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Decreto Local 005 de 2018

Decreto Local 005 de 2018 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Tipo
Decreto Local
Número
005
Año
2018
Fecha
24 de mayo de 2018
Entidad
Alcaldía Local de Antonio Nariño
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 005 DE 2018

(Mayo 24)

_Por medio del cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal de 2018_

EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Ley 1421/93 y artículo 31 del Decreto Distrital 372 del 30 de agosto 2010, y en especial el artículo 16 del Decreto 597 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.1) del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, “ _Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – FDL”,_ determina que los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local, con concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.

Que mediante Decreto Local No. [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=77668) de diciembre de 2017, se liquidó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018.

Que la Resolución No. [191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) de 2017 de la Secretaría Distrital de Hacienda adoptó y consolidó el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, e indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención. Que, si los montos de obligaciones por pagar constituidas son mayores a las programadas en el año 2017, el Fondo de Desarrollo Local debe tramitar un traslado presupuestal para cubrir la obligación por pagar, observando el proceso señalado en el manual operativo presupuestal de los FDL, para tal fin.

Que al rubro 3-1-2-01-03 denominado: Combustibles Lubricantes y Llantas le fue asignado para la vigencia 2018 un monto equivalente a $33.752.000 y aún se cuenta con recursos disponibles de la vigencia 2017, siendo necesario trasladar recursos equivalentes a $20.000.000 para cubrir las Obligaciones por Pagar.

Que al rubro 3-1-2-02-08-02 denominado: Acueducto y Alcantarillado se le asignaron $20.490.000 para la presente vigencia y de acuerdo al promedio mensual ejecutado quedan recursos disponibles para ser trasladados a los rubros de Obligaciones por Pagar un monto equivalente a los $8.000.000.

Que al rubro 3-1-2-02-08-04 denominado: Teléfono se le asignaron $46.830.000 para la presente vigencia y de acuerdo al promedio mensual ejecutado quedan recursos disponibles para ser trasladados a los rubros de Obligaciones por Pagar un monto equivalente a $8.000.000.

Que al rubro 3-1-2-02-05-01 denominado: Mantenimiento Entidad se le asignaron $517.263.000 para la presente vigencia y de acuerdo los compromisos contractuales quedan recursos disponibles para ser trasladados a los rubros de Obligaciones por pagar un monto equivalente a $1.807.067.

Que al rubro 3-1-8-02-01-03 denominado: Combustibles, Lubricantes y Llantas para el cierre de vigencia de Obligaciones por Pagar 2017 quedo por encima al valor presupuestado en 2018, se requiere se le adicionen recursos por un monto equivalente a $34.348.387.

Que al rubro 3-1-8-02-02-05-0001 denominado: Mantenimiento Entidad para el cierre de vigencia de Obligaciones por pagar 2017 quedo por encima al valor presupuestado en 2018, se requiere se le adicionen a $3.458.680.

Que con oficio No. 2018EE87046 del 18 de mayo de 2018, la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable a la solicitud presentada por el Alcalde Local, para el traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento – Gastos Generales por valor de $37.807.067. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo primero.

Efectúese un Contra crédito en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, por la suma de $37.807.067 TREINTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE de acuerdo al siguiente detalle: **CONTRACRÉDITOS

015-FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE ANTONIO NARIÑO-01-

| | CONTRACREDITOS | ---|---|--- CODIGO | NOMBRE | MODIFICACIONES 3 | GASTOS | $ 37.807.067 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | $ 37.807.067 3.1.2 | GASTOS GENERALES | $ 37.807.067 3.1.2.01 | Adquisición de Bienes | $ 20.000.000 3.1.2.01.03 | Combustibles Lubricantes y Llantas | $ 20.000.000 3.1.2.02 | Adquisición de Servicios | $ 17.807.067 3.1.2.02.05 | Mantenimiento y Reparaciones | $ 1.807.067 3.1.2.02.05.01 | Mantenimiento Entidad | $ 1.807.067 3.1.2.02.08 | Servicios Públicos | $ 16.000.000 3.1.2.02.08.02 | Acueducto y Alcantarillado | $ 8.000.000 3.1.2.02.08.04 | Teléfono | $ 8.000.000 TOTAL CONTRACRÉDITOS | $ 37.807.067

Artículo segundo.

Efectúese unos Créditos en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, por $37.807.067 TREINTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE de acuerdo al siguiente detalle:

CRÉDITOS

015-FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE ANTONIO NARIÑO-01-

CODIGO | NOMBRE | MODIFICACIONES ---|---|--- 3 | GASTOS | $ 37.807.067 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | $ 37.807.067 3.1.8 | OBLIGACIONES POR PAGAR | $ 37.807.067 3.1.8.02 | GASTOS GENERALES | $ 37.807.067 3.1.8.02.01 | Adquisición de Bienes | $ 34.348.387 3.1.8.02.01.03 | Combustibles Lubricantes y Llantas | $ 34.348.387 3.1.8.02.02 | Adquisición de Servicios | $ 3.458.680 3.1.8.02.02.05 | Mantenimiento y Reparaciones | $ 3.458.680 3.1.8.02.02.05.0001 | Mantenimiento Entidad | $ 3.458.680 TOTAL CRÉDITOS | $ 37.807.067

Artículo tercero.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de mayo del año 2018.

EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO

Alcalde Local de Antonio Nariño

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