Decreto Local 013 de 2018
Decreto Local 013 de 2018 Alcaldía Local de Engativá
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 013
- Año
- 2018
- Fecha
- 26 de diciembre de 2018
- Entidad
- Alcaldía Local de Engativá
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 013 DE 2018 (Diciembre 26) _POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN EN EL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS E INVERSIONES DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE ENGATIVÁ, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2018._ __ _LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ_ En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, estipula sobre lasModificaciones Presupuestales _“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:_ _1. Traslado Presupuestal:__Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el Responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L._ _Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”. (…)._ Que revisada la Ejecución Presupuestal de la vigencia 2018 con corte al 12 de diciembre, se encuentra que los siguientes rubros presupuestales cuentan con recursos disponibles, así: 3.3.1.15.01.03.1475 – Envejecimiento digno, activo y feliz por valor de $63.040.495, el 3.3.1.15.01.11.1480 - Cultura, recreación y deporte para la participación y la formación por valor de $34.852.720, el 3.3.1.15.02.18.1490 – Movilidad y espacios públicos para el disfrute de la ciudadanía con un valor de $44.024.867, el 3.3.1.15.03.19.1495 – Espacios seguros y confiables para la convivencia por valor de $274.126.747, el 3.3.1.15.05.31.1498 – El emprendimiento para la construcción de la paz y la felicidad por valor de $54.554.410, el 3.3.1.15.06.38.1500 – Territorio sostenible con participación social por valor de $363.561.787 y el 3.3.1.15.07.45.1501 – Buen gobierno para estimular la participación social por valor de $ 238.839.060, por tal razón es necesario efectuar un traslado presupuestal, donde los contracréditos ascienden a un valor total de Un mil Setenta Tres Millones Ochenta y Seis Pesos ($1.073.000.086) M/cte. Que la Administración Local requiere con carácter urgente aumentar la apropiación presupuestal del proyecto No.“1488 - Parques Incluyentes y Democráticos para la participación ciudadana” por valor de $1.073.000.086, con el fin de intervenir un mayor número de parques para brindar mayor bienestar a los habitantes de la Localidad, es por ello que el Contrato de Obra No. 253 de 2017 y el Contrato de Interventoría No. 257 de 2017 se adicionarán, para contribuir con las metas del Plan de Desarrollo Local.
Que la Administración Local para efectos de llevar a cabo la ejecución del anterior proyecto, requiere la suma de Un mil Setenta Tres Millones Ochenta y Seis Pesos ($1.073.000.086) M/cte. Que, para tal fin, se solicita concepto favorable a la Secretaría Distrital de Planeación con Oficio No. 20186000575261 del 14 de diciembre de 2018, para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2018.
Que se solicita concepto favorable a la Dirección Distrital de Presupuesto con Oficio No. 20186000583081 del 20 de diciembre de 2018 para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2018.
Que mediante oficio No. 2-2018-77759 del 20 de diciembre de 2018, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable sobre el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión, en tanto el contracrédito y crédito no causan afectaciones negativas en el avance de las metas contempladas en el Plan de Desarrollo Local.
Que mediante oficio No. 2018EE244508 del 26 de diciembre de 2018 la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2018 por valor de de Un mil Setenta Tres Millones Ochenta y Seis Pesos ($1.073.000.086) M/cte. Que para el presente traslado se expide el Certificado de Disponibilidad Presupuestal Nos. 1223 del 14 de diciembre de 2018. En mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
PRIMERO: Efectúense los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2018 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | CONTRACRÉDITOS ---|---|--- 3.3 | INVERSIÓN | 1.073.000.086 3.3.1 | DIRECTA | 1.073.000.086 3.3.1.15 | Bogotá Mejor para todos | 1.073.000.086 3.3.1.15.01 | Pilar Igualdad de calidad de vida | 97.893.215 _3.3.1.15.01.03_ | _Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente_ | _63.040.495_ _3.3.1.15.01.03.1475_ | _Envejecimiento digno, activo y feliz_ | 63.040.495 _3.3.1.15.01.11_ | _Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte_ | _34.852.720_ _3.3.1.15.01.11.1480_ | _Cultura, recreación y deporte para la participación y la formación_ | 34.852.720 3.3.1.15.02 | Pilar Democracia urbana | 44.024.867 _3.3.1.15.02.18_ | _Mejor movilidad para todos_ | _44.024.867_ _3.3.1.15.02.18.1490_ | _Movilidad y espacios públicos para el disfrute de la ciudadanía_ | 44.024.867 3.3.1.15.03 | Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana | 274.126.747 _3.3.1.15.03.19_ | _Seguridad y convivencia para todos_ | _274.126.747_ _3.3.1.15.03.19.1495_ | _Espacios seguros y confiables para la convivencia_ | 274.126.747 3.3.1.15.05 | Eje transversal Desarrollo económico basado en el conocimiento | 54.554.410 _3.3.1.15.05.31_ | _Fundamentar el desarrollo económico en la generación y uso del conocimiento para mejorar la competitividad de la Ciudad Región_ | _54.554.410_**
SEGUNDO: Efectúense el siguiente crédito al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2018 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, conforme al siguiente detalle:
CÓDIGO | CONCEPTO | CONTRACRÉDITOS ---|---|--- _3.3.1.15.05.31.1498_ | _El emprendimiento para la construcción de la paz y la felicidad_ | 54.554.410 3.3.1.15.06 | Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética | 363.561.787 _3.3.1.15.06.38_ | _Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal_ | _363.561.787_ _3.3.1.15.06.38.1500_ | _Territorio sostenible con participación social_ | 363.561.787 3.3.1.15.07 | Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia | 238.839.060 _3.3.1.15.07.45_ | _Gobernanza e influencia local, regional e internacional_ | _238.839.060_ _3.3.1.15.07.45.1501_ | _Buen gobierno para estimular la participación social_ | 238.839.060 | TOTAL CONTRACRÉDITOS | 1.073.000.086 CÓDIGO | CONCEPTO | CRÉDITOS ---|---|--- 3.3 | INVERSIÓN | 1.073.000.086 3.3.1 | DIRECTA | 1.073.000.086 3.3.1.15 | Bogotá Mejor para todos | 1.073.000.086 3.3.1.15.02 | Pilar Democracia urbana | 1.073.000.086 _3.3.1.15.02.17_ | _Espacio público, derecho de todos_ | _1.073.000.086_ _3.3.1.15.02.17.1488_ | _Parques Incluyentes y Democráticos para la participación ciudadana_ | 1.073.000.086 | TOTAL CRÉDITOS | 1.073.000.086 TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82171).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá, D.C., en la Localidad 10 de Engativá a los 26 días del mes de
diciembre del año 2018.
ÁNGELA VIANNEY ORTIZ ROLDÁN
Alcaldesa Local de Engativá
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