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Resolución 035 de 2018

Resolución 035 de 2018 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico

Tipo
Resolución
Número
035
Año
2018
Fecha
19 de enero de 2018
Entidad
Secretaría Distrital de Desarrollo Económico
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 035 DE 2018

(Enero 19) __ _Por medio de la cual se adopta el Plan Institucional de Bienestar Social de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico para el año 2018_ __ EL SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas en la Resolución No 501 de 2017 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 909 de 2004, en su artículo [36](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#36), establece que _“con el propósito de elevar los niveles de_ _eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, las entidades deberán implementar programas de bienestar e incentivos, de acuerdo con las normas vigentes y las que desarrolle la presente Ley”._ Que los Programas de Bienestar, de acuerdo con lo señalado en el Decreto Ley [1567](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1246) de 1998, deberán organizarse a partir de las iniciativas de los servidores públicos como procesos permanentes orientados a crear, mantener y mejorar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral del empleado, el mejoramiento de su nivel de vida y el de su familia; así mismo, deben permitir elevar los niveles de satisfacción, eficacia, eficiencia, efectividad e identificación del empleado con el servicio de la entidad en la cual labora.

Que dentro de las obligaciones señaladas en el mencionado Decreto, está la de organizar anualmente los programas de Bienestar Social e Incentivos.

Que el Decreto [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de _2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector_ _de Función Pública”,_ en su Título [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#L.2.P.2.T.10) _"Sistema de Estímulos",_ señala los lineamientos para la elaboración de los programas de estímulos, sus beneficiarios, la destinación de los recursos previstos para tales efectos y los demás aspectos relacionados con el tema de bienestar social Que la Subdirección Administrativa y Financiera presentó a consideración de la Comisión de Personal el Plan de Bienestar Social para el año 2018, el cual está compuesto por el marco normativo, la política de bienestar, las prioridades de bienestar y el programa de bienestar resultado de la encuesta de necesidades aplicada para determinar las actividades a desarrollar en virtud del mismo.

Que existe la disponibilidad de recursos dentro del rubro 3-1-2-02-10-00-0000-00 "Bienestar e Incentivos”, del presupuesto de la Entidad, para atender las necesidades de bienestar consignadas en el Plan Institucional de Bienestar Social que forma parte integral del presente acto administrativo.

Que el artículo [2.2.10.17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.10.17) del Decreto 1083 de 2015, establece: _"Responsabilidad de las dependencias de recursos humanos o de quienes hagan sus veces en los programas de_ _bienestar.__Con la orientación del Jefe de la entidad será responsabilidad de las dependencias de recursos humanos o de quienes hagan sus veces, la formulación, ejecución y evaluación de los programas de bienestar, para lo cual contarán con la colaboración de la Comisión de Personal”._ Que el artículo 1, literal d, de la Resolución No. 501 de 2017, consagra que el Subdirector Administrativo y Financiero podrá suscribir los actos administrativos tales como, plan de formación, capacitación y bienestar, estímulos e incentivos entre otros.

Que la Comisión de Personal en reunión del 18 de enero de 2018, recomendó la aprobación del Plan Institucional de Bienestar Social para la vigencia 2018. En mérito de lo expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

Artículo primero.

ADOPTAR** el Plan Institucional de Bienestar Social de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico para la vigencia 2018, el cual hace parte integral de este acto administrativo.

Artículo segundo.

ASIGNAR** con cargo al presupuesto de la Entidad, los recursos necesarios para atender la ejecución del Plan Institucional de Bienestar para la vigencia fiscal 2018, el cual asciende a la suma de CIENTO SESENTA MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS ($160.400.000.00) y, se cancelará con cargo al CDP No. 168 rubro 3-1-2-02-10-00-0000-00 "Bienestar e Incentivos", para la vigencia 2018.

Artículo tercero.

- VIGENCIA:** Esta Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 19 días del mes de enero del año 2018.

JUAN ARMANDO MIRANDA CORRALES

Subdirector Administrativo y Financiero

Nota: Ver anexo.

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