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Resolución 2653 de 2019

Resolución 2653 de 2019 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Tipo
Resolución
Número
2653
Año
2019
Fecha
7 de octubre de 2019
Entidad
Secretaría de Educación del Distrito - SED
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 2653 DE 2019

(Octubre 07)

_Por medio de la cual se delega la representación de la Secretaría de Educación del Distrito en la Comisión Intersectorial del Sistema Distrital de Formación Artística y Cultural SIDFAC_

LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO, D. C.

En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, en cumplimiento de los Decretos Distritales 541 de 2015 y 330 de 2008 y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo [211](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#211) de la Constitución Política, corresponde a la Ley fijar las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones en sus subalternos o en otras autoridades.

Que el Decreto [541](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64114) de 2015, reglamenta el Acuerdo Distrital[594](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62063)de 2015, y crea el Sistema Distrital de Formación Artística y Cultural – SIDFAC. Que el artículo [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64114#11) ibídem, crea la Comisión Intersectorial del Sistema Distrital de Formación Artística y Cultural, como una instancia permanente del Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital, que tiene por objeto orientar, coordinar, efectuar y articular la integración, seguimiento e implementación de las políticas, estrategias, procesos, instancias, servicios y recursos del Sistema Distrital de Formación Artística y Cultural -SIDFAC.

Que el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64114#12) ibídem, establece como miembros de la Comisión Intersectorial del Sistema Distrital de Formación Artística y Cultural al Secretario de Educación del Distrito o su Delegado.

Que de acuerdo con lo ordenado en el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines y complementarías.

Que sobre la delegación, la Corte Constitucional ha señalado que son elementos constitutivos de la delegación los siguientes: _“(1) la transferencia de funciones de un órgano a otro; (2) que las transferencias de funciones se realicen por el titular de la función; (3) que dicha transferencia cuente con una previa autorización legal; 84) y que el órgano que confiere la delegación pueda siempre y en cualquier momento reasumir la competencia”._ Que de conformidad con el artículo [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33029#18) del Decreto 330 de 2008, la Dirección Preescolar y Básica de la SED, tiene entre otras las funciones de _“D). Desarrollar programas que estimulen la innovación de los métodos de enseñanza en las distintas áreas del conocimiento y la actualización de los métodos y sistemas de evaluación utilizados por los docentes; E). Identificar las experiencias e innovaciones pedagógicas que contribuyan al mejoramiento de los procesos de enseñanza y aprendizaje y H). Desarrollar estrategias y acciones tendientes al mejoramiento y aprovechamiento de los espacios escolares y el tiempo escolar._ En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Delegar al Director de Educación Preescolar y Básica para que represente a la Secretaría Distrital de Educación en las sesiones de la Comisión Intersectorial del Sistema Distrital de Formación Artística y Cultural SIDFAC.

Artículo segundo.

El Director de Educación Preescolar y Básica, presentará los informes a la Secretaria Distrital de Educación, en relación con las actividades realizadas en virtud de la presente delegación.

Artículo tercero.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas aquellas disposiciones que le sean contrarias. **Dada en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de octubre del año 2019.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

CLAUDIA PUENTES RIAÑO

Secretaría de Educación del Distrito, D. C.

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