Resolución 619 de 2019
Resolución 619 de 2019 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD
- Tipo
- Resolución
- Número
- 619
- Año
- 2019
- Fecha
- 17 de octubre de 2019
- Entidad
- Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 619 DE 2019
( Octubre 17)
_Por la cual se crea el Comité Asesor de los proyectos bajo esquema de Asociaciones Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o de iniciativa privada y se dictan otras disposiciones_ __ EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 04 de 1978, las Resoluciones N° 002 de 2015, 006 de 2017, el artículo 2.2.2.1.5.6 del Decreto 1082 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que según el Artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que el Artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#3) de la Ley 1437 de 2011 “Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, dispone que las actuaciones administrativas se desarrollarán, especialmente con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad.
Que la Ley [1508](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45329) de 2012 “Por la cual se establece el régimen de las Asociaciones Público Privadas, se dictan normas orgánicas de presupuesto y se dictan otras disposiciones”, contempla en el artículo primero, que “Las Asociaciones Público Privadas son un instrumento de vinculación de capital privado, que se materializan en un contrato entre una entidad estatal y una persona natural o jurídica de derecho privado, para la provisión de bienes públicos y de sus servicios relacionados, que involucra la retención y transferencia de riesgos entre las partes y mecanismos de pago, relacionados con la disponibilidad y el nivel de servicio de la infraestructura y/o servicio”, las cuales podrán ser de conformidad con la misma disposición de iniciativa pública o privada.
Que mediante la Resolución [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56517) de 2014, se conformó un Grupo Interdisciplinario para los trámites, el procedimiento y el estudio de las Asociaciones Publico Privadas que se presenten o se adelanten en él Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD-.
Que en observancia a lo establecido en el artículo [2.2.2.1.5.6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71552#2.2.2.1.5.6) del Decreto 1082 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector administrativo de Planeación Nacional”, y en la Directiva Distrital 004 del 18 de junio de 2019, mediante la cual se dictan los lineamientos y pautas para adelantar el procedimiento de estructuración, evaluación y aprobación de los proyectos bajo el esquema de Asociación Público Privada (APP) de iniciativa pública y/o de iniciativa privada”, las entidades del nivel territorial y/o distrital, deberán conformar un “Comité o Consejo Asesor” integrado con funcionarios que posean conocimientos técnicos, financieros y jurídicos, con el propósito de emitir concepto con relación a la evaluación del Proyecto bajo el esquema de Asociación Público Privada (APP) de iniciativa privada, haciéndose necesario realizar las modificaciones en el Acto Administrativo señalado en el aparte precedente.
Que conforme lo anterior, se hace necesario crear un Comité Asesor en el Instituto Distrital de Recreación y Deporte-IDRD de los proyectos bajo el esquema de Asociación Público Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o de Iniciativa Privada, en consideración a que los mismos contienen temas que por su complejidad requieren la participación de las distintas áreas del Instituto, de acuerdo con la heterogeneidad de los asuntos que puedan llegar a involucrar y el conocimiento que se deba tener de cada uno de ellos, en consonancia con la Resolución No. 006 de 2017 “Por la cual se modifica la estructura organizacional y las funciones de las dependencias del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, y se dictan otras disposiciones”.
Que la Oficina Asesora Jurídica del IDRD, mediante Memorando 20191100544493 de agosto de 2019, viabilizó para la firma del Director General, una vez adelantado el Control de Legalidad la presente Resolución, Que, por lo anterior el Director General
RESUELVE:
Artículo primero.
Crear el “Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o de Iniciativa Privada” del INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE -IDRD, como instancia asesora para revisar las conclusiones de los estudios y análisis elaborados por las dependencias internas del IDRD y las proferidas por las diferentes entidades distritales a fin de emitir recomendaciones y observaciones para dar o no paso a las etapas bajo las cuales se estructura el proyecto de Asociaciones Público Privada, el cual estará conformado por los siguientes funcionarios: \- El (La) Asesor (a) Código 105 Grado 04 de la Dirección General del IDRD o quien haga sus veces, quien lo presidirá. \- El (La) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación y/o quien haga sus veces. \- El (La) Jefe de la Oficina Asesora Jurídica y/o quien haga sus veces. \- El (La) Jefe de la Oficina de Costos y Estudios Económicos o quien haga sus veces. - El (La) Subdirector (a) Técnico (a) de Parques y/o quien haga sus veces. \- El (La) Subdirector (a) Técnico (a) de Construcciones y/o quien haga sus veces. \- El (La) Subdirector (a) Administrativo (a) y Financiero (a) y/o quien haga sus veces. \- El (La) Subdirector (a) de Contratación y/o quien haga sus veces. \- El (La) Subdirector (a) Técnico (a) de Recreación y Deporte y/o quien haga sus veces.
Parágrafo. PRIMERO:** La asistencia al Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada es obligatoria y no es delegable.
Parágrafo. SEGUNDO:** Concurrirán sólo con derecho a voz, pero sin voto: 1- El (La) Jefe de Control Interno quien tendrá la calidad de invitada permanente. 2- Los funcionarios que por su condición funcional deban asistir según el caso concreto y 3- Los demás asesores que sean invitados como apoyo para tomar decisiones o para brindar mayor comprensión de los asuntos materia de su consideración
Artículo segundo.
El Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada, tendrá las siguientes actividades: a- Emitir las observaciones y recomendaciones al Director (a) General del Instituto Distrital de Recreación y Deporte –IDRD, sobre los trámites a seguir en las diferentes etapas de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada. b- Solicitar por intermedio del Asesor (a) Código 105 Grado 04 de la Dirección General y/o quien haga sus veces al originador del proyecto bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada, información adicional que se considere primordial para la emisión de un concepto y/o recomendación. c- Proferir recomendación al Director (a) General del Instituto Distrital de Recreación y Deporte –IDRD, previo análisis y evaluación, de los proyectos presentados por los originadores, bajo el esquema de Asociación Público Privada (APP) de iniciativa pública y/o de iniciativa privada, con fundamento en los pronunciamientos efectuados por los competentes, los cuales deberán rendirse en Lo anterior en un término no mayor a diez (10) días hábiles a la recepción de la solicitud efectuada en tal sentido, por el Asesor (a) Código 105 Grado 04 de la Dirección General y/o quien haga sus veces. d- Velar por la observancia y cumplimiento a lo preceptuado en la normativa existente en materia de Asociaciones Público Privadas (APP).
Artículo tercero.
SECRETARÍA TECNICA.** – La Secretaría Técnica del Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD, será ejercida por el profesional y/o contratista designado por el (La) Asesor (a) Código 105 Grado 04 de la Dirección General del IDRD o quien haga sus veces, quien tendrá a su cargo las siguientes actividades: Citar a los miembros del Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD con la periodicidad que considere necesario la cual se llevará a cabo de manera presencial o virtual, convocatoria que se realizará por lo menos con tres (3) días de anticipación a la fecha prevista para la reunión del respectivo Comité. Remitir junto con la citación, la información referente a los proyectos bajo el esquema de Asociación PúblicoPrivada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada, así como los conceptos emitidos por cada área de la Entidad y/o los emitidos por las diferentes Entidades del Distrito, desde el ámbito de su competencia. Consolidar la información y generar un concepto unificado para ser presentado cómo recomendación a la Dirección General del Instituto para que este dentro del ámbito de sus competencias adopte las medidas y tome las decisiones a que haya lugar. Elaborar las actas de cada sesión del comité. El acta deberá estar debidamente elaborada y suscrita por los miembros del Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD y el Secretario Técnico del Comité que hayan asistido, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la correspondiente sesión. Verificar el cumplimiento de los conceptos y/o recomendaciones allegados por los miembros del comité. Las demás que le sean asignadas por el Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD
Artículo cuarto.
SESIONES VIRTUALES.-** Las reuniones del Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD, podrán efectuarse en forma no presencial siempre y cuando, exista comunicación simultánea o sucesiva. En dicho evento se utilizarán los medios tecnológicos que permitan acreditar las recomendaciones de las reuniones que se efectúen de manera no presencial dejando constancia de lo actuado por ese medio usando los medios necesarios para asegurar su autenticidad, conservación y consulta.
Artículo quinto.
QUORUM DELIBERATORIO Y DECISORIO.** \- El Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD, sesionará con un mínimo de seis (6) de sus integrantes. En todos los casos las decisiones se adoptarán por mayoría simple.
Artículo sexto.
INASISTENCIA DE LAS SESIONES.** \- Cuando alguno de los miembros del Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD, no le sea posible asistir a una sesión deberá comunicarlo por escrito, enviando a la Secretaría Técnica la correspondiente excusa e informando los motivos de la ausencia. En la respectiva acta de cada sesión del Comité, el Secretario Técnico dejará constancia de la asistencia de los miembros e invitados y en caso de inasistencia así lo señalará.
Artículo séptimo.
DESIGNACION DE RESPONSABLES: Designar** al Subdirector (a) Técnico (a) de Construcciones, al Subdirector (a) Técnico (a) de Parques y al Asesor (a) Código 105 Grado 04 de la Dirección General, como responsables de los procesos relacionados con las propuestas de Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD y participar en las mesas o comités que se conformen, según los lineamientos establecidos en la Directiva Distrital No. [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84765) del 18 de junio de 2019 que establece “Lineamientos y Pautas para adelantar el Procedimiento de Estructuración, Evaluación y Aprobación de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de iniciativa Pública y/o de Iniciativa Privada”, proferida de manera conjunta entre el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. y la Secretaría Jurídica Distrital o aquellas que la aclaren, modifiquen o deroguen.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=87851) y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución No. [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56517) de 2014.
Dada en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de octubre del año 2019.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
PEDRO ORLANDO MOLANO PEREZ
Director General
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