Resolución 510 de 2018
Resolución 510 de 2018 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Resolución
- Número
- 510
- Año
- 2018
- Fecha
- 2 de noviembre de 2018
- Entidad
- Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 510 DE 2018 (Noviembre 02) __ _Por la cual se efectúa un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., para la vigencia fiscal de 2018_ __ EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C., En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 87
del Decreto Distrital 714 de 1996 y el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo Distrital No. [694](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73375) de 2017 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el I de enero y el 31 de diciembre de 2018 y se dictaron otras disposiciones.
Que mediante el Decreto Distrital No. [816](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73549) del 28 de diciembre de 2017, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo [694](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73375) del 28 de diciembre de 2017, expedido por el Concejo de Bogotá.
Que de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal [g)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#13) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2047) de 1995 y Acuerdo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2051) de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.
Que el artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones "
Que el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3135#1)[0](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3135#1) del Decreto Distrital No. 396 de 1996 "Por el cual se reglamenta el Acuerdo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2047) de 1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital", establece que: "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital'.
Que el artículo [segundo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57395#2) del Acuerdo Distrital N. 551 de 2014 "Por medio del cual se autoriza al Alcalde o Alcaldesa Mayor para que afilie a la ciudad de Bogotá a la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales", dispuso que la Administración Distrital a través de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., realice los trámites presupuestales que se requieran para efectuar el pago de la cuota ordinaria anual de sostenimiento, por parte del Distrito Capital a la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales.
Que el 22 de marzo de 201 8, se llevó a cabo la Asamblea General de Ciudades Capitales, con el fin de aprobar la propuesta de fortalecimiento de la Asociación y la consecuente reforma estatutaria por parte de los asociados.
Que según el acta No. 007 del 22 de marzo de 2018 de la Asamblea General de Ciudades Capitales, la cuota ordinaria que le corresponde a la Ciudad de Bogotá, Distrito Capital, para la actual vigencia, corresponde a $3.496.925.752.
Que la Directora de Relaciones Internacionales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., remitió requerimiento sustentado de adición de recursos al rubro presupuestal de 3-1-2-02-13-99 "Otros programas y convenios institucionales", con la finalidad efectuar el pago parcial de la cuota ordinaria anual de sostenimiento de la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales.
Que mediante comunicación con radicado No. 3-2018-31274 del 13 de noviembre de 2018, la Directora Encargada de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., remitió requerimiento sustentado de reducción de recursos en diecisiete rubros presupuestales del "3-1-1 Servicios personales asociados a la nómina" y "3-1-2-02-09 Capacitación interna", con la finalidad de cubrir necesidades presupuestales vigentes en la Entidad. Que, en virtud de la proyección del gasto de los conceptos de servicios personales asociados a la nómina de los meses de noviembre a diciembre de 2018, existe un saldo disponible que puede ser trasladado para cubrir necesidades presupuestales vigentes en la Entidad.
Que mediante comunicaciones con radicado No. 3-2018-30819 del 7 de noviembre de 201 8, la Directora Administrativa y Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., remitió requerimiento sustentado de reducción de recursos en el rubro presupuestal 3-1 -l 02-05 "Bonificación Escoltas Alcaldía", con la finalidad de cubrir necesidades presupuestales de vigentes en la Entidad.
Que dado concepto favorable por parte de la Secretaría de Hacienda mediante oficio NO 2018EE214554 del I de noviembre de 2018, en la cual teniendo en cuenta la "observancia de las normas expuestas y de los principios presupuestales de legalidad y especialización, los recursos disponibles en el rubro presupuestal "Bonificación Escoltas Alcaldía " pueden ser objeto de traslado al interior del presupuesto de funcionamiento de la Secretaría General, para cubrir faltantes en otros rubros, según la alternativa i) de su propuesta. Estos traslados se deben tramitar ante la Secretaría Distrital de Hacienda — Dirección Distrital de Presupuesto conforme con lo dispuesto en el numeral 3.2.1.4.2 "Traslados Presupuestales Internos " de la Resolución SHD — 000191 DE 2017 — Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital por lo cual es viabilidad del traslado presupuestal para cubrir necesidades presupuestales vigentes en la Entidad.
Que mediante comunicación con radicado No. 3-2018-31590 del 15 de noviembre de 2018, el Subsecretario de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., remitió requerimiento sustentado de reducción de recursos en el rubro presupuestal 3-1-2-02-13-02 "C.A.D.E.", con la finalidad de cubrir necesidades presupuestales de vigentes en la Entidad.
Que cabe resaltar que esta disminución no afecta la ejecución y cumplimiento de las obligaciones y necesidades para el funcionamiento de la Red CADE, el cual se ha venido garantizando y cumpliendo de acuerdo con lo planeado.
Que mediante comunicación No. 2018EE226577 del 20 de noviembre de 2018, la Directora Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1 0. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Funcionamiento de la/Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2018, por valor de mil sesenta y ocho millones trescientos siete mil setecientos once pesos m/cte ($l.068.307.711), así: | | CÓDIGO PRESUPUESTAL | CONCEPTO | CONTRACRÉDITO | CRÉDITO | ---|---|---|---|---|--- | 3 | GASTOS | 1.068.307.711 | 1.068.307.711 | | 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 1.068.307.711 | 1.068.307.711 | | 3.1.1 | SERVICIOS PERSONALES | 890.527.767 | | | 3.1.1.01 | SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NÓMINA | 11.860.591 | | | 3.1.1.01.16 | Prima de Antigüedad | 1.255.241 | | | 3.1.1.01.17 | Prima Secretarial | 627.062 | | CÓDIGO PRESUPUESTAL | CONCEPTO | CONTRACRÉDITO | CRÉDITO 3.1.1.01.18 | Prima de Riesgo | 1.901.761 | 3.1.1.01.26 | Bonificación Especial de Recreación | 8.076.527 | 3.1.1.02 | SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS | 150.005.846 | 3.1.1.02.05 | Bonificación Escoltas Alcaldía | 150.005.846 | 3.1.1.03 | APORTES PATRONALES AL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO | 728.661.330 | 3.1.1.03.01 | APORTES PATRONALES AL SECTOR PRIVADO | 503.747.071 | 3.I.1.03.01.01 | Cesantías Fondos Privados | 104.607.050 | 3.1.1.03.01.02 | Pensiones Fondos Privados | 88.746.825 | 3.1.1.03.Ol.03 | Salud EPS Privados | 174.918.000 | 3.1.1.03.01.05 | Caja de Compensación | 135.475.196 | 3.1.1.03.02 | APORTES PATRONALES AL SECTOR PÚBLICO | 224.914.259 |
3. l. 1.03.02.01 | Cesantías Fondos Públicos | 3.770.569 | 3.1.1.03.02.02 | Pensiones Fondos Públicos | 96.248.340 | 3.1.1 .03.02.03 | Salud EPS Públicos | 7.709.336 | 3.1.1.03.02.05 | ESAP | 16.578.780 | 3.1 . 1.03.02.06 | ICBF | 61.526.154 | 3.1.1.03.02.07 | SENA | 16.578.780 | 3.1. I .03.02,08 | Institutos Técnicos | 22.192.702 | 3.1.1.03.02.09 | Comisión | 309.598 | 3.1.2 | GASTOS GENERALES | 177.779.944 | 1.068.307.711 3.1.2.02 | Adquisición de Servicios | 177.779.944 | 1.068.307.711 3.1.2.02.09 | CAPACITACIÓN | 14.981.155 |
3. I .2.02.09.01 | Capacitación Interna | 14.981 .155 | 3.1.2.02.13 | Programas y Convenios Institucionales | 162.798.789 | 1.068.307.711 3.12.02.13.02 | C.A.D.E | 162.798.789 | 3.1.2.02.13.99 | Otros Programas y Convenios Institucionales | | 1.068.307.71 1
| | | | | | | ---|---|---|---|---|---|---|--- Artículo 2 0. Para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo, comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, y a la Dirección Administrativa y Financiera, Dirección Distrital de Relaciones Internacionales, Dirección de Talento Humano, Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y Subdirección Financiera de Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 3 0. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a los 2 días del mes de noviembre del año 2018.
RAÚL JOSÉ BUITRAGO
Secretario General
Elaboró: Diana Cecilia Rodríguez Subdirección financiera Revisó: Luis Eugenio Herrera Subdirector financiero Revisó: Luz Ángela Gómez Directora administrativa financiera Aprobó: Juan Carlos Malagón Subsecretario corporativo Revisó: Vanesa Barreneche Asesora Aprobó: Juliana Valencia Andrade Jefe de la oficina jurídica Aprobó: Nora Alejandra Muñoz Asesora
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