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Resolución 256 de 2018

Resolución 256 de 2018 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
256
Año
2018
Fecha
20 de junio de 2018
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 256 DE 2018

( Junio 20)

_Por la cual se reconoce el gasto y ordena el pago de las expensas para una licencia de construcción en la modalidad de modificación y demolición parcial_

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades otorgadas por el artículo 87 del Decreto 714 de 1996 y el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que, conforme al numeral [60](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67103#27.60) del artículo 27 del Decreto Distrital 425 de 2016, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, tiene el deber de _“Administrar y coordinar el funcionamiento de los canales de interacción ciudadana (presenciales, virtuales y telefónicos) adscritos a la Secretaría General y la aplicación en éstos de la política distrital de servicio a la ciudadanía”_ Que el 24 de octubre de 2017 la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá radicó ante la Curaduría No. 2 de Bogotá, D.C., (reparto) una solicitud de licencia de construcción en modalidad de modificación y demolición parcial, para la individualización de las zonas de acceso del inmueble ubicado en la Calle 13 número 37 - 35, el cual es ocupado por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para el funcionamiento del SuperCADE Calle 13; habiéndose designado a la Curaduría Urbana No. 3 para dicho trámite, actuación con número de radicado 173-2596.

Que mediante la Resolución 503 del 31 de octubre de 2017, _“Por la cual se reconoce el gasto y ordena el pago de las expensas para una licencia de construcción para modificación y demolición parcial”,_ la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, reconoció el gasto y ordenó el pago de la suma de NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SIETE PESOS MCTE ($955.207.00) IVA INCLUIDO a favor de la Curaduría Urbana No. 3, como cargo fijo de licencia de construcción en la modalidad modificación y demolición parcial.

Que mediante la Resolución 589 del 14 de diciembre de 2017, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., aclaró la Resolución 503 del 31 de octubre de 2017, estableciendo que la licencia de construcción en la modalidad de modificación y demolición parcial, a tramitar ante la Curaduría Urbana No. 3 para el SuperCADE Calle 13, correspondía a la individualización de las zonas de acceso al inmueble y a la modificación al interior del SuperCADE Caite 13.

Que mediante el Decreto Distrital [670](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73259) del 05 de diciembre de 2017, se designó a la Arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.657.102, como "Curadora Urbana No. 3" de Bogotá, D.C., quien tomó posesión del cargo el 24 de enero de 2018.

Que mediante oficio de fecha 04 de mayo de 2018, la Curaduría Urbana No. 3 solicitó el pago de la liquidación final de las expensas generadas por la expedición de fa licencia respectiva, de acuerdo con lo establecido en los artículos [2.2.6.6.8.3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62512#2.2.6.6.8.3) y [2.2.6.6.8.7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62512#2.2.6.6.8.7) del Decreto 1077 de 2015, modificado por el artículo [22](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69846#22) del Decreto Nacional 1203 de 2017.

Que el valor de la liquidación de expensas, calculado el 04 de mayo de 2018 por la Curaduría Urbana No. 3, asciende a la suma de NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS SIETE PESOS MICTE ($950.407.00), con el siguiente detalle: | DESCRIPCIÓN | VALOR TOTAL ---|--- Subtotal Cargo Variable | $765.048 IVA Cargo Variable | $145.359 TOTAL CARGO VARIABLE | $910.407 Publicación del Trámite | $40.ooo TOTAL A PAGAR | $950 407 Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

Reconocer el gasto y ordenar el pago de la suma de NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS SIETE PESOS MCTE ($950.407.00) IVA INCLUIDO a favor de la Curaduría Urbana No. 3, representada por ANA MARÍA CADENA TOBÓN, identificada con NIT No. 51.657.102-9, como cargo variable de la licencia de construcción y publicación del trámite en modalidad de modificación y demolición parcial con número de radicado 173-2596.

Parágrafo. El pago se realizará a la cuenta corriente de Bancolombia No. 193-880901-75, cuyo titular es ANA MARÍA CADENA TOBÓN identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.657.102, en su calidad de Curadora Urbana No. 3 de Bogotá.

Artículo 2.

El gasto que ocasiona la presente resolución se encuentra amparado bajo el Rubro Presupuestal 3-3-115-07-42-1126-185 - "Implementación de un nuevo enfoque de servicio a la ciudadanía", de conformidad con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 778 del 16 de abril de 2018, derivado del presupuesto de la actual vigencia.

Artículo 3.

Ordenar la expedición del Registro Presupuestal con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 778 del 16 de abril de 2018, expedido por el responsable del presupuesto de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Artículo 4.

Comuníquese la presente resolución a la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para lo de su competencia.

Artículo 5.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra ella no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley 1437 de 2011.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de junio de 2018.

RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS

Secretario General

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