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Resolución 202 de 2018

Resolución 202 de 2018 Instituto para la Economía Social - IPES

Tipo
Resolución
Número
202
Año
2018
Fecha
26 de junio de 2018
Entidad
Instituto para la Economía Social - IPES
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 202 DE 2018

(Junio 26) __ _Por la cual se adopta el Manual de Defensa Judicial del Instituto para la Economía Social – IPES_

LA DIRECTORA DEL INSTITUTO PARA LA ECONOMIA SOCIAL – IPES

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Acuerdo 257 de 2006, los Acuerdos 01 de 2007 y 05 de 2011 de la Junta Directiva del IPES, el Decreto de nombramiento no. 008 de 2016 y el Acta de Posesión no. 25 de 2016,

CONSIDERANDO:

Que el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política de Colombia incorpora los principios con los cuales se desarrolla la función administrativa.

Que los artículos [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#3) y [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#4) de la Ley 489 de 1998 prevén los principios y finalidades de la función administrativa; de igual forma lo hace el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#3) de la Ley 1437 de 2011.

Que el Decreto [654](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45159) de 2011 _“Por el cual se adopta el Modelo de Gerencia Jurídica Pública para las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital.” estableció como una línea de acción la Defensa Judicial, entendida como la “Estructuración de estrategias unificadas y calculadas, coordinación interinstitucional para la materialización de dichas directrices, seguimiento de procesos judiciales y elaboración de estadísticas confiables, asesoría e investigación de la gestión jurídica, y tecnificación de labores de archivo y seguimiento.”_ Que el Decreto [1499](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261) de 2017 _“Por medio del cual se modifica el Decreto número 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015” previó la adopción de la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, el cual “es un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio.”_ Que el mencionado Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG dispuso en su dimensión número 3 _“Gestión con valores para resultados” la Política de Defensa Jurídica, la cual tiene como finalidad que las Entidades públicas protejan “los intereses litigiosos en sus actuaciones judiciales a fin de reducir la responsabilidad patrimonial. En todo momento debe defender los derechos e intereses de la Nación y, en particular, de cada entidad en los procesos judiciales en que sea parte o lo sean otras entidades estatales en temas atinentes a la función pública, a través de intervenciones oportunas y pertinentes.”_ Que en consecuencia, es fundamental para el Instituto para la Economía Social–IPES estándar y protocolizar la defensa judicial, adelantando todas las gestiones necesarias para amparar, librar y proteger a la Entidad de toda agresión o acción nociva interna o externa, con base en una actuación administrativa de calidad que aumente la probabilidad de éxito cuando acaezca el peligro, así como hacer valer las propias razones y argumentos, controvertir, contradecir y objetar las pruebas en contra y de solicitar la práctica y evaluación de las que se estiman favorables, ejercitar los recursos que la ley otorga en cualquier juicio o procedimiento administrativo en el que la entidad sea parte.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Adoptar el Manual de Defensa Judicial del Instituto para la Economía Social – IPES.

Artículo 2°.

Las disposiciones del Manual de Defensa Judicial son de obligatorio cumplimiento para todos los servidores públicos y contratistas del Instituto para la Economía Social – IPES.

Artículo 3°.

La presente resolución rige a partir de su expedición. **PÚBLIQUESE, Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de junio del año 2018.

MARÍA GLADYS VALERO VIVAS

Directora General

NOTA: Ver anexo

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