Resolución 490 de 2018
Resolución 490 de 2018 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Resolución
- Número
- 490
- Año
- 2018
- Fecha
- 6 de noviembre de 2018
- Entidad
- Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 490 DE 2018
**(Noviembre 06)
[Derogada por el art. 5, Resolución 074 de 2022.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120717#5) __ _Por la cual se modifica el procedimiento para acceder al beneficio del uso de la bicicleta o bicicleta asistida, para llegar a laborar a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. y se derogan algunas disposiciones de la Resolución No.[028](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80706)de 2018**_
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
En uso de las facultades legales, en especial las conferidas en el Decreto 101 del 2004, la Ley 1811 de 2016, la Resolución 160 de 2017 del Ministerio de Transporte, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley [1811](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67295) de 2016, tiene por objeto incentivar el uso de la bicicleta como medio de transporte, avanzar en la mitigación del impacto ambiental y mejorar la movilidad urbana.
Que la Resolución [160](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68085) de 2017 expedida por el Ministerio de Transporte, señaló que cada entidad del sector público deberá establecer las condiciones desde el punto de vista jurídico, operativo y administrativo para que los funcionarios públicos accedan a los beneficios de que trata la Ley [1811](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67295) de 2016.
Que mediante Resolución No. [028](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80706) del 22 de enero de 2018, se adoptó el incentivo del uso de la bicicleta para los funcionarios públicos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Gobierno Distrital viene implementando estrategias para fortalecer la movilidad de la ciudad de Bogotá, D.C., dentro de las cuales la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de Información y Comunicaciones - TIC, diseñó la aplicación móvil MoviApp.
Que la aplicación MoviApp, está disponible para los sistemas operativos móviles Apple (iOS) y Google (Android) y para su uso los servidores de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., requieren un teléfono Smartphone y datos móviles. Que, en virtud de lo anterior, es necesario modificar el procedimiento para acceder al beneficio del uso de la bicicleta o bicicleta asistida, para llegar a laborar a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y derogar en consecuencia los artículos [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80706#5) al [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80706#9) de la Resolución No. 028 de 2018.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.** Los funcionarios públicos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para acceder al beneficio del incentivo del uso de la bicicleta deberán registrarse en el aplicativo MoviApp, el cual utilizarán en un teléfono Smartphone que cuente con datos móviles.
Parágrafo. El funcionario público que ingrese en bicicleta a la entidad, debe activar al inicio de su recorrido la aplicación MoviApp, la cual registrará la distancia y duración del recorrido en bicicleta, hasta las instalaciones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., donde labore. Artículo 2°. El reporte de la aplicación MoviApp, es el único soporte válido para certificar los funcionarios públicos que accederán al incentivo del uso de la bicicleta, cumpliendo los horarios establecidos por la Entidad.
Parágrafo. TRANSITORIO. Los servidores que a la fecha de expedición del presente acto administrativo acumulen registros de ingresos en bicicleta a las instalaciones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en planillas de ingreso diario en bicicleta, podrán sumar los mismos con los registros o reportes de la aplicación MoviApp únicamente durante la vigencia 2018. Artículo 3°. La Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de Información y Comunicaciones - TIC de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., pondrá a disposición de la Dirección de Talento Humano, la aplicación MoviApp, para la consulta y generación de los reportes de los funcionarios que se beneficien con el incentivo del uso de la bicicleta. Artículo 4°. A partir de la entrada en vigor de la presente Resolución, para los funcionarios que se beneficien con el incentivo del uso de la bicicleta, no se podrán utilizar las planillas de ingreso diario en bicicleta de que trata la Resolución [028](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80706) de 2018, salvo lo señalado para la presente vigencia en el parágrafo transitorio del artículo 2° del presente acto administrativo. Artículo 5°. El incentivo del uso de la bicicleta, deberá redimirse durante los siguientes quince (15) días calendario a partir de la fecha de la solicitud, presentada por el servidor con el visto bueno de su jefe inmediato en la Dirección de Talento Humano Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Artículo 6°. Derogar los artículos [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80706#5), [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80706#6), [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80706#7), [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80706#8) y [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80706#9) de la Resolución No. 028 del 22 de enero de 2018. Artículo 7°. Contra la presente resolución no procede recurso alguno. Artículo 8°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. **PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 06 días del mes de noviembre del año 2018.
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS
Secretario General Proyectó: Natalia Stefania Walteros Rojas - Profesional Especializado - Secretaría General Revisó: Juan Carlos Gómez Bautista - Profesional Universitario - Secretaría General Revisó: Juliana Valencia Andrade - Jefe Oficina Asesora de Jurídica - Secretaría General Revisó: Nora Alejandra Muñoz Barrios - Asesora - Secretaría General Aprobó: Claudia del Pilar Romero Pardo - Directora de Talento Humano (E) - Secretaría General
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