Circular Externa 001 de 2019
Circular Externa 001 de 2019 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
- Tipo
- Circular Externa
- Número
- 001
- Año
- 2019
- Fecha
- 22 de agosto de 2019
- Entidad
- Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**CIRCULAR EXTERNA 001 DE 2019
(Agosto 22)**
Para: Entidades centralizadas y descentralizadas de la rama ejecutiva del orden nacional(solo las relacionadas en el Anexo 1); rama judicial; entidades que integran el Sistema lntegral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR); rama legislativa; Alcaldías capitales de departamento (solo Administración central); Gobernaciones (solo Administración central); Distrito Capital (Administración central y descentralizada); órganos de control; órganos electorales; órganos autónomos y cualquier otra entidad incluida en el Anexo 1 de esta Circular.
Asunto: Obligatoriedad del uso del SECOP ll en el 2020 La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, en cumplimiento de las funciones otorgadas por el numeral [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=44643#3.n.5) del artículo 3 del Decreto 4170 de 2011, como ente rector del Sistema de Compra Pública y administrador del sistema electrónico de contratación pública - SECOP expide la presente Circular, con el propósito de dar directrices sobre la obligatoriedad del uso del SECOP ll en 2020. De acuerdo con el numeral [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=44643#3.n.5) del artículo 3 del Decreto 4170 de 2011, la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- tiene competencia para expedir directivas en materia de compras y contratación pública, actos administrativos que contienen instrucciones dirigidas a las Entidades Estatales y al público en general. El Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP fue creado por el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=25678#3) de la Ley 1150 de 2007, como punto Único de ingreso de información y de generación de reportes para las entidades estatales y la ciudadanía, contando con la información oficial de la contratación realizada con dineros públicos. El SECOP lo administra la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, en cumplimiento de las funciones otorgadas por el numeral [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=44643#3.n.8) del artículo 3 del Decreto Ley 4170 de 2011. Para articular los sistemas de información de gestión contractual pública, se instruye a las Entidades Estatales para que acaten las siguientes directivas: 1. Fecha y alcance de la obligatoriedad del SECOP II en 2020 A partir del 1 de enero de 2020, todos los procesos de contratación de las entidades relacionadas en el Anexo 1 de esta Circular deberán gestionarse, exclusivamente, en el SECOP ll. La medida aplica para los procesos de contratación que se inicien a partir del 1 de enero de 2020, en todas las modalidades de selección del Estatuto General de Contratación Pública (licitación Pública, selección abreviada, concurso de méritos, contratación directa, contratación mínima cuantía). Asimismo, aplica para la publicación del Plan Anual de Adquisiciones de 2020, y para todos los procesos de contratación que inicien las entidades que tienen un régimen especial de contratación. Están exceptuados de la medida las asociaciones público privada -APP- y los contratos donde existan más de dos partes, los cuales podrán publicarse a través del SECOP l. Todos los procesos de contratación creados en el SECOP I antes del 1 de enero de 2020 podrán continuar siendo gestionados en esta plataforma. Será restablecido, a partir del 1 de enero de 2020, el uso obligatorio de las modalidades de contratación directa y régimen especial en el SECOP ll para las entidades de la rama ejecutiva del nivel nacional y del orden central y descentralizado del Distrito Capital que tuvieron suspensión de estas modalidades en dicha plataforma desde el 11 de marzo de 2019. Se reitera que todas las entidades del Anexo I deben utilizar con carácter obligatorio estas modalidades en el SECOP ll a partir del I de enero de 2020. Todas las entidades del Estado colombiano deberán gestionar en el SECOP ll los procesos de contratación con ESALES (Decreto [092](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67988) de 2017) para lo cual encontrarán habilitado el módulo de régimen especial del SECOP ll. El módulo de régimen especial estará habilitado para publicar procesos en el marco del Decreto [092](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67988) de 2017 independientemente de si la entidad ha publicado o no procesos de contratación en esta plataforma entre el 1 de enero de 2019 y la fecha de expedición de esta Circular. A partir del 1 de enero de 2020 se suspenderá en el SECOP ll la publicación de procesos de contratación de cualquier entidad que no haya realizado ninguna publicación en esta plataforma entre el 1 de enero de 2019 y la fecha de expedición de esta Circular, con excepción del módulo de régimen especial. Estas entidades deberán utilizar el módulo de régimen especial exclusivamente para la gestión de los procesos de contratación con ESALES (Decreto [092](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67988) de 2017) y no podrán usarlo para otros tipos de contratación. Cualquier entidad que se encuentre incluida en el Anexo I tendrá que utilizar el SECOP ll a partir del 1 de enero de 2020 para todas las modalidades de selección del Estatuto General de Contratación Pública (licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos, contratación directa, contratación mínima cuantía) independientemente de si ha publicado o no procesos de contratación en esta plataforma entre el 1 de enero de 2019 y la fecha de expedición de esta Circular. 2. Capacitación Para que las entidades se preparen para la adoptar definitivamente el SECOP ll, la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- ofrece dos alternativas de capacitación: a. Capacitación Virtual La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- pone a disposición de las entidades del Estado colombiano, los proveedores y ciudadanos el minisitio del SECOP ll, ubicado en el siguiente link [https://www.colombiacompra.gov.co/secop-ii](https://www.colombiacompra.oov.co/secop-ii) El minisitio del SECOP ll es un espacio diseñado para aprender de manera virtual sobre las funcionalidades de la plataforma, a partir de los roles que desempeñan los partícipes del Sistema de Compra Pública en la misma. Las entidades estatales cuentan con la sección "Compradores", los contratistas y los proveedores que venden sus bienes y servicios al Estado cuentan con la sección "Proveedores". Para los ciudadanos, veedores, auditores, y en general quienes hacen control a la compra pública, se ha dispuesto la sección "Ciudadanos". b. Capacitación presencial La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- dictará capacitaciones presenciales a las entidades que no han tenido uso obligatorio del SECOP ll. Para programar esta capacitación, las entidades deben enviar al correo electrónico [secopii@colombiacompra.gov.co](mailto:secopii@colombiacompra.gov.co) los datos de contacto (nombre completo, correo electrónico, cargo, celular, teléfono fijo) de la persona que será responsable de la implementación del SECOP ll en la entidad, con quien se acordará la logística de la capacitación. La información debe ser enviada antes del 31 de agosto de 2019. Para entidades territoriales, la capacitación podrá realizarse en Bogotá o en el municipio donde se encuentre ubicada la entidad. En cualquiera de los dos casos, la entidad territorial deberá cubrir los gastos de tiquetes y viáticos de los funcionarios de la Agencia.
JOSÉ ANDRÉS O’MEARA RIVEIRA
DIRECTOR GENERAL
AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
COLOMBIA COMPRA EFICIENTE
**NOTA 1: Ver Anexo.
NOTA 2: El anexo técnico fue modificado por la Circular Externa[002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=123390)de 2019.**
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Circular Externa 001 de 2023
COMUNICADO INTERNO CIRCULAR EXTERNA 001 DE 2023 (Febrero 09) De: Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente-…
-
Circular Externa 007 de 2020
CIRCULAR 007 DE 2020 PARA: ENTIDADES Y PARTICULARES QUE CONTRATAN CON CARGO A RECURSOS PÚBLICOS. DE: AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA -COLOMBIA COMPRA …
-
Circular Externa 021 de 2026
[1] "Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Gestión Pública" [2] "Por la cual se reglamenta la adecuada y efectiva participación de la mujer …
-
Circular Externa 031 de 2026
c. Información de RIPS, SISPRO y fuentes territoriales sobre prestación de servicios. d. Información de IRA, IRAG, asma, EPOC y demás eventos respiratorios dis…
-
Circular Externa 030 de 2026
CIRCULAR EXTERNA 030 DE 2026 (Agosto 28) PARA: ENTIDADES TERRITORIALES DEPARTAMENTALES, DISTRITALES Y MUNICIPALES, CENTROS REGULADORES DE URGENCIAS, EMERGENCIA…