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Decreto Local 007 de 2019

Decreto Local 007 de 2019 Alcaldía Local de Puente Aranda

Tipo
Decreto Local
Número
007
Año
2019
Fecha
1 de octubre de 2019
Entidad
Alcaldía Local de Puente Aranda
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 07 DE 2019

(Octubre 01)

_Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, para la vigencia 2019_

LA ALCALDESA LOCAL DE PUENTE ARANDA (E.)

En uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 2010.

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido en el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local mediante Decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda.

Que mediante oficio 2019EE176677 del 25 de septiembre de 2019, la Secretaría Distrital de Hacienda conceptuó favorablemente la Modificación Presupuestal.

Que el rubro “Servicios de seguros de vida colectiva de los ediles” cuenta con recursos disponibles para trasladar a otro rubro que lo requiera, como quiera que ya se contrató la póliza de seguro y sobraron recursos.

Que el rubro “Otras Tasas y derechos no contemplados previamente” requiere recursos para efectuar el pago de las resoluciones 008 y 006 de la Secretaria Distrital de Ambiente para el pago de la compensación y evaluación por la tala de árboles en la localidad.

Que en mérito de lo anterior expuesto

DECRETA:

Artículo primero.

Efectúese un contracrédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la Vigencia Fiscal 2019, por la suma de ($1.000.000) de acuerdo con el siguiente detalle:

ARTÍCULO SEGUNDO Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la Vigencia Fiscal 2019, por la suma de ($1.000.000.00), de acuerdo con el siguiente detalle:

Artículo tercero.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86925). **Dado en Bogotá, D.C., al 1 día del mes de octubre del año 2019.

COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

MARÍA DEL PILAR MUÑOZ TORRES

ALCALDESA LOCAL (E.)

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