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Decreto Local 012 de 2018

Decreto Local 012 de 2018 Alcaldía Local de Suba

Tipo
Decreto Local
Número
012
Año
2018
Fecha
28 de diciembre de 2018
Entidad
Alcaldía Local de Suba
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 012 DE 2018

(Diciembre 28) _POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UN TRASLADO PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSÓN DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SUBA PARA LA VIGENCIA FISCAL 2018._ EL ALCALDE LOCAL DE SUBA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el tercer inciso del artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 estipula sobre, los traslados presupuestales: _“…Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.”_ Que la Alcaldía Local de Suba a 17 de diciembre de 2018, ha ejecutado el presupuesto de, INVERSIÓN DIRECTA, en un 34.37% y ha encontrado que a los rubros”, “3.3.1.15.01.03.27.1427 Suba digna e igualitaria”, “3.3.1.15.02.19.1469 Suba segura y mejor para todos” y “3.3.1.15.07.45.1481 Suba comprometida con la inspección la vigilancia y el control”, le faltan $2.112.000.000.oo para invertir en la presente vigencia por la Alcaldía Local de Suba dado que tiene programado fortalecer apoyo económico subsidio C hasta el mes de Febrero de 2019, así cómo atender la vinculación de 4.500 personas en actividades de convivencia ciudadana para cumplir la meta total del proyecto y fortalecer el adecuado funcionamiento de las inspecciones de Policía de la Localidad.

Que se requieren $ 6.000.000.oo, en el rubro 3.1.2.02.06.05 Seguro de Salud Ediles, dado que la Administración Local dejará el pago de los Honorarios Ediles del mes de diciembre, como una Cuenta por Pagar, a fin de que el desembolso se dé en los primeros días hábiles del año 2019.

Que la Administración Local, llevo a cabo la revisión de lo ejecutado presupuestalmente a 17 de diciembre de 2018, y encontró que en los rubros presupuestales _“3.3.1.15.01.02.27.1426 Primera infancia mejor para Suba”, “3.3.1.15.02.18.1506 hacia una movilidad sostenible” y “3.3.1.15.07.45.1483 Suba se expresa y decide”_ se cuenta con recursos que no serán invertidos en la presente vigencia, razón por la cual se puede disponer de ellos a fin de invertirlos atendiendo necesidades del Fondo de Desarrollo Local de Suba.

Que la Alcaldía Local de Suba mediante el proceso de depuración de las Obligaciones por Pagar, liberó recursos del rubro 3.1.8.02.02.06.005 Seguro de Salud Ediles, según Acta No. 1 del 30 de abril de 2018, los cuales pueden ser trasladados al mismo rubro pero de la vigencia 2018.

Que mediante oficio No. 1-2018-77941 del 20 de diciembre de 2018 la Dirección de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local de la Secretaría de Planeación Distrital, emite concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2018 por valor de $ 2.398.000.000.oo.

Que mediante oficio No. 2018EE246319, del 28 de diciembre de 2018 la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2018 por valor de $ 2.398.000.000.oo.

Que para el presente traslado presupuestal se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1297 del 18 de diciembre de 2018. En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Suba,

DECRETA:

Artículo primero.

Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2018, de conformidad con el siguiente detalle: | CODIGO | NOMBRE | CONTRACRÉDITOS ---|---|--- 3. | GASTOS | $ 2.398.000.000.oo 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | $ 6.000.000.oo 3.1.8 | OBLIGACIONES POR PAGAR | $ 6.000.000.oo 3.1.8.02 | GASTOS GENERALES | $ 6.000.000.oo 3.1.8.02.02 | Adquisición de Servicios | $ 6.000.000.oo 3.1.8.02.02.06 | Seguros | $ 6.000.000.oo 3.1.8.02.02.06.0005 | Seguro de Salud Ediles | $ 6.000.000.oo 3.3 | INVERSIÓN | $ 2.392.000.000.oo 3.3.1 | DIRECTA | $ 2.392.000.000.oo 3.3.1.15 | Bogotá Mejor para todos | $ 2.392.000.000.oo 3.3.1.15.01 | Pilar Igualdad de calidad de vida | $ 500.000.000.oo 3.3.1.15.01.02 | Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia. | $ 500.000.000.oo 3.3.1.15.01.02.1426 | Primera infancia mejor para Suba | $ 500.000.000.oo 3.3.1.15.02 | Pilar Democracía urbana | $ 1.000.000.000.oo 3.3.1.15.02.18 | Mejor movilidad para todos | $ 1.000.000.000.oo 3.3.1.15.02.18.1506 | Hacia una movilidad sostenible | $ 1.000.000.000.oo 3.3.1.15.07 | Eje Transversal Gobierno Legítimo fortalecimiento Local y eficiencia | $ 612.000.000.oo 3.3.1.15.07.45 | Gobernanza e influencia local regional e internacional. | $ 612.000.000.oo 3.3.1.15.07.45.1483 | Suba se expresa y decide | $ 612.000.000.oo 3.3.6 | OBLIGACIONES POR PAGAR | $ 280.000.000.oo 3.3.6.90 | OBLIGACONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES | $ 280.000.000.oo TOTAL CONTRACRETIDOS | $ 2.398.000.000.oo

Artículo segundo.

Efectúense el siguiente crédito al Presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2018, de conformidad con el siguiente detalle:

CODIGO | NOMBRE | CRÉDITOS ---|---|--- 3. | GASTOS | $ 2.398.000.000.oo 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | $ 6.000.000.oo 3.1.2 | GASTOS GENERALES | $ 6.000.000.oo 3.1.2.02 | GASTOS GENERALES | $ 6.000.000.oo 3.1.2.02.06 | Seguros | $ 6.000.000.oo 3.1.2.02.06.05 | Seguro de Salud Ediles | $ 6.000.000.oo 3.3 | INVERSIÓN | $ 2.392.000.000.oo 3.3.1 | DIRECTA | $ 2.392.000.000.oo 3.3.1.15 | Bogotá Mejor para todos | $ 2.392.000.000.oo 3.3.1.15.01 | Pilar Igualdad de calidad de vida | $ 2.392.000.000.oo 3.3.1.15.01.03 | Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente | $ 612.000.000.oo 3.3.1.15.01.03.1427 | Suba digna e igualitaria | $ 612.000.000.oo 3.3.1.15.03 | Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana. | $ 1.500.000.000.oo 3.3.1.15.03.19 | Seguridad y convivencia para todos | $ 1.500.000.000.oo 3.3.1.15.03.19.1469 | Suba segura y mejor para todos | $ 1.500.000.000.oo 3.3.1.15.07 | Eje transversal Gobierno Legítimo fortalecimiento Local y eficiencia | $ 280.000.000.oo 3.3.1.15.07.45 | Gobernanza e influencia local regional e internacional | $ 280.000.000.oo 3.3.1.15.07.45.1481 | Suba se expresa y decide | $ 280.000.000.oo | TOTAL CONTRACRÉDITOS | $ 280.000.000.oo ##

Artículo tercero.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

¡PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE!

Se expide en Bogotá, D.C., en la Localidad 11 de Suba a los 28 días del mes de diciembre del año 2018.

NEDIL ARNULFO SANTIAGO ROMERO

Alcalde Local de Suba

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