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Decreto Local 008 de 2019

Decreto Local 008 de 2019 Alcaldía Local de Santa Fe

Tipo
Decreto Local
Número
008
Año
2019
Fecha
24 de septiembre de 2019
Entidad
Alcaldía Local de Santa Fe
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

Decreto Local 008 DE 2019

(Septiembre 24)

**_POR MEDIO DEL CUAL SE REALIZA UNA MODIFICACIÓN EN EL PRESUPUESTO DE_

_GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SANTA FE._

_TRASLADO PRESUPUESTAL EN LA SUMA DE DIEZ Y SEIS MILLONES CIENTO DIEZ MIL_

_OCHOSCIENTOS DIEZ Y SIETE PESOS MCTE ($16.110.817.00) VIGENCIA FISCAL DE 2019._**

EL ALCALDE LOCAL DE SANTA FE En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, los hará el Alcalde Local mediante Decreto Local previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda. Dirección Distrital de Presupuesto. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Planeación.

Que en la Resolución No. SDH – 000191 del 22 de septiembre de 2017, por medio del cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital se indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.

Que según el Manual en el numeral “3.9.1. Traslado Presupuestal: Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.” 1.

Que se hace necesario realizar un traslado en el Presupuesto para complementar los recursos en el rubro Gastos de Funcionamiento de la localidad vigencia 2019, Otros servicios públicos generales del Gobierno n.c.p.; “Energía” por valor de ( $16.000.000.00), teniendo en cuenta que el recurso apropiado para la vigencia 2019 se agotó en su totalidad, y no se cuenta con recursos para los consumos del resto de la vigencia, Lo anterior, teniendo en cuenta que se recibió por parte de la Empresa de Energía factura por servicios reliquidados y el consumo en su último estado ascendió a la suma de $18.865.490.00, valor que se reconoció mediante la Resolución No. 000258 del 04-09-2019 por la cual se ordena el pago de servicios públicos domiciliarios con la empresa “Enel Codensa”. 2.

Que se solicitó traslado presupuestal de funcionamiento dentro del proyecto que tiene trámite ante la Junta administradora Local previo concepto favorable CONFIS y el saldo de $110.817.00 por ser traslado de funcionamiento, se debe solicitar en el presente traslado a fin de completar los recursos para el rubro 3-1-2-02-02-02-0003-004 Servicio de arrendamiento sin opción de compra de otros bienes “ outsourcing de impresoras.: Actualmente, el Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe cuenta con un servicio de Outsourcing de Impresiones que suministró diez (10) equipos de multifuncionales de impresión con capacidad para 5.000 impresiones o fotocopias al mes. Gracias a esto, el Fondo de Desarrollo Local ha logrado economizar costos en mantenimiento y suministros para estos equipos. La instalación de estos elementos permitirá ampliar la cobertura de los servicios de impresión, fotocopiado y escaneado a todas las áreas de la entidad; permitiendo el mejoramiento de la infraestructura tecnológica como medio que ayuda en el logro de los objetivos propuestos por la ALSF. 3.

Que se dispone de recursos en la suma de DIEZ Y SEIS MILLONES CIENTO DIEZ MIL OCHOSCIENTOS DIEZ Y SIETE PESOS MCTE ($16.110.817.00) detallado en los rubro Gastos de Funcionamiento - Obligaciones por Pagar - Gastos Generales Combustibles, Lubricantes y Llantas, en cuantía de CIENTO DIEZ MIL OCHOCIENTOS DIEZ Y SIETE PESOS M/CTE ($110.817.00); en el Rubro Gastos de Funcionamiento - la suma de DIEZ Y SEIS MILLONES DE PESOS MCTE ($16.000.000.00) Que el total reportado de ($16.110.817.00) puede ser trasladado a otros Rubros que requieren una mayor asignación presupuestal.

Que se cuenta con unos Saldos Disponibles Libres de Afectación, ya que los gastos de funcionamiento mencionados cuentan con un saldo suficiente para lo que resta de la vigencia fiscal 2019. Que, en virtud a lo anteriormente expuesto, se hace necesario realizar el traslado presupuestal solicitado para poder dar cumplimiento a las necesidades de la administración Local en beneficio de la comunidad y la administración local, así mismo, cumplir las metas establecidas para este componente en el Plan de Desarrollo Local de Santa Fe “Bogotá Mejor para todos”. 4.

Que se cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal No.514 de fecha 30-08- 2019, Y Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 518 de fecha 12-09-2019, mediante los cuales se informa de la disponibilidad de recursos a trasladar. 5.

Que la Secretaria Distrital de Hacienda. Dirección Distrital de Presupuesto con oficio No. 2019EE174356 de fecha 24-09-2019 emite concepto favorable a la propuesta de Traslado.

Que en mérito de lo expuesto el Alcalde Local de Santa Fe

DECRETA:

Artículo primero.

Efectúese un CRÉDITO en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe de la vigencia 2019 en la suma de DIEZ Y SEIS MILLONES CIENTO DIEZ MIL OCHOSCIENTOS DIEZ Y SIETE PESOS MCTE ($16.110.817.00) VIGENCIA FISCAL DE 2019, con el siguiente detalle: CRÉDITO | CODIGO | NOMBRE | **CREDITO

---|---|--- 3 | GASTOS | 16.110.817 3-1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 16.110.817 3-1-2 | Adquisición de bienes y servicios | 16.110.817 3-1-2-02 | Adquisiciones diferentes de activos no financieros | 16.110.817 3-1-2-02-02 | Adquisición de servicios | 16.110.817 3-1-2-02-02-02 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | 110.817 3-1-2-02-02-02-0003 | Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario | 110.817 3-1-2-02-02-02-0003-004 | Servicios de arrendamiento sin opción de compra de otros bienes | 110.817 3-1-2-02-02-04 | Servicios administrativos del Gobierno | 16.000.000 3-1-2-02-02-04-0001 | Otros servicios públicos generales del Gobierno n.c.p. | 16.000.000 3-1-2-02-02-04-0001-001 | Energía | 16.000.000 | TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL | 16.110.817

Artículo segundo.

Efectúese un CONTRACRÉDITO en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe de la vigencia 2019 en la suma de DIEZ Y SEIS MILLONES CIENTODIEZ MIL OCHOSCIENTOS DIEZ Y SIETE PESOS MCTE ($16.110.817.00) VIGENCIA FISCAL DE 2019. con el siguiente detalle:

CONTRACRÉDITO

CODIGO | NOMBRE | CONTRA CREDITO ---|---|--- 3 | GASTOS | 16.110.817 3-1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 16.110.817 3-1-2 | Adquisición de bienes y servicios | 16.000.000 3-1-2-02 | Adquisiciones diferentes de activos no financieros | 16.000.000 3-1-2-02-02 | Adquisición de servicios | 16.000.000 3-1-2-02-02-02 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | 7.833.041 3-1-2-02-02-02-0001 | Servicios financieros y servicios conexos | 7.833.041 3-1-2-02-02-02-0001-005 | Servicios de seguros de vida colectiva de los Ediles | 7.833.041 3-1-2-02-02-03 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | 8.166.959 3-1-2-02-02-03-0004 | Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información | 7.667.059 3-1-2-02-02-03-0004-001 | Servicios de telefonía fija | 7.667.059 3-1-2-02-02-03-0006 | Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción) | 499.900 3-1-2-02-02-03-0006-011 | Servicios de mantenimiento y reparación de ascensores y escaleras mecánicas | 499.900 3-1-8 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 110.817 3-1-8-02 | GASTOS GENERALES | 110.817 3-1-8-02-01 | Adquisición de Bienes | 110.817 3-1-8-02-01-03 | Combustibles Lubricantes y Llantas | 110.817 | TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL | 16.110.817

Artículo tercero.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, a los 24 días del mes de septiembre del año 2019.

GUSTAVO ALONSO NIÑO FURNIELES

Alcalde Local de Santa Fe

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