Resolución 003 de 2019
Resolución 003 de 2019 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD
- Tipo
- Resolución
- Número
- 003
- Año
- 2019
- Fecha
- 7 de noviembre de 2019
- Entidad
- Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 003 DE 2019
(Noviembre 07)
_Por la cual se modifican las Resoluciones JD[001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82850)y[002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86239)de 2019, que fijan el incremento salarial de la vigencia fiscal 2019, para los empleados públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD_
LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE – IDRD
En ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo 17 de la Resolución 005 de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo [68](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#68) de la Ley 489 de 1998, “Las entidades descentralizadas se sujetan a las reglas señaladas en la Constitución Política, en la presente ley, en las leyes que las creen y determinen su estructura orgánica y a sus estatutos internos.” Esta disposición es aplicable al Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD- de acuerdo con lo dispuesto en el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#2)º de la mencionada ley.
Que el artículo [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82249#13) del Decreto 826 del 27 de diciembre de 2018, con el fin garantizar la estabilidad macroeconómica de las finanzas del Distrito Capital, establece que “Con base en la circular que expidan la Secretaría Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil, la junta o consejo directivo de los Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales con Personería Jurídica, las Empresas Industriales y Comerciales del orden distrital y las Subredes Integradas de Servicios de Salud – ESE, definirán el incremento salarial de los empleados públicos en las mencionadas entidades. Lo anterior, previa expedición del concepto favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.”
Que en virtud de lo anterior, se profirió la Circular Conjunta No. 001 del 23 de enero de 2019, emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital –DASCD-, en la que se imparten los lineamientos para el Incremento Salarial de los empleados públicos distritales para la vigencia 2019, fijando un porcentaje del 4.38% de incremento salarial para las entidades Descentralizadas del orden distrital, correspondiente al 3.18% cifra de inflación certificada por el DANE, para la vigencia 2018, más 1.2% adicional, en cumplimiento de los compromisos pactados entre la Administración Distrital y las Organizaciones Sindicales en observancia del Decreto Nacional No. [160](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57218) de 2014, tal como consta en el Acta del Acuerdo Laboral suscrita el 12 de julio de 2018.
Que como consecuencia de lo precedente, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD-, expidió las Resoluciones JD [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82850) y [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86239) del 22 de febrero y del 31 de julio de 2019, fijando el incremento salarial del 4.38% en la asignación básica mensual de los empleados públicos del Instituto.
Que se profirió la Circular Conjunta 005 del 17 de septiembre de 2019, emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, en la que se imparten los lineamientos para el ajuste en el incremento para el año 2019 de los empleados públicos del Sector Descentralizado en cuatro punto cinco por ciento (4.5%) acorde al porcentaje definido por el Gobierno Nacional para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva, y realizar los ajustes con porcentajes inferiores que corresponden en las respectivas asignaciones básicas sin que sobrepasen los límites máximos salariales determinados por el Gobierno Nacional para cada nivel jerárquico, señalando lo siguiente: “El Gobierno Nacional y las centrales y las federaciones sindicales de los empleados públicos acordaron para el año 2019 que el aumento salarial debe corresponder al incremento porcentual del IPC total en 2018 certificado por el DANE, más uno punto treinta y dos por ciento (1.32%), el cual debe regir a partir del 1 de enero del presente año, y, en consecuencia, los salarios establecidos para los empleados públicos de la Nación se ajustaron en cuatro punto cinco por ciento (4.5%) para el 2019, retroactivo a partir del 1 de enero del presente año. En consideración a que el Gobierno Nacional mediante Decreto No. [1028](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84405) del 06 de junio de 2019, “Por el cual se fijan los límites máximos salariales de los Gobernadores, Alcaldes y empleados públicos de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones en materia prestacional”, fijo los límites máximos salariales para los empleados públicos de las entidades territoriales, correspondientes al año 2019, el Alcalde Mayor de Bogotá, mediante Decreto Distrital No. [542](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86412) de septiembre 06 de 2019, modifico el Decreto Distrital No. [020](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82309) de 2019, ajustando el incremento al cuatro punto cinco por ciento (4.5%) para 2019.”
Que de acuerdo con el parágrafo del artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1166#12) de la Ley 4ª de 1992, al Gobierno Nacional le corresponde señalar el límite máximo salarial de los servidores públicos de las entidades territoriales, guardando equivalencias con cargos similares en el orden nacional.
Que en consecuencia, el incremento salarial para los empleados públicos distritales de las entidades descentralizadas del Distrito Capital, se debe efectuar dentro de los límites máximos fijados por el Gobierno Nacional en el Decreto [1028](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84405) de 2019, de la siguiente manera:
Que en el presupuesto correspondiente al año 2019, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD cuenta con la apropiación necesaria para garantizar el pago de las sumas derivadas de la aplicación de la presente Resolución, tal como consta en la certificación expedida por el Área de Presupuesto del Instituto el día 2 de octubre de 2019.
Que mediante oficio 2019EE2646 O 1 de fecha 22 de octubre de 2019, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable a la propuesta de ajuste salarial de los empleados públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD- para la vigencia 2019.
Que en sesión de Junta Directiva Virtual realizada el día 7 de noviembre de 2019, se aprobó el ajuste al incremento salarial de la vigencia 2019 para los empleados públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD-.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el Artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82850#1)° de las Resoluciones 001 y 002 del 22 de febrero y 31 de julio de 2019 respectivamente, de la Junta Directiva del IDRD, los cuales quedarán así: ASIGNACIÓNES BÁSICAS. Fijar a partir del 1º de enero de 2019, el incremento salarial del 4.5% en la asignación básica mensual para las diferentes categorías de empleos públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD - así:
Parágrafo. PRIMERO. Para las asignaciones básicas de los niveles que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos, las siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel respectivo a los empleos de carácter permanente y de tiempo completo. ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar el Artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82850#2)° de la Resolución 001 del 22 de febrero de 2019 de la Junta Directiva del IDRD, el cual quedará así: ASIGNACIÓNES BÁSICAS. PLANTA TRANSITORIA**. Fijar a partir del 1º. de enero de 2019, el incremento del 4.5% en la asignación básica de la planta transitoria del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, – así:
Artículo tercero.
COMUNICACIÓN**. Comunicar el contenido de la presente Resolución al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -DASCD-.
Artículo cuarto.
VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente Resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1º. de enero de dos mil diecinueve (2019), modifica los artículos [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82850#1)º. y [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82850#2)º. de la Resolución 01 del 22 de febrero de 2019 y el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86239#1)º. de la Resolución 02 del 31 de julio de 2019, expedidas por la Junta Directiva del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD- y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 7 días del mes de noviembre del año 2019.
MARÍA CLAUDIA LÓPEZ SORZANO
PRESIDENTA
LUZ PATRICIA CAMELO URREGO
SECRETARIA
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