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Resolución 047 de 2018

Resolución 047 de 2018 Empresa Metro de Bogotá S.A.

Tipo
Resolución
Número
047
Año
2018
Fecha
1 de junio de 2018
Entidad
Empresa Metro de Bogotá S.A
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA, RESOLUCIÓN 047 DE 2018

(Junio 01)

_Por medio de la cual se modifica el Artículo[6°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76911#6)de la Resolución 004 de 2018 de la Caja Menor de la Empresa Metro Bogotá S.A._

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A.

En uso de las facultades estatutarias y legales, especialmente las conferidas en el artículo 91(sic) de conferidas en el artículo[3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22902#3)del Decreto Distrital 061 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76911) de Enero 23 de 2018, la Empresa Metro de Bogotá S.A., constituyó y estableció el funcionamiento de la caja menor para la vigencia 2018, con cargo al presupuesto de ingresos y gastos aprobado para el mismo año.

Que el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para la vigencia 2018, es de $1.591.016.564.696, que corresponde a 2.036.522 SMMLV, por lo cual, en el marco del artículo [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22902#7) del Decreto 061 de 2007, el monto máximo mensual de la Caja Menor, puede máximo de 350 SMMLV.

Que en lo corrido de la vigencia, el monto promedio de gastos a través de la Caja Menor constituida mediante Resolución [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76911) de 2018, ha sido de $1.500.000 y se proyecta con el crecimiento de la planta de personal a partir del segundo semestre de 2018 y las actividades de gestión contractual, que se requerirá una caja menor de menor cuantía.

Que para las actividades de gestión predial, la empresa gestionará la constitución de una caja menor con esta destinación específica, que permita atender las erogaciones de gastos notariales y de registro, entre otros.

Que se evaluaron los rubros que no registran una ejecución representativa a través de la caja menor, para efectos de suprimirlos en concepto y monto, identificando los siguientes: Honorarios, Combustibles, lubricantes y llantas, Seguros, Capacitación, Promoción institucional y Salud Ocupacional Que adicionalmente se evaluaron los demás rubros, para determinar un ajuste en monto, garantizando su disponibilidad para aquellos gastos urgentes e imprescindibles en desarrollo de la gestión operativa de la empresa, determinando los siguientes conceptos: Materiales y Suministros, Gastos de Computador, Gastos de Transporte y Comunicación, Impresos y Publicaciones, Mantenimiento y Reparaciones, Servicios Públicos, Bienestar e incentivos e Impuestos, Tasas y Multas Código.

Que en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1°. – Modifíquese el Artículo [6°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76911#6) de la Resolución 004 de 2018, el cual quedará de la siguiente forma: Artículo 6°. - Unidad Ejecutora, Rubros Presupuestales y Cuantía. Los gastos realizados con cargo a esta Caja Menor, serán imputados presupuestalmente, a los rubros que se indican a continuación, sin superar mensualmente las siguientes cuantías: | CODIGO PRESUPUESTAL | DESCRIPCIÓN | VALOR ---|---|--- 3120101 | Dotación | $500,000 3120102 | Materiales y Suministros | $2,000,000 3120103 | Gastos de Computador | $500,000 3120202 | Gastos de Transporte y Comunicación | $1,000,000 3120203 | Impresos y Publicaciones | $1,000,000 3120204 | Mantenimiento y Reparaciones | $2,000,000 3120208 | Servicios Públicos | $500,000 3120210 | Bienestar e incentivos | $500,000 3120301 | Impuestos, Tasas y Multas | $500,000 TOTAL | $8,500,000

Artículo 2°.

–** La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación.

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., al primer (01) día del mes de junio de 2018.

ANDRES ESCOBAR URIBE

Gerente General

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