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Decreto Local 008 de 2019

Decreto Local 008 de 2019 Alcaldía Local de Chapinero

Tipo
Decreto Local
Número
008
Año
2019
Fecha
11 de septiembre de 2019
Entidad
Alcaldía Local de Chapinero
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 008 DE 2019

(Septiembre 11) _Por medio del cual se efectúa modificación presupuestal en_ _el presupuesto de gastos de funcionamiento del fondo de desarrollo local de chapinero para la vigencia fiscal 2019_ EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto Ley 1421/93 y el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de agosto 2010, y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el Decreto 372 de 2010 del 30 de agosto de 2010, _“Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L.”_ en su artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31), Modificaciones Presupuestales- Traslado Presupuestal “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto”. Que, el Alcalde Local de Chapinero, en cumplimiento de las metas establecidas, dentro de nuestro Plan de Desarrollo Local _“Chapinero mejor para todos 2017- 2020”_ para la vigencia 2019 y teniendo en cuenta los memorandos radicados, el N° 20195220009463 del 17 de julio de 2019 y el N° 20195220010093 del 29 de julio de 2019, solicitan traslado presupuestal entre rubros de funcionamiento para continuar con el buen funcionamiento de las instalaciones de la Alcaldía local de Chapinero.

Que la Secretaría de Hacienda –Dirección Distrital de Presupuesto, mediante oficios con radicados N°2019EE165897 del 5 de septiembre de 2019, el N°2019EE165905 del 5 de septiembre de 2019 y el N° 2019EE165904 del 5 de septiembre de 2019 emitió concepto favorable al traslado presupuestal. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo primero.

Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2019, de conformidad al siguiente detalle: | CODIGO | NOMBRE | VALOR ---|---|--- 3 | GASTOS | 252.000.000 3-1- | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 252.000.000 3-1-2- | Adquisición de bienes y servicios | 252.000.000 3-1-2-02 | Adquisiciones diferentes de activos no financieros | 252.000.000 3-1-2-02-01 | Materiales y suministros | 190.000.000 3-1-2-02-01-02 | Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y aquipo) | 190.000.000 3-1-2-02-01-02-0008 | Muebles; otros bienes transportables n.c.p. | 190.000.000 3-1-2-02-02 | Adquisición de servicios | 62.000.000 3-1-2-02-02-03 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | 62.000.000 3-1-2-02-02-03-0004 | Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información | 50.000.000 3-1-2-02-02-03-0004-003 | Servicios de transmisión de datos | 50.000.000 3-1-2-02-02-03-0005 | Servicios de soporte | 12.000.000 3-1-2-02-02-03-0005-001 | Servicios de protección (guardas de seguridad) | 12.000.000 TOTAL CONTRACREDITO | 252.000.000

Artículo segundo.

Efectúese el siguiente crédito al presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2019, de conformidad al siguiente detalle:

CODIGO | NOMBRE | VALOR ---|---|--- 3 | GASTOS | 252.000.000 3-1- | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 252.000.000 3-1-2- | Adquisición de bienes y servicios | 252.000.000 3-1-2-02 | Adquisiciones diferentes de activos no financieros | 252.000.000 3-1-2-02-01 | Materiales y suministros | 160.000.000 3-1-2-02-01-03 | Productos metálicos | 160.000.000 3-1-2-02-01-03-0002 | Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo) | 160.000.000 3-1-2-02-02 | Adquisición de servicios | 92.000.000 3-1-2-02-02-03 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | 80.000.000 3-1-2-02-02-03-0003 | Otros servicios profesionales, científicos y técnicos | 40.000.000 3-1-2-02-02-03-0003-004 | Servicios de suministro de infraestructura de hosting y de tecnología de la información (TI) | 40.000.000 3-1-2-02-02-03-0005 | Servicios de soporte | 20.000.000 3-1-2-02-02-03-0005-002 | Servicios de limpieza general | 20.000.000 3-1-2-02-02-03-0006 | Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción) | 20.000.000 3-1-2-02-02-03-0006-012 | Servicios de reparación de otros bienes | 20.000.000 3-1-2-02-02-04 | Servicios administrativos del Gobierno | 12.000.000 3-1-2-02-02-04-0001 | Otros servicios públicos generales del Gobierno n.c.p. | 12.000.000 3-1-2-02-02-04-0001-003 | Aseo | 12.000.000 TOTAL CREDITOS | 252.000.000 ##

Artículo tercero.

El presente Decreto Local rige desde de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86696#0).

COMUNIQUESE, PUBLÍCASE Y CÚMPLASE.

El presente Decreto Local es sancionado por el Alcalde Local de Chapinero a los 11 días del mes de septiembre del año 2019.

HERNANDO JOSÉ QUINTERO MAYA

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