Resolución 498 de 2018
Resolución 498 de 2018 Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB
- Tipo
- Resolución
- Número
- 498
- Año
- 2018
- Fecha
- 21 de diciembre de 2018
- Entidad
- Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 498 DE 2018 __ **_Por medio de la cual se_
_adopta_
_el Manual de Políticas Contables de la_
_Orquesta Filarmónica de_
_Bogotá_
_._ __ La Directora General de la OFB, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las contempladas en el Acuerdo 001 de 2011, Acuerdo 003 de 2016, la Resolución 006 de 2017 modificada por la Resolución 064 de 2017, y**
CONSIDERANDO:
Que los artículos 209 y 269 de la Constitución Política establecen la obligatoriedad de las entidades y organismos del sector público de diseñar y aplicar métodos y procedimientos de control interno.
Que el articulo 354 ibídem le asigna al Contador General de la Nación, entre otras funciones, las de llevar la Contabilidad General de la Nación y consolidarla con la de sus entidades descentralizadas territorialmente o por servicios, y determinar las normas contables que deben regir en el país, conforme a la Ley.
Que el literal a) del artículo 3 de la Ley 87 de 1993 establece que “ _El Sistema de Control Interno forma parte integrante de los sistemas contables, financieros, de planeación, de información y operacionales de la respectiva entidad;_(...)”.
Que la Contaduría General de la Nación (CGN) expidió la Resolución 533 de 2015 y sus modificaciones, con el fin de incorporar como parte integrante del Régimen de Contabilidad Pública el Marco Normativo para Entidades de Gobierno, el cual está conformado por el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera; las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos; los Procedimientos Contables; las Guías de Aplicación; el Catálogo General de Cuentas; y la Doctrina Contable Pública.
Que mediante Resolución 693 de 2016 la Contaduría General de la Nación (CGN) modificó el cronograma de aplicación del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, incorporado al Régimen de Contabilidad Pública mediante la Resolución 533 de 2015, y la regulación emitida en concordancia con el cronograma de aplicación de dicho Marco Normativo.
Que en el numeral 2.1.1 del Anexo “ _Procedimiento Para La Evaluación Del Control Interno Contable_ ” de la Resolución 193 de 2016 “ _Por la cual se Incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la evaluación del control interno contable_ ”, expedida por la Contaduría General de la Nación (CGN), establece que: "(...) _las políticas contables se formalizaran mediante documento emitido por el representante legal o la máxima instancia administrativa de la entidad_ ".
Que el numeral 3.2.4. del anexo de la resolución ibidem indica que "(...) _La entidad debe contar con un manual de políticas contables, acorde con el marco normativo que le sea aplicable en procura de lograr una información financiera con las características fundamentales de relevancia y representación fiel establecidas en el Régimen de Contabilidad Pública._ (...)". Para dar cumplimiento a lo anterior, se hace necesario adoptar el manual de políticas contables de la Orquesta Filarmónica de Bogotá. En consideración de lo expuesto
RESUELVE:
Artículo 1.
Adoptar el Manual de Políticas Contables de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, actualizado en la vigencia 2018 de acuerdo al nuevo marco normativo de Contabilidad Pública, el cual hace parte integral del presente acto.
Artículo 2.
Campo de aplicación. La presente Resolución y el manual que por su medio se adopta, se aplicará en todos los actos que se relacionan con la contabilidad de la Entidad.
Artículo 3.
El manual que por medio de la presente Resolución se adopta, podrá ser modificado sin necesidad de modificar el presente acto administrativo.
Artículo 4.
Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones expedidas sobre la misma materia.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
SANDRA MELUK ACUÑA
Directora General Revisó: Andrés Felipe Albarracín – Jefe OAJ Elaboró: Andrés Felipe Ceron – Abogado OAJ
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