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Resolución 001 de 2018

Resolución 001 de 2018 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Tipo
Resolución
Número
001
Año
2018
Fecha
26 de enero de 2018
Entidad
Secretaría de Educación del Distrito - SED
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 001 DE 2018.

( Enero 26)

_Por la cual se adopta el Mapa de Procesos versión 7 de la Secretaría de Educación del Distrito_ __ EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

En uso de sus facultades legales, en especial la conferida en la Resolución 1340 del 23 de julio de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley [872](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=11232) de 2003 creó el Sistema de Gestión de la Calidad en la Rama Ejecutiva del poder público.

Que el Decreto Nacional 4110 de 2004 en su artículo [1º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=15423#1) adoptó la Norma Técnica de Calidad de la Gestión Pública NTCGP 1000:2004, y el Decreto [4485](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37853) de 2009, la actualizó a través de la versión NTCGP 1000:2009, la cual en su literal C) del numeral 4.2.1, indica que la documentación del Sistema de Gestión de la Calidad debe incluir: “c).los procedimientos documentados y los registros requeridos en esta norma” y en su numeral 4.2.3 señala el deber de controlar los documentos requeridos por el Sistema de Gestión de la Calidad.

Que el artículo [1º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16547#1) del Decreto Nacional 1599 del 20 de mayo de 2005, adoptó el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano MECI 1000:2005, el cual determina las generalidades y la estructura necesaria para establecer, documentar, implementar y mantener un Sistema de Control Interno en las entidades y agentes obligados conforme al artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#5) de la Ley 87 de 1993.

Que en el año 2008, el Departamento Administrativo de la Función Pública, elaboró el Manual de Implementación del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano - MECI 1000:2005 – el cual se constituye como la Guía General para el Diseño, Desarrollo e Implementación de cada uno de los Subsistemas, Componentes y Elementos de Modelo Estándar de Control Interno – y en su numeral 2.1 indica que los procedimientos y el manual de procedimientos hacen parte de los elementos a implementar.

Que el Decreto [652](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45212) de diciembre 28 de 2011 adoptó la Norma Técnica Distrital del Sistema Integrado de Gestión para las Entidades y Organismos Distritales NTD SIG001:201, que en su numeral 5.1 indica la necesidad de contar con los procedimientos documentados y registros necesarios para la operación de la entidad y su respectivo control.

Que mediante la Resolución No. 1540 del 30 de mayo de 2003 la Secretaría de Educación del Distrito adoptó su Manual de Procedimientos, compuesto por: Procedimientos, Formatos e Instructivos de Trabajo, la cual ha sufrido modificaciones parciales en el transcurso del tiempo.

Que de acuerdo con la función establecida en el literal [k)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33029#5.l.k) del artículo 5 del Decreto 330 de 2008, el Despacho del Secretario debe: “Liderar la formulación, implementación y mejoramiento continuo del Sistema de Control Interno de la Secretaría y del Sistema de Gestión de Calidad”, se expidió la Resolución [1821](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60422) del 9 de octubre de 2014 por la cual se adopta el Sistema Integrado de Gestión y se crean instancias de gestión y control del mismo en la Secretaría de Educación del Distrito y en su artículo séptimo definió que “El representante de la Alta Dirección de la Secretaría de Educación del Distrito para el Sistema Integrado de Gestión será el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación”.

Que la Oficina Asesora de Planeación de conformidad con la función establecida en el literal [N)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33029#6.l.n) del artículo 6 del Decreto 330 de 2008, está encargada de “Coordinar con las dependencias de la SED la elaboración y actualización de los Manuales de Procesos y Procedimientos de acuerdo con la metodología que se acoja y proyectar los actos administrativos para su adopción”.

Que mediante Resolución [1340](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62957) del 23 de julio de 2015, el Secretario de Educación consideró que debido a la alta demanda de solicitudes relacionadas con la actualización del Manual de Procesos y Procedimientos por parte de las áreas que integran la entidad, y teniendo en cuenta la necesidad de atenderlas en términos ágiles, era pertinente delegar la facultad para la suscripción de los actos administrativos que se requieran para aprobar las modificaciones, adiciones y eliminaciones de documentos que hacen parte del manual de procesos y procedimientos en el (la) jefe de la Oficina Asesora de Planeación.

Que aplicando el mejoramiento continuo: Y tomando como base los productos entregados por la consultoría realizada en la vigencia 2017 cuyo objeto fue “realizar el diagnóstico de la situación actual, el diseño y/o rediseño de los procesos estratégicos, misionales y de apoyo del nivel central, acorde con el direccionamiento estratégico de la secretaría de educación”, se obtuvo una nueva versión del mapa de procesos, se pasa de la V6 compuesta por 18 macro procesos y 71 procesos adoptada el 3 de octubre de 2014 a la versión 7 compuesta por 18 procesos, la cual se adoptará en la parte resolutiva del presente acto administrativo.

Que la Secretaría de Educación cuenta con el aplicativo ISOLUCION, el cual contiene todos los documentos del Manual de Procesos y Procedimientos y del Sistema Integrado de Gestión de la Entidad, al cual pueden acceder usuarios internos y externos por medio de la página web www.educacionbogota.edu.co para la consulta de la documentación legal y vigente. En mérito de lo anteriormente expuesto el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación:

RESUELVE:

Artículo primero.

ADOPTAR el mapa de procesos V7 compuesto por 18 procesos, así: Procesos Estratégicos • Planeación Estratégica • Articulación Interinstitucional Procesos Misionales • Acceso y Permanencia Escolar • Calidad Educativa Integral • Atención Integral a la Comunidad Educativa Procesos de Apoyo • Gestión Jurídica • Gestión Tecnológica de Información y las Comunicaciones • Gestión de Infraestructura y Recursos Físicos • Gestión Administrativa • Gestión Documental • Gestión de Comunicaciones • Gestión Financiera • Gestión Contractual • Gestión del Talento Humano Procesos de Evaluación y Mejora • Control de la Prestación del Servicio Educativo • Evaluación de la Gestión • Control Disciplinario • Mejora Continua

Artículo segundo.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias: PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. **Dado en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de enero del año 2018.

CÉSAR MAURICIO LÓPEZ ALFONSO

Jefe Oficina Asesora de Planeación

Secretaría de Educación del Distrito

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