Resolución 1140 de 2019
Resolución 1140 de 2019 Secretaría de Educación del Distrito - SED
- Tipo
- Resolución
- Número
- 1140
- Año
- 2019
- Fecha
- 6 de mayo de 2019
- Entidad
- Secretaría de Educación del Distrito - SED
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO RESOLUCIÓN 1140 DE 2019
( Mayo 06)
_Por medio de la cual se delega la representación de la Secretaria de Educación del Distrito en el Comité de Conciliación de la Secretaría de Educación del Distrito_
#
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO, D.C.
En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, en cumplimiento del Decreto 330 de 2008 y de las Resoluciones 9843 de 2001 y 747 de 2016 y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo con el artículo [211](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#211) de la Constitución Política, corresponde a la Ley fijar las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones en sus subalternos o en otras autoridades.
Que la Ley 446 de 1998 en su artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3992#75), establece que las entidades y organismos de derecho público del orden nacional, departamental y municipal entre otros deberá integrar un comité de conciliación con funcionarios del nivel directivo.
Que el artículo [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=34710#13) de la Ley 1285 de 2009, incluyó el artículo [42A](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6548#42A) a la Ley 270 de 1996, y mediante el mismo otorgó a la conciliación extrajudicial, la calidad de requisito de procedibilidad para el ejercicio de las acciones de nulidad, nulidad y restablecimiento del derecho, reparación directa y controversias contractuales.
Que el artículo[ 2.2.4.3.1.2.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62503# 2.2.4.3.1.2.1) del Decreto Único del Sector Justicia 1069 de 2015, establece que, las normas sobre comités de conciliación son de obligatorio cumplimiento para las entidades de derecho público, los organismos públicos del orden nacional, departamental, distrital, los municipios que sean capital de departamento y los entes descentralizados de estos mismos niveles; así mismo, pondrán en funcionamiento los comités de conciliación, de acuerdo con las reglas que se establecen.
Que la Resolución [9843](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4696) de 2001, conformo al interior de la Secretaría de Educación del Distrito el Comité de Conciliación como un órgano especializado para la coordinación de estrategias encaminadas a orientar la asunción de responsabilidades por daños imputables a actuaciones de la Administración.
Que el artículo 2° ibídem, modificado por la Resolución 747 de 2016, establece que el Comité estará integrado, entre otros, por el Secretario de Educación Distrital o su Delegado quien lo presidirá. __ Que de acuerdo con lo ordenado en el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines y complementarías.
Que sobre la delegación, la Corte Constitucionales ha señalado que son elementos constitutivos de la delegación los siguientes: _“(1) la transferencia de funciones de un órgano a otro; (2) que las transferencia de funciones se realice por el titular de la función; (3) que dicha transferencia cuente con una previa autorización legal; 84) y que el órgano que confiere la delegación pueda siempre y en cualquier momento reasumir la competencia”._ En mérito de lo expuesto,__
RESUELVE:
Artículo primero.
Delegar a la Asesora ALEJANDRA PÁEZ OSORIO, identificada con cédula de ciudadanía número 66.719.831, nombrada al cargo de Asesor Código 105, Grado 06, asignado al Despacho por Resolución 1052 del 23 abril de 2019, con acta de posesión 569 del 2 de mayo de 2019, ante el Comité de Conciliación.
Artículo segundo.
La Asesora ALEJANDRA PÁEZ OSORIO, presentará los informes a la Secretaria Distrital de Educación, en relación con las actividades realizadas en virtud de la presente delegación.
Artículo tercero.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas aquellas disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de mayo de 2019
CLAUDIA PUENTES RIAÑO
Secretaría de Educación del Distrito
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