Decreto Local 003 de 2018
Decreto Local 003 de 2018 Alcaldía Local de Engativá
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 003
- Año
- 2018
- Fecha
- 25 de junio de 2018
- Entidad
- Alcaldía Local de Engativá
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 003 DE 2018
( Junio 25) _Por medio del cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, para la vigencia fiscal 2018_
LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que onfiere al artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, estipula sobre los Modificaciones Presupuestales:_“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:_ _1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el Responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L._ _Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”. (…)._ Que la Alcaldía Local de Engativá durante la presente vigencia fiscal, continuando con el seguimiento y depuración permanente en los rubros: _“3.3.6.15 - Obligaciones por Pagar – Bogotá Mejor para todos” proyectos: “1501 Buen gobierno para estimular la participación social” por valor de $184 y el “1529 Empoderamiento Social con Corresponsabilidad”_ por valor de $6.813.334 y el “3.3.6.90 - Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores” por valor de $926.409.814, ha liberado los saldos a favor del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, según acta de liberación de saldos No.1 por la suma de $933.223.332 del 25 de abril de 2018.
Que la Liberación de saldos del párrafo anterior se realizó, teniendo en cuenta el Acta de Liquidación de Contratos con saldos a favor del Fondo de Desarrollo Local de Engativá y la suma total liberada reflejada en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2018, por un valor neto de Inversión de Novecientos Treinta y Tres Millones Doscientos Veintitrés Mil Trescientos Treinta y Dos Pesos ($933.223.332) M/cte.
Que la Administración Local revisó la ejecución presupuestal a 3 de mayo de 2018, en cumplimiento de las metas del Plan Anual de Adquisiciones y el Estatuto de Bogotá asigna recursos, los cuales deben reinvertirse en la misma Localidad y los montos liberados en las Obligaciones por Pagar por ser generados de las transferencias en las vigencias anteriores, deben ser reincorporados al Presupuesto local, para ser reinvertidos y potencializar inversiones necesarias e importantes para el Territorio Local, se encontró que los rubros presupuestales: _“3.3.6.15.07.45.1501 - Buen gobierno para estimular la participación social” por valor de $184, “3.3.6.15.07.45.1529 - Empoderamiento Social con Corresponsabilidad” por valor de $6.813.334, y el “3.3.6.90 - Obligaciones por pagar - Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores”_ por valor de $926.409.814, cuentan con estos recursos disponibles y sin ejecutar, los cuales se pueden contracreditar por un valor total de Novecientos Treinta y Tres Millones Doscientos Veintitrés Mil Trescientos Treinta y Dos Pesos ($933.223.332) M/cte.
Que los recursos del párrafo anterior, $933.223.332, se deben trasladar para fortalecer el normal funcionamiento de esta Alcaldía en el rubro presupuestal _“3.3.1.15.07.45.1501 – Buen gobierno para estimular la participación social”_ por valor de $933.223.332, por consiguiente, se pueden acreditar en el presupuesto vigente.
Que en atención a la Circular No. 009 del 22 de marzo de 2011, de la Secretaría Distrital de Gobierno y de la Secretaría Distrital de Hacienda, _“1.1 ASPECTOS GENERALES, párrafo cuarto “… Por consiguiente, los recursos liberados podrán ser destinados a la financiación de los proyectos de inversión del Plan Operativo Anual de Inversiones –POAI-…”_ Que la Administración Local requiere de carácter urgente aumentar la apropiación presupuestal del proyecto No. _“1501 - Buen gobierno para estimular la participación social”_ por valor de $933.223.332 recursos para financiar la línea de acción como es dar continuidad al personal del Área Gestión Policiva y Jurídica, componente de Inspección, Vigilancia y Control (IVC), con el fin de dar cumplimento a procesos administrativos y jurídicos que están actualmente en ejecución, necesarios para el cumplimiento de las metas planteadas en el plan de gestión del año 2018, establecidas de la siguiente manera: archivar el 100% de las actuaciones de obras anteriores a la Ley 1801 – 2016 (Código Nacional de Policía y Convivencia), archivar el 60% de establecimientos de comercio anteriores a la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Policía y Convivencia), realizar 40 acciones de control u operativos en materia de urbanismo relacionados con la integridad del espacio público, efectuar 57 acciones de control u operativos en materia de actividad económica, ejecutar 24 acciones de control u operativos en materia de urbanismo relacionados con la integridad urbanística, realizar 17 acciones de control u operativos en materia de ambiente, minería y relaciones con los animales, efectuar 10 acciones de control u operativos con artículos pirotécnicos y sustancias peligrosas y avocar el 100% de las actuaciones policivas recibidas por parte de las inspecciones de Policía radicadas durante el año 2018. Para realizar el cumplimiento de estas acciones se hace necesario adicionar aproximadamente sesenta y un (61) los contratos de prestación de servicios del área gestión policiva y jurídica, componente de Inspección, Vigilancia y Control a partir de septiembre hasta finalizar el año, dentro de los cuales se encuentran los siguientes perfiles: auxiliares, técnicos, abogados y arquitectos. Adicional a estos compromisos frecuentes, otro aspecto que debe atender la Administración Local es la oportuna respuesta a la elevada cantidad de informes solicitados por los diferentes entes de control, como, la Junta Administradora Local, Concejo Distrital, Personería, Contraloría, Veeduría Distrital, entre otros; además de los requerimientos de la comunidad. La Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución del anterior proyecto, requiere la suma de Novecientos Treinta y Tres Millones Doscientos Veintitrés Mil Trescientos Treinta y Dos Pesos ($933.223.332) M/cte.
Que para tal fin, se solicita concepto favorable a la Secretaría Distrital de Planeación con Oficio No. 20186000270721 del 31 de mayo de 2018, para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2018.
Que se solicita concepto favorable a la Dirección Distrital de Presupuesto con Oficio No. 20186000319431 del 14 de junio de 2018 para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2018.
Que mediante oficios Nos. 2-2018-32902 y 2-201833100 del 12 de junio de 2018 respectivamente, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable sobre el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión, en tanto el contracrédito y crédito no causan afectaciones negativas en el avance de las metas contempladas en el Plan de Desarrollo Local.
Que mediante oficio No. 2018EE119216 del 22 de junio de 2018 la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2018 por valor de Novecientos Treinta y Tres Millones Doscientos Veintitrés Mil Trescientos Treinta y Dos Pesos ($933.223.332) M/cte. Que para el presente traslado se expide el Certificado de Disponibilidad Presupuestal Nos. 730 del 7 de mayo de 2018. En mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo primero.
Efectúense los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2018 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | CONTRACRÉDITOS ---|---|--- 3 | GASTOS | 933.223.332 3.3 | INVERSION | 933.223.332 3.3.6 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 933.223.332 3.3.6.15 | Bogotá Mejor para todos | 6.813.518 3.3.6.15.07 | Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia | 6.813.518 _3.3.6.15.07.45_ | _Gobernanza e influencia local, regional e internacional_ | _6.813.518_ _3.3.6.15.07.45.1501_ | _Buen gobierno para estimular la participación social_ | 184 _3.3.6.15.07.45.1529_ | _Empoderamiento Social con Corresponsabilidad_ | 6.813.334 3.3.6.90 | OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES | 926.409.814 | TOTAL CONTRACRÉDITOS | 933.223.332**
###
Artículo segundo.
Efectúense el siguiente crédito de la vigencia 2018 del Fondo de Desarrollo Local al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones Engativá, conforme al siguiente detalle:
CÓDIGO | CONCEPTO | CRÉDITOS ---|---|--- 3 | GASTOS | 933.223.332 3.3 | INVERSION | 933.223.332 3.3.1 | DIRECTA | 933.223.332 3.3.1.15 | Bogotá Mejor para todos | 933.223.332 3.3.1.15.07 | Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia | 933.223.332 _3.3.1.15.07.45_ | _Gobernanza e influencia local, regional e internacional_ | _933.223.332_ _3.3.1.15.07.45.1501_ | _Buen gobierno para estimular la participación social_ | 933.223.332 | TOTAL CRÉDITOS | 933.223.332
Artículo tercero.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de junio del año 2018.
ÁNGELA VIANNEY ORTIZ ROLDÁN
Alcaldesa Local de Engativá
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