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Resolución 118 de 2018

Resolución 118 de 2018 Empresa Metro de Bogotá S.A.

Tipo
Resolución
Número
118
Año
2018
Fecha
29 de agosto de 2018
Entidad
Empresa Metro de Bogotá S.A
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA, RESOLUCIÓN 118 DE 2018

(Agosto 29)

_Por medio de la cual se efectúa una modificación presupuestal al interior del Presupuesto de Gastos e Inversiones de la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2018_

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA METRO DE BOGOTA S.A.

En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las conferidas por el Decreto Distrital 195 del 11 de mayo de 2007 y el Capítulo 4 del Módulo 4 del Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital,

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A., mediante Acuerdo No. 05A del 18 de octubre de 2017, conceptuó favorablemente sobre el Proyecto de Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa Metro de Bogotá S.A. para la vigencia fiscal 2018.

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal (CONFIS), mediante la Resolución No. [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=77769) de 2017, aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa Metro de Bogotá S.A. para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018.

Que mediante Resolución No. [138](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73993) de 2017, se liquidó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2018.

Que mediante Resoluciones No. [007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=74785), [011](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=75824), [021](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=78589), [030](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=78529), [038](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=78590), [048](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=79475), 079 y 090 de 2018, se modificó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2018.

Que la Empresa Metro de Bogotá S.A., debe contar con herramientas y procedimientos de protección y control de los bienes de la empresa o de aquellos por los cuales sea legalmente responsable.

Que se identificaron los seguros que se requieren para amparar los bienes e intereses patrimoniales de los cuales es responsable la Empresa METRO DE BOGOTÁ S.A.

Que la Empresa Metro de Bogotá S.A., tiene la obligación de prevenir los riesgos y además buscar mitigar los efectos de un siniestro por cualquier causa, razón por la cual los seguros constituyen uno de los mecanismos idóneos y aceptados para salvaguardar el patrimonio estatal.

Que por lo anterior, se requiere acreditar en $2.210.000.000, el rubro de “Seguros”, con el fin de garantizar el plan de seguros de la Empresa Metro de Bogotá S.A. para la vigencia 2018.

Que de conformidad con lo anteriormente expuesto, se identificó la necesidad de efectuar un traslado presupuestal al interior del Agregado de Gastos de Funcionamiento, con el fin de contratar los seguros que amparen los intereses patrimoniales actuales y futuros, así como los bienes de propiedad de la Empresa Metro de Bogotá S.A., que estén bajo su responsabilidad y custodia y, aquellos que sean adquiridos para desarrollar las funciones inherentes a su actividad y cualquier otra póliza de seguros que requiera la entidad en el desarrollo de su actividad.

Que el artículo [28](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=24620#28) del Decreto Distrital 195 del 11 de Mayo de 2007, señala que _“…El Representante Legal podrá, mediante Resolución, efectuar los traslados presupuestales que no modifiquen el valor total de las apropiaciones de Gastos de Funcionamiento, Gastos de operación, Servicio de la Deuda e Inversión.”_ Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º: Efectuar una modificación presupuestal al interior del Agregado de Gastos de Funcionamiento del Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2018, consistente en un traslado por valor de DOS MIL DOSCIENTOS DIEZ MILLONES DE PESOS ($2.210.000.000), conforme al siguiente detalle: | IMPUTACION | DESCRIPCIÓN | CONTRACREDITOS | CREDITOS ---|---|---|--- 3 | GASTOS | 2.210.000.000 | 2.210.000.000 31 | Gastos de Funcionamiento | 2.210.000.000 | 2.210.000.000 311 | Servicios personales | 1.310.000.000 | 0 31101 | Servicios personales asociados a la nómina | 890.000.000 | 0 3110101 | Sueldos Personal de Nómina | 400.000.000 | 0 3110102 | Gastos de representación | 65.000.000 | 0 3110108 | Prima de Servicios | 79.000.000 | 0 3110109 | Prima de Navidad | 50.000.000 | 0 3110110 | Prima de Vacaciones | 106.000.000 | 0 3110111 | Prima Técnica | 190.000.000 | 0 31103 | Aportes patronales al sector privado y público | 420.000.000 | 0 3110301 | Aportes patronales sector privado | 160.000.000 | 0 311030105 | Caja de compensación | 160.000.000 | 0 3110302 | Aportes patronales sector público | 260.000.000 | 0 311030202 | Pensiones Fondos Públicos | 120.000.000 | 0 311030205 | ICBF | 80.000.000 | 0 311030206 | SENA | 60.000.000 | 0 312 | Gastos generales | 900.000.000 | 2.210.000.000 31201 | Adquisición de bienes | 900.000.000 | 0 3120103 | Gastos de Computador | 900.000.000 | 0 31202 | Adquisición de servicios | 0 | 2.210.000.000 3120206 | Seguros | 0 | 2.210.000.000

Artículo 2º.

Comuníquese la presente resolución a la Gerencia Administrativa y Financiera para lo de su competencia.

Artículo 3º.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 29 días del mes de agosto del año 2018.

ANDRES ESCOBAR URIBE

Gerente General

Proyectó: Fabián A. Gómez D. – Profesional GAF Revisó: Gloria C. Orozco G – Gerente Administrativa y Financiera Adriana Plazas Tovar - Contratista OAJ Luisa Fernanda Mora Mora – Jefe Oficina Asesora Jurídica

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