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Resolución 1098 de 2018

Resolución 1098 de 2018 Ministerio de Salud y Protección Social

Tipo
Resolución
Número
1098
Año
2018
Fecha
15 de marzo de 2018
Entidad
Ministerio de Salud y Protección Social
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 1098 DE 2018

( Marzo 27)

_Por la cual se modifica la Resolución 926 de 2017 en lo relativo al plazo para la implementación del Sistema de Emergencias Médicas (SEM)_

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

En ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por el artículo 67 de la Ley 1438 de 2011 y en desarrollo del numeral 6 del artículo 2° y el numeral 11 del artículo 6° del Decreto-ley 4107 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que este Ministerio, expidió la Resolución número [926](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68691) de 2017 con el objeto de reglamentar el desarrollo y operación del Sistema de Emergencias Médicas (SEM) a nivel nacional, disponiendo que, los distritos, los municipios de categoría especial y primera categoría y el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina deberían implementar el Sistema de Emergencias Médicas (SEM) en el territorio de su jurisdicción, dentro del año siguiente a la entrada en vigencia de la mencionada resolución;

Que de acuerdo con la Oficina de Gestión Territorial de este Ministerio, se requiere ampliar el plazo inicialmente señalado en la Resolución número [926](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68691) de 2017, pues no obstante el acompañamiento dado a los entes territoriales, aún faltan aspectos por desarrollar como la obtención de recursos técnicos de comunicación y software, reformas físicas de ciertos CRUES, celebrar acuerdos con el Número Único de Seguridad y Emergencias (NUSE) para integrar a salud en ciertos municipios, así como lograr acuerdos entre los CRUES de algunas ciudades con el CRUE Departamental;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. _Modificación._ Modificar el artículo [25](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68691#25) de la Resolución número 926 de 2017 el cual quedará así: _“Artículo 25. La implementación del SEM por parte de los Distritos, los Municipios de categoría especial y primera categoría y el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina se efectuará a más tardar el 31 de enero de 2019”. _ __ Artículo 2°. _Vigencia._ Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo [25](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68691#25) de la Resolución número 926 de 2017. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a los 27 días del mes de marzo de 2018.

El Ministro de Salud y Protección Social,

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE

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