Resolución 349 de 2018
Resolución 349 de 2018 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Resolución
- Número
- 349
- Año
- 2018
- Fecha
- 21 de agosto de 2018
- Entidad
- Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 349 DE 2018
**(Agosto 21)
**[Derogada por el art. 7, Resolución 160 de 2019.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83368#7)
_Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para un empleo de la Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C._
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las previstas en el artículo 32 del Decreto 785 de 2005, y el numeral 9 del artículo 1 0 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo [122](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#122) establece que: "No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en Ley o reglamento, y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos los emolumentos en el presupuesto correspondiente.
Que mediante Decreto Distrital No. [425](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67103) del 3 de octubre de 2016, se modificó la Estructura Organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que mediante Decreto Distrital No. [426](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67104) del 3 de octubre de 2016, se modificó la planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que el Decreto 1083 del 26 de mayo de 2015, por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública establece en el artículo [2.2.4.9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.4.9) que los Manuales Específicos de Funciones y Requisitos deben incluir: el contenido funcional de los empleos; las competencias comunes a los empleados públicos y las comportamentales, de acuerdo con lo previsto en los artículos [2.2.4.7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.4.7) y [2.2.4.8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.4.8) del mismo; las competencias funcionales; y los requisitos de estudio y experiencia de acuerdo con lo establecido en el Decreto que para el efecto expida el Gobierno Nacional.
Que mediante Resolución [097](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=78572) de 2018, fue modificado el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta" de personal de la Secretaria General — Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., donde se determinan las funciones y requisitos para cada uno de los cargos.
Que en razón a la modificación realizada al Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Entidad y a la revisión del mismo, se encontró que es necesario incluir una ficha técnica en el empleo de nivel asesor para el Despacho de la Secretaria Privada, por ello se hace necesario modificar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que mediante oficio No. 2018EE1590 del 31 de julio de 2018, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, expidió concepto técnico favorable a la propuesta de adición del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los Empleos de la Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que de conformidad con lo anterior, se hace necesario modificar e] Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para un (1) Empleo de la Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que las funciones que se establecen en la presente Resolución deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la Ley y los Reglamentos señalan. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1 0-: Modificar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para un (1) empleo de la planta de cargos de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, cuyas funciones deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones, que la ley y los reglamentes le señalan a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, así: | I. IDENTIFICÂCIÓN DEL EMPLEO --- Nivel: | Asesor Denominación del Empleo: | Asesor Código: | 105 Grado: | 05 No. de cargos: | 05 Dependencia: | Despacho del Alcalde Mayor Cargo del Jefe Inmediato: | Alcalde Mayor II. 105-05 DESPACHO SECRETARIA PRIVADA III. PROPOSITO PRINCIPAL Asesorar al Secretario Privado en la toma de decisiones y en la formulación, ejecución y evaluación de políticas, planes, programas, proyectos y temas relacionados con su competencia, para dar cumplimiento a las metas, objetivos y la misión Institucional. IV. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Asesorar a la Secretaría Privada en la formulación, ejecución y evaluación de planes, programas y proyectos para el cumplimiento de la misión de la administración distrital. 2. Verificar los estudios, diagnósticos, proyectos, informes, documentos y actos administrativos que deba proferir el Secretario, con el fin de fortalecer la gestión distrital. 3. Conceptuar en los asuntos que le sean encomendados por el Secretario Privado. de manera oportuna. con unidad de criterio y conforme a la normatividad vigente. 4. Asesorar y participar en las investigaciones y estudios confiados por la Secretaria Privada en los diferentes temas, de acuerdo con los lineamientos y parámetros establecidos. 5. Revisar los documentos institucionales elaborados por la Secretaria Privada, de acuerdo a las directrices impartidas de acuerdo a la normatividad vigente. 6. Recomendar acciones y procedimientos que deban adoptarse para la formulación de los planes, programas y proyectos institucionales, de acuerdo con los lineamientos establecidos. 7. Aportar elementos de juicio que contribuyan a la toma de decisiones y que permitan garantizar el cumplimiento de las metas. objetivos y el cumplimiento de la Administración Distrital. 8. Realizar labores de control necesarias para garantizar las actividades relacionadas con la cooperación nacional e internacional, de acuerdo con los lineamientos y parámetros establecidos. 9. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas por el jefe inmediato, relacionadas con la naturaleza del cargo y el área de desempeño. V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES
1. Plan de desarrollo Distrital 2. Plan de desarrollo Nacional 3. Normatividad Distrital vigente. 4. Organización y funcionamiento de la Administración Pública. 5. Procesos administrativos y gerenciales. 6. Derecho constitucional, disciplinario, administrativo y contractual. 7. Constitución Política de Colombia. 8. Estatuto Anticorrupción. 9. Normas técnicas de calidad IO. Herramienta ofimáticas. VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES | POR NIVEL JERARQUICO
- Aprendizaje continuo · Orientación a resultados · Orientación al usuario y al ciudadano · Compromiso con la organización · Trabajo en equipo · Adaptación a] cambio | · Confiabilidad técnica · Creatividad e innovación · Iniciativa · Construcción de relaciones · Conocimiento de entorno VII. REQUISITOS DE ESTUDIOY EXPERIENCIA ESTUDIOS | EXPERIENCIA Título profesional en: Administración Pública. Administración de Empresas, Administración Financiera, Administración Financiera de Sistemas. Finanzas y Relaciones Internacionales, Finanzas Internacionales, Administración de Negocios, Administración en Servicios de Salud, Administración en Salud. Administración Industrial; del núcleo básico de conocimiento en Administración. Título profesional en: Economía. Comercio Exterior. Finanzas y Comercio Exterior: del núcleo básico de conocimiento en Economía. Título profesional en Contaduría Pública: del núcleo básico de conocimiento en Contaduría Pública. Título profesional en: Derecho; de] núcleo básico de conocimiento en Derecho y afines. Título profesional en: Ingeniería Industrial, Ingeniería de Producción: del núcleo básico de conocimiento en Ingeniería Industrial. Título profesional en: Ingeniería Administrativa, Ingeniería Financiera: del núcleo básico de conocimiento en Ingeniería Financiera y afines. Título profesional en: Ingeniería de Sistemas; del núcleo básico de conocimiento en Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines. Título profesional en: Ingeniería Civil; del núcleo básico de conocimiento en Ingeniería Civil y afines. Título profesional en: Ciencia Política, Gobierno y Relaciones Internacionales, Relaciones Internacionales y Estudios Políticos, Relaciones Internacionales, Ciencia Política, Gobierno y Relaciones Internacionales, Finanzas y Relaciones Internacionales, Política y Relaciones Internacionales, Relaciones Económicas Internacionales; del núcleo básico de conocimiento en Ciencia Política, Relaciones Internacionales. Título 'profesional en: Ingeniería Electrónica; del núcleo básico de conocimiento en Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines. Título profesional en: Sociología, Trabajo Social; del núcleo básico de conocimiento en Sociología trabajo Social y afines. Título profesional en: Antropología; del núcleo básico de conocimiento en Antropología, artes liberales. Título profesional en: Psicología; del núcleo básico de conocimiento en Psicología, artes liberales. Título profesional en: Comunicación Social, Comunicación Social y Periodismo; del núcleo básico de conocimiento en Comunicación Social, Periodismo y afines. Título profesional en: Psicología; del núcleo básico de conocimiento en Psicología. Título profesional en: Ciencias de la Información y la Documentación Bibliotecología y Archivística, Ciencia de la Información Bibliotecología, Bibliotecología y Archivística, Archivística, Bibliotecología; del núcleo básico de conocimiento en Bibliotecología, otros de ciencias sociales y humanas. Título profesional en Conservación y Restauración de Bienes Muebles; del núcleo básico de conocimiento en Artes Plásticas, Visuales y afines. Título de posgrado en áreas relacionadas con las funciones del cargo. Tarjeta o matricula profesional en los casos reglamentados por la Ley. | Tres (3) años de experiencia profesional o docente. | | |
Parágrafo. Para los requisitos de estudio y experiencia previstos en este manual, se aplicarán las equivalencias previstas en el Decreto Ley [785](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16127) de 2005 y el Decreto Distrital [367](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=59353) de 2014, y las demás normas que los modifiquen, complementen o adicionen.
Artículo 2°-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su refrendación por parte de la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y modifica parcialmente la Resolución [097](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=78572) de 2018.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 21 días del mes de agosto del año 2018.
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS
Secretario General
Refrendado,
NIDIA ROCÍO VARGAS
Directora del Departamento Administrativo del servicio Civil Distrital
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