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Resolución 061 de 2018

Resolución 061 de 2018 Secretaría Distrital de Hacienda

Tipo
Resolución
Número
061
Año
2018
Fecha
9 de mayo de 2018
Entidad
Secretaría Distrital de Hacienda
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN SHD 000061 DE 2018

( Mayo 9)

_Por la cual se delega a la representante de la Secretaría Distrital de Hacienda ante el Comité Intersectorial Distrital de Salud_

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA

En ejercicio de las facultades conferidas en el artículo[4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60281#4)del Decreto 601 de 2014, modificado por el artículo[1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63160#1)del Decreto 364 de 2015, el artículo[10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=74461#10)del Decreto Distrital 812 de 2017, el artículo[17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#17)del Acuerdo 257 de 2006 en concordancia con el artículo[9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9)de la Ley 489 de 1998

CONSIDERANDO:

Que el artículo [32](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#32) del Acuerdo Distrital 257 de 2006 estableció el Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que se garantice la efectividad y materialización de los derechos humanos, individuales y colectivos y el adecuado y oportuno suministro de los bienes y la prestación de los servicios a sus habitantes.

Que dentro de las instancias previstas en el Sistema de Coordinación del Distrito Capital, conforme a lo dispuesto en el artículo [33](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#33) del Acuerdo 257 de 2006, se encuentran las Comisiones Intersectoriales, escenarios idóneos para facilitar la coordinación intersectorial que se requiere para la implementación de las políticas, estrategias, planes y programas distritales.

Que el artículo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27591#1) del Decreto Distrital 546 de 2007 ordena la conformación de las Comisiones Intersectoriales como las instancias del Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital que tienen por objeto garantizar la coordinación para la implementación de las políticas y estrategias distritales de carácter intersectorial. Estas comisiones tendrán carácter permanente.

Que el artículo [69](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66271#69) del Acuerdo Distrital 645 de 2016, _"Por el cual se adopta El Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D. C. 2016 - 2020 "Bogotá Mejor Para Todos"_, con el fin de alcanzar las metas y objetivos de salud pública, definidos en el Plan Decenal de Salud Pública, crea el Comité Intersectorial Distrital de Salud el cual funcionará bajo el liderazgo del Alcalde Mayor o su delegado, como organismo articulador del Plan de Intervenciones Colectivas (PIC) que a nivel distrital involucran tanto al sector salud como a otros sectores.

Que el artículo [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=74461#3) del Decreto Distrital 812 de 2017 precisa que el Comité Intersectorial involucra tanto al sector salud como a otros sectores comprometidos en adelantar acciones sobre los determinantes de salud.

Que al tenor de lo consagrado en el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=74461#10) de la precitada norma, el Comité Intersectorial Distrital de Salud, estará conformado el Alcalde Mayor de Bogotá o el Secretario Distrital de Salud como su delegado quien lo presidirá, el Secretario Distrital de Gobierno o su delegado, el Secretario Distrital de Planeación o su delegado, el Secretario Distrital de Integración Social o su delegado, el Secretario Distrital de Educación o su delegado, el Secretario Distrital de Ambiente o su delegado, el Secretario Distrital de Movilidad o su delegado, el Secretario Distrital de Hábitat o su delegado, el Secretario Distrital de Cultura o su delegado, el Secretario Distrital de Desarrollo Económico o su delegado, el Secretario Distrital de Hacienda o su delegado y el Secretario Distrital de la Mujer o su delegado.

Que de acuerdo con lo ordenado en el artículo [9°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, mediante acto de delegación podrán transferir el ejercicio de funciones, la atención y decisión de los asuntos a ella confiados por la Ley, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente.

Que el [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#2.P) del artículo 2° ibídem dispone que las reglas relativas a los principios propios de la función administrativa sobre delegación se aplicarán a las entidades territoriales, respetando su autonomía.

Que con este mecanismo constitucional y legal de la delegación de funciones se pretende que el representante legal de una entidad estatal pueda confiar algunos asuntos específicos en los servidores públicos del nivel directivo y asesor, cuyas funciones se relacionen directamente con los mencionados asuntos que se delegan.
Que las funciones delegadas mediante la presente Resolución son afines con las asignadas al cargo de Asesor de Despacho. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

- Delegación. Delegar en el Asesor Código 105 Grado 05 del Despacho de la Secretaria Distrital de Hacienda, quien tiene delegada la participación del señor Alcalde Mayor en las Juntas Directivas de la Red Sur, la representación de la Secretaria Distrital de Hacienda en el Comité Intersectorial Distrital de Salud. Artículo 2 °.- Funciones. Las funciones a desempeñar por el(a) delegado(a), en el marco de la competencia de esta Secretaría son las contenidas en el Decreto Distrital [812](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=74461) de 2017 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. Artículo 3 °.- Comuníquese la presente Resolución a la Dra. CRISTINA DE LOS ÁNGELES LOSADA FORERO Asesor delegado en las Juntas Directivas de la Red Sur, a la Secretaría Distrital de Salud y a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. Artículo 4 °.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las normas que le sean contrarias. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de mayo de 2018.

BEATRÍZ HELENA ARBELAEZ MARTÍNEZ

Secretaria Distrital de Hacienda

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