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Decreto Local 012 de 2019

Decreto Local 012 de 2019 Alcaldía Local de Puente Aranda

Tipo
Decreto Local
Número
012
Año
2019
Fecha
18 de diciembre de 2019
Entidad
Alcaldía Local de Puente Aranda
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 012 DE 2019

(Diciembre 18)

_Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión de la Alcaldía Local de Puente Aranda, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2020_ __ LA ALCALDESA LOCAL DE PUENTE ARANDA

En uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el artículo 19 del Decreto 372 de 2010.

CONSIDERANDO:

Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación No. 2019EE191339 de octubre 29 de 2019, comunicó la Cuota de Asignación para 2020 por un monto de VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES CIENTO TRECE MIL PESOS MCTE ($29.545.113.000) para la vigencia 2019.

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –CONFIS- en su sesión 24 del 29 de noviembre de 2019, emitió concepto favorable al proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, el cual asciende a la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS MCTE ($55.509.639.000) Que la Alcaldesa Local de Puente Aranda presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la Junta Administradora Local dentro del término establecido en el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#15) del Decreto 372 de 2010.

Que la JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL radico dentro del tiempo establecido el Acuerdo local de presupuesto.

Que mediante Acuerdo Local 004 del 15 de diciembre, la Junta Administradora Local aprobó el presupuesto anual de ingresos y gastos para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020.

Que en virtud de lo establecido en el artículo [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#19) de decreto 372 de 2010, el alcalde debe liquidar el presupuesto anual de ingresos y gastos a nivel de programas y proyectos. Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1.

Fijar el Presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º. de enero y el 31 de diciembre de 2020, por la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS MCTE ($55.509.639.000) conforme al siguiente detalle

ARTÍCULO 2 Expedir el Presupuesto de Gastos e Inversiones del presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º. de enero y el 31 de diciembre de 2020, por la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS MCTE ($55.509.639.000) de acuerdo con el siguiente detalle:

Artículo 3.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88707)y surte efectos fiscales partir del 1º de enero de 2020. **Dado en Bogotá, a los 18 días del mes de diciembre del año 2019

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

MARÍA DEL PILAR MUÑOZ TORRES

ALCALDESA LOCAL (E)

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