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Decreto Local 003 de 2018

Decreto Local 003 de 2018 Alcaldía Local de Tunjuelito

Tipo
Decreto Local
Número
003
Año
2018
Fecha
12 de julio de 2018
Entidad
Alcaldía Local de Tunjuelito
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 003 DE 2018

(Julio 12)

_Por medio del cual se conforma el Consejo Local de Protección al Consumidor de la Localidad de Tunjuelito_

EL ALCALDE LOCAL DE LA LOCALIDAD DE TUNJUELITO

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas por el artículo 86 numeral 2 del Decreto 1421 de 1993 los artículos 62 y 76 de la Ley 1480 dc 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76810#1) del Acuerdo Local 003 de diciembre 17 de 2017 crea el Consejo Local de Protección al Consumidor de la Localidad de Tunjuelito, como una instancia consultiva y asesora de la Alcaldía Local con todas las materias relacionadas con la actividad administrativa de protección y defensa de los consumidores especialmente en la indicada por el artículo [62](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=44306#62) de Ley 1480 de 2011.

Que el artículo [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76810#3) del Acuerdo Local 003 de 2017 establece la conformación del Consejo Local de Protección al Consumidor.

Que el artículo [4°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76810#4) del Acuerdo Local 003 de 2017 establece como función en el numeral [sexto](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76810#4.n.6) el darse y aprobar su propio reglamento.

DECRETA:

Artículo primero.

El Consejo Local de Protección al Consumidor estará conformado por. 1.- El Alcalde Local quien presidirá el Consejo, o su delegado. 2.- Un delegado de la JAL 3.- Un delegado de los Centros Comerciales 4.- Dos representantes de las ligas y asociaciones de consumidores legalmente constituidas y con asiento en la localidad. 5.- Dos representantes de los comerciantes, con asiento en la localidad. 6.- Dos representantes de las Juntas de Acción Comunal establecidas en la localidad. 7.- Un delegado del IDEPAC 8.- Un delegado de la Personería Local.

Artículo segundo.

Convocar el Consejo Local de Protección al Consumidor con el fin de darse y aprobar el reglamento interno.

Artículo tercero.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=79837). **COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de julio del año 2018.

YEISSON ALEXÁNDER CHIPATECUA QUEVEDO

Alcalde Local de Tunjuelito

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