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Decreto Local 003 de 2018

Decreto Local 003 de 2018 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar

Tipo
Decreto Local
Número
003
Año
2018
Fecha
24 de julio de 2018
Entidad
Alcaldía Local de Ciudad Bolívar
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 003 DE 2018 (Julio 24)

_Por el cual se ajusta el presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia fiscal 2018_

EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR (E.) En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 36 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 372 del 2010 en su artículo [36](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#36) estipula que los F.D.L. efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante decreto local previa la viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto Que en la Resolución SDH [000191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948#0) de 2017, por medio de la cual se adopta y consolida el manual de programación, ejecución y cierre presupuestal del Distrito Capital, establece el procedimiento necesario para el Ajuste por Cierre Presupuestal para una vigencia

Que la Disponibilidad Inicial programada fue de $158.941.022.000, y efectuada la operación presupuestal correspondiente se debe disminuir en 30.440.791.116, para obtener una Disponibilidad definitiva de $128.500.230.884.

Que, mediante comunicado Nº 2018EE136506 de 19 Julio de 2018, la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, informo sobre los ajustes a la Disponibilidad Inicial, una vez distribuido los excedentes financiero de los FDL, por el CONFIS.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

Ajustar la Disponibilidad inicial en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la Vigencia Fiscal de 2018, conforme al siguiente detalle: | CODIGO | CONCEPTO | REDUCIR ---|---|--- 1. | DISPONIBILIDAD INICIAL | 30.440.791.116**

Artículo 2°.

El presente Decreto rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de julio del año 2018.

RAY G. VANEGAS HERRERA

Alcalde Local (E.)

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