 2007, define como el Subsistema del Servicio Público de Aseo como aquel _"(...) Mobiliario urbano. Constituyen el mobiliario urbano del Servicio Público de Aseo los elementos de presentación de los residuos para su recolección y transporte, para la ubicación de residuos separados en la fuente, en el marco de los programas de aprovechamiento, y para la ubicación de residuos generados en actividades realizadas en espacios públicos, recolección y transporte por las empresas que prestan el servicio público de aseo, según lo establecido en los contratos de condiciones uniformes y, cuando sea el caso, en las licitaciones que contrate el Distrito Capital o la entidad Distrital responsable de garantizar la prestación del servicio público de aseo._ __ _• Cestas ubicadas para el depósito de residuos por parte de los peatones y posterior recolección por la entidad prestadora del servicio público de aseo._ Que el artículo [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28150#18) del Decreto en mención establece _"(...) Las canecas, canastillas y recipientes señaladas en este artículo para sistema general de residuos sólidos, serán homologadas por la SDP, a través de la Dirección del Taller del Espacio Público,_ __ _(...)Localización: Las canecas y canastillas se ubicarán sobre el espacio público, en la franja de mobiliario urbano, en sectores de gran afluencia de público como parques, ciclo rutas, alamedas o zonas residenciales, evitando interferir con la circulación peatonal o vehicular. (...)”_ Que el literal [n)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51241#4.l.n) del artículo 4 del Decreto Distrital 016 de 2013, determina que: _"Son funciones del Despacho de la Secretaría Distrital de Planeación, las siguientes:__ __(...) n) Expedir los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones y el desarrollo de los procesos establecidos para la entidad, sin perjuicio de delegar tal responsabilidad en los servidores públicos de la Secretaría. (…)”_ Que el artículo 13 de la citada disposición consagra que: _"Son funciones de la Dirección del Taller del Espacio Público de la Secretaría Distrital de Planeación, las siguientes: (...)[k)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51241#13.l.k) Diseñar elementos y especificaciones técnicas de aplicación general para el espacio público. (...)”_ Que el artículo [2.2.3.1.5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62512#2.2.3.1.5) del Decreto Nacional 1077 de 2015, señala los elementos constitutivos del y complementarios del espacio público, y el componente de amoblamiento urbano, incluyendo dentro de éste último, el mobiliario, identificando los _"(...) Elementos de salude higiene tales como: baños públicos, canecas para reciclar las basuras. (...)”_ Que de conformidad con el artículo [2.3.2.2.2.4.57](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62512#2.3.2.2.2.4.57) del citado Decreto, _"Las personas prestadoras del servicio de aseo deberán colocar canastillas o cestas, en vías y áreas públicas, para almacenamiento exclusivo de residuos sólidos producidos por los transeúntes. Para la ubicación de las cestas a cargo del prestador, se requerirá aprobación previa del municipio o distrito._ __ _La recolección de los residuos sólidos depositados en las cestas es responsabilidad de las personas prestadoras del servicio público de aseo. La persona prestadora del servicio público de aseo deberá llevar un inventario de las cestas que suministre, así como de su estado, para efectos de su mantenimiento y reposición.”_ Que el artículo [2.3.2.2.2.4.58](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62512#2.3.2.2.2.4.58) ibídem, define las características de las canastillas o cestas públicas así: _"Las canastillas o cestas públicas deben cumplir con las siguientes características:_ __ _1. Estar diseñadas de tal forma que se facilite el depósito de los residuos, aspecto que debe tenerse en cuenta en los casos en que se coloquen tapas._ __ _2. Deben tener algún dispositivo para evitar que se llenen de agua cuando llueva._ __ _3. Deben estar ancladas para evitar que sean hurtadas._ __ _4. Los soportes tienen que ser resistentes, teniendo en cuenta el uso a que son sometidos las cestas y que se trata de mobiliario público._ __ _5. Para su ubicación debe tenerse en cuenta la afluencia de público, la generación de residuos y las condiciones del espacio público, evitando que se obstruya el paso de peatones y la visibilidad a los conductores de vehículos automotores._ __ _6. El material y diseño de los recipientes deben facilitar su utilización a los usuarios, así como la recolección de los residuos depositados, su limpieza y mantenimiento.”_ Que mediante oficio con radicado No. 1-2018-56435 del 27 de septiembre de 2018, Yanlícer Pérez Hernández en calidad de Subdirector de Recolección, Barrido y Limpieza de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP, presentó la solicitud de modificación del diseño de la Caneca en acero inoxidable M-121 que se encuentra incorporada en la Cartilla de Mobiliario Urbano de Bogotá D.C., actualizada mediante el Decreto Distrital [603](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28087#0) de 2007 en el sentido de incorporar _"algún dispositivo para evitar que se llenen de agua cuando llueva”_.
Que como parte del acompañamiento técnico de la SDP se desarrolló la propuesta de modificación, la cual fue presentada a la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP siendo aprobada en mesa técnica de trabajo realizada el 5 de Octubre de 2018. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.-** Modificar el diseño del elemento Caneca en acero inoxidable M-121, incorporando los siguientes elementos: 1.1. Un componente de protección cuyo propósito es evitar el ingreso de agua lluvia al interior del recipiente de acuerdo a lo establecido en el artículo [2.3.2.2.2.4.58](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62512#2.3.2.2.2.4.58) del Decreto Nacional 1077 de 2015. 1.2. El escudo de identificación de la Alcaldía Mayor de Bogotá y las franjas de señalización de material reciclable y no reciclable.
Parágrafo. Hace parte integrante de la presente resolución las fichas de los detalles técnicos actualizados, que representan las modificaciones realizados a la Caneca en acero inoxidable M-121. Artículo 2°.- Comuníquese a la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP el contenido de la presente resolución. Artículo 3°.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta de Urbanismos y Construcción de Obra. **COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de octubre del año 2018.
ANDRÉS ORTÍZ GÓMEZ
Secretario Distrital de Planeación Nota: Ver Anexos.
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