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Resolución 1739 de 2018

Resolución 1739 de 2018 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Tipo
Resolución
Número
1739
Año
2018
Fecha
17 de septiembre de 2018
Entidad
Secretaría de Educación del Distrito - SED
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 1379 DE 2018

(Septiembre 17)

_Por la cual se adopta la Política de Tratamiento de Datos Personales de la Secretaría de Educación del Distrito_

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de las facultades conferidas por las Leyes 115 de 1994, 715 de 2001 y 1581 de 2012, y en especial por las otorgadas por los Decretos Distritales 330 de 2008 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#15) de la Constitución Política consagra los derechos fundamentales de todas las personas: a su intimidad personal y familiar; a su buen nombre y a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. Así mismo, la norma en cita reconoce el respeto de la garantía de libertad y demás garantías constitucionales en la recolección, tratamiento y circulación de datos.

Que el artículo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#20) ibídem establece el derecho fundamental de toda persona de informar y recibir información veraz e imparcial.

Que mediante la Ley [1581](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49981#0) de 2012 se dictaron disposiciones generales para la protección de datos personales, en desarrollo del derecho fundamental de todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales consagradas en el referido artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#15) de la Constitución Política, así como el derecho a la información establecido en el artículo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#20) ídem.

Que en desarrollo de lo anterior, la Ley [1581](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49981#0) de 2012 reguló aspectos del tratamiento de datos personales como: definiciones, principios, derechos del titular, deberes de los responsables y encargados del tratamiento, autorizaciones y consentimiento del titular, eventos en los cuales no es necesario la autorización del titular, personas a quienes se les puede suministrar la información, atención de peticiones, quejas y reclamos de los titulares, entre otros.

Que el artículo [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49981#7) de la Ley 1581 de 2012 dispone que, en el Tratamiento de datos personales se asegurará el respeto a los derechos prevalentes de los niños, niñas y adolescentes; y que está proscrito el Tratamiento de datos personales de niños, niñas y adolescentes, salvo aquellos datos que sean de naturaleza pública. Igualmente, la norma en cita estatuye que es tarea del Estado y las entidades educativas de todo tipo proveer información y capacitar a los representantes legales y tutores sobre los eventuales riesgos a los que se enfrentan los niños, niñas y adolescentes respecto del Tratamiento indebido de sus datos personales, y proveer de conocimiento acerca del uso responsable y seguro por parte de niños, niñas y adolescentes de sus datos personales, su derecho a la privacidad y protección de su información personal y la de los demás.

Que el literal [k](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49981#17.l.k) del artículo 17 de la Ley 1581 de 2012 establece como uno de los deberes de los Responsables del Tratamiento, la adopción de un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de dicha ley y en especial, para la atención de consultas y reclamos.

Que a través del Decreto Nacional [1377](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53646#0) de 2013; compilado y derogado por el Decreto Nacional [1074](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62508#0) de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo; se reglamentó parcialmente la Ley [1581](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49981#0) de 2012.

Que igualmente por medio del Decreto Nacional [886](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57338#0) de 2014, compilado y derogado por el Decreto Nacional [1074](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62508#0) de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo; se reglamentó el artículo [25](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49981#25) la Ley 1581 de 2012, relativo al Registro Nacional de Bases de Datos.

Que en la sentencia C-748 de 2012, relativa al estudio previo de constitucionalidad del Proyecto de Ley Estatutaria 046 de 2010 Cámara y 184 de 2010 Senado, hoy Ley [1581](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49981#0) de 2012, la Corte Constitucional la declaró exequible por su aspecto formal.

Que mediante la Guía para el Tratamiento de Datos Personales para el Sector de la Educación Pública y Privada, expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, en su calidad de máxima autoridad nacional en materia de protección de datos personales, se establecieron los deberes y recomendaciones a los establecimientos educativos públicos y privados sobre el particular.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. Adoptar la Política de Tratamiento de Datos Personales de la Secretaría de Educación del Distrito, contenida en el documento adjunto, el cual hace parte integral de esta Resolución. Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de su expedición y publicación en el Diario Distrital, y deroga todas las normas que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C. a los 17 días del mes de septiembre del año 2018.

CLAUDIA PUENTES RIAÑO

Secretaria de Educación del Distrito Nota: Ver Anexos.

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