Decreto Local 001 de 2018
Decreto Local 001 de 2018 Alcaldía Local de Engativá
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 001
- Año
- 2018
- Fecha
- 20 de marzo de 2018
- Entidad
- Alcaldía Local de Engativá
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 001 DE 2018 ( Marzo 20) _Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2018._ LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 372 de 2010 en su Artículo [36](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#36) estipula que los F.D.L., efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de vigencia anterior, mediante decreto local, previa viabilidad presupuestal de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.
Que en la Resolución SDH N° 191 del 22 de septiembre de 2017, sobre el ajuste por Cierre Presupuestal, se indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Engativá, debe ajustar al interior del agregado de obligaciones por pagar de Gastos de Funcionamiento, y de Inversión obligaciones por pagar; Bogotá Mejor para todos y Obligaciones por pagar vigencias anteriores, del presupuesto aprobado para la vigencia fiscal 2018.
Que mediante comunicación No. 2018EE40107 del 14 de marzo de 2018, la Directora Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable para efectuar el ajuste presupuestal del F.D.L.E.
Que con Oficio No. 2-2018-10422 del 6 de marzo de 2018, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para el trámite del ajuste presupuestal del F.D.L.E. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Alcaldesa Local de Engativá,
DECRETA:
Artículo Primero: Ajustar el Presupuesto de gastos e inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia 2018, conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | AUMENTAR | REDUCIR ---|---|---|--- 3 | GASTOS | 829.447.035 | 7.156.466.157 3.1 | FUNCIONAMIENTO | 0 | 629.846.156 3.1.8 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 0 | 629.846.156 3.1.8.02 | GASTOS GENERALES | 0 | 629.846.156 3.1.8.02.01 | Adquisición de Bienes | 0 | 50.607.692 3.1.8.02.01.02 | Gastos de Computador | 0 | 22.037.876 3.1.8.02.01.03 | Combustibles, Lubricantes y Llantas | 0 | 7.900.590 3.1.8.02.01.04 | Materiales y Suministros | 0 | 20.669.226 3.1.8.02.02 | Adquisición de Servicios | 0 | 579.238.464 3.1.8.02.02.03 | Gastos de Transporte y comunicación | 0 | 119.600 3.1.8.02.02.04 | Impresos y Publicaciones | 0 | 7.679.000 3.1.8.02.02.05 | Mantenimiento y Reparaciones | 0 | 368.633.932 3.1.8.02.02.05.0001 | Mantenimiento Entidad | 0 | 368.633.932 3.1.8.02.02.06 | Seguros | 0 | 143.879.932 3.1.8.02.02.06.0001 | Seguros Entidad | 0 | 124.093.932 3.1.8.02.02.06.0004 | Seguros de Vida Ediles | 0 | 19.786.000 3.1.8.02.02.08 | Servicios Públicos | 0 | 58.926.000 3.1.8.02.02.08.0001 | Energía | 0 | 37.890.000 3.1.8.02.02.08.0002 | Acueducto y Alcantarillado | 0 | 9.083.000 3.1.8.02.02.08.0003 | Aseo | 0 | 3.820.000 3.1.8.02.02.08.0004 | Teléfono | 0 | 8.133.000 3.3 | INVERSION | 829.447.035 | 6.526.620.001 3.3.6 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 829.447.035 | 6.526.620.001 3.3.6.15 | Bogotá Mejor para todos | 829.447.035 | 4.261.074.274 3.3.6.15.01 | Pilar Igualdad de calidad de vida | 0 | 868.945.683 3.3.6.15.01.02 | Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia | 0 | 14.970.214 3.3.6.15.01.02.1468 | Desarrollo Integral y buen trato para los niños y niñas | 0 | 14.970.214 3.3.6.15.01.03 | Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente | 0 | 657.181.812 3.3.6.15.01.03.1475 | Envejecimiento digno, activo y feliz | 0 | 629.109.146 3.3.6.15.01.03.1477 | Ayudas para la calidad de vida de personas con discapacidad | 0 | 28.072.666 3.3.6.15.01.07 | Inclusión educativa para la equidad | 0 | 95 3.3.6.15.01.07.1479 | Dotaciones pedagógicas para el aprendizaje y la felicidad | 0 | 95 3.3.6.15.01.11 | Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte | 0 | 196.793.562 3.3.6.15.01.11.1480 | Cultura, recreación y deporte para la participación y la formación | 0 | 196.793.562 3.3.6.15.02 | Pilar Democracia urbana | 0 | 1.138.249.022 3.3.6.15.02.17 | Espacio público, derecho de todos | 0 | 529.820.846 3.3.6.15.02.17.1488 | Parques Incluyentes y Democráticos para la participación ciudadana | 0 | 529.820.846 3.3.6.15.02.18 | Mejor movilidad para todos | 0 | 608.428.176 3.3.6.15.02.18.1490 | Movilidad y espacios públicos para el disfrute de la ciudadanía | 0 | 608.428.176 3.3.6.15.03 | Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana | 829.447.035 | 26.682.942 3.3.6.15.03.19 | Seguridad y convivencia para todos | 829.447.035 | 0 3.3.6.15.03.19.1495 | Espacios seguros y confiables para la convivencia | 829.447.035 | 0 3.3.6.15.03.20 | Fortalecimiento del Sistema de Protección Integral a Mujeres Víctimas de Violencia - SOFIA | 0 | 26.682.942 3.3.6.15.03.20.1496 | El Derecho de las mujeres a una vida libre de violencia | 0 | 26.682.942 3.3.6.15.06 | Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética | 0 | 850.785.832 3.3.6.15.06.38 | Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal | 0 | 850.785.832 3.3.6.15.06.38.1500 | Territorio sostenible con participación social | 0 | 850.785.832 3.3.6.15.07 | Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia | 0 | 1.376.410.795
3.3.6.15.07.45 | Gobernanza e influencia local, regional e internacional | 0 | 1.376.410.795 3.3.6.15.07.45.1501 | Buen gobierno para estimular la participación social | 0 | 1.301.959.051 3.3.6.15.07.45.1529 | Empoderamiento Social con Corresponsabilidad | 0 | 74.451.744 3.3.6.90 | OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES | 0 | 2.265.545.727 Artículo Segundo: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación. ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76088)
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de marzo de 2018.
ÁNGELA VIANNEY ORTIZ ROLDÁN
Alcaldesa Local de Engativá
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