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Decreto Local 011 de 2019

Decreto Local 011 de 2019 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Tipo
Decreto Local
Número
011
Año
2019
Fecha
6 de septiembre de 2019
Entidad
Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 011 DE 2019

(Septiembre 06)

_Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el presupuesto anual de ingresos y de gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019_

EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 36 del Decreto Distrital 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, párrafo tercero estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.” Dentro del Plan Anual de Adquisiciones de la vigencia 2019, la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe tiene programada la realización de estrategias para el fortalecimiento institucional que permita, por una parte, adelantar la formulación de todos los contratos necesarios para desarrollar los proyectos de inversión, al igual que los procesos de contratación que se enfocan en la logística y operatividad para el correcto funcionamiento de la Entidad.

Que dadas las necesidades del servicio y con el objetivo de garantizar atención articulada y con capacidad de respuesta eficiente durante todo el año, se requiere generar un crédito al proyecto de inversión 1549 Apoyo a la Gestión Pública Local por un monto de ($1.480.872.652) m/cte., toda vez que se ha identificado que los recursos destinados durante la vigencia 2019 para el desarrollo de las acciones para las estrategias de fortalecimiento institucional no son suficientes para garantizar la prestación de los servicios profesionales y técnicos de apoyo en áreas de importancia para el funcionamiento de la Alcaldía Local en términos de funcionamiento, planeación, logística.

Que para la vigencia 2019, según el Plan Operativo Anual de Inversiones (Acuerdo Local 003 de 2018), al proyecto de inversión 1550 “Acciones de fortalecimiento para la participación ciudadana y control social”, le fueron asignados dos mil seiscientos ochenta y nueve millones ciento treinta y dos mil pesos ($ 2.689.132.000); sin embargo, luego de llevar a cabo las etapas de formulación y estudio de mercados, los procesos a contratar ascienden a mil ochocientos cuarenta y un millones cuatrocientos noventa y seis mil trecientos pesos ($1.841.496.300); es decir, que el Fondo de Desarrollo cumple la meta proyectada para la vigencia 2019 con el 68.5% del presupuesto incluido el POAI.

Que el proyecto de inversión 1536, denominado “Apoyo e Igualdad para el Adulto Mayor” tiene como objetivo Generar una estrategia activa de apoyo al mejoramiento de la calidad de vida, garantía de derechos, acceso a bienes y servicios básicos de 6.500 Personas Mayores residentes de la localidad de Rafael Uribe Uribe, a lo cual se ha venido dando cumplimiento en cada una de las vigencias.

Que para la vigencia 2019, se han expedido las resoluciones Nº 6 y 7 con las cuales se garantiza la prestación de servicio para el Apoyo Económico Tipo C hasta el mes de agosto, y se expedirán nuevas resoluciones para cubrir los Gastos y Pagos de los meses de septiembre a diciembre de la vigencia 2019 y enero de la vigencia 2020, por un valor de $4.062.500.000 y Costos Operativos por un valor de $ 52.500.000 (Dichos recursos se encuentran cobijados a la fecha por los Certificados de Disponibilidad Presupuestal (CDP) correspondientes).

Que para dar cumplimiento a los Criterios de Elegibilidad y Viabilidad del Sector Integración Social, y que, con el fin de mantener un valor adquisitivo que permita cumplir con los objetivos del programa y se cubran algunas de las necesidades básicas de las personas mayores, acogiendo lo dispuesto en la Resolución 2662 de 2019 del Ministerio del Trabajo, el Fondo de Desarrollo realizó el incremento del valor del subsidio en $5.000 pesos, y tal incremento en el valor del apoyo económico tipo C se proyectó en el presupuesto para efectuarse desde el mes de septiembre de 2019.

Que la asignación presupuestal del proyecto 1536 garantiza el cumplimiento de la meta para la vigencia 2019, así como el Apoyo Económico Tipo C hasta el mes enero de la vigencia 2020.

Que el fondo de desarrollo local de Rafael Uribe Uribe, en gastos de inversión directa, en los rubros: “Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente” y “Acciones de fortalecimiento para la participación ciudadana y control social”, presenta saldos de apropiación libres de afectación, según consta en los Certificados de Disponibilidad Presupuestal N° 650 y 651, suscritos por el responsable del presupuesto, los cuales pueden trasladarse para financiar faltantes de apropiación en otros rubros. De acuerdo con lo anterior y con el fin de hacer eficiente la ejecución de los recursos asignados, se presenta la oportunidad de realizar un contra crédito de los proyectos 1536 y 1550, para cubrir las necesidades del proyecto 1549 “Apoyo a la Gestión Pública Local” cubriendo así la adición de contratos de prestación de servicio, garantizando la continuidad de los proyectos en áreas de importancia para el funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local en términos de funcionamiento, planeación y logística. Con base en lo anterior, se requieren recursos por la suma de mil cuatrocientos ochenta millones ochocientos setenta y dos mil seiscientos cincuenta y dos pesos $1.480.872.652.

Que la Dirección Distrital de Planeación; según Radicado No. 2-2019-57963 del 29 de agosto de 2019, emitió concepto favorable sobre este traslado presupuestal al interior de los Gastos de inversión - Directa del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, por valor de $1.480.872.652.

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, según Radicado No. 2019EE165903 del 05 de septiembre de 2019, emitió concepto favorable sobre este traslado presupuestal al interior de los Gastos de inversión -Directa del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, por valor de $1.480.872.652. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe.

DECRETA:

Artículo primero.

Efectúense el siguiente CONTRACRÉDITO en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2019, de conformidad con el siguiente detalle: CONTRACRÉDITO | RUBRO | NOMBRE | VALOR ---|---|--- 3 | GASTOS | $1.480.872.652 3-3 | INVERSION | $1.480.872.652 3-3-1 | DIRECTA | $1.480.872.652 3-3-1-15 | Bogotá Mejor Para Todos | $1.480.872.652 3-3-1-15-01 | Pilar Igualdad de calidad de vida | $633.236.952 3-3-1-15-01-03 | Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente | $633.236.952 3-3-1-15-01-03-1536 | Apoyo e Igualdad para el adulto mayor | $633.236.952 3-3-1-15-07 | Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia. | $847.635.700 3-3-1-15-07-45 | Gobernanza e influencia local, e internacional | $847.635.700 3-3-1-15-07-45-1550 | Acciones de fortalecimiento para la participación ciudadana y control social. | $847.635.700 TOTAL CONTRACRÉDITO | $1.480.872.652**

Artículo segundo.

Efectúense el siguiente Crédito en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2019, de conformidad con el siguiente detalle:

CRÉDITO

RUBRO | NOMBRE | VALOR ---|---|--- 3 | GASTOS | $1.480.872.652 3-3 | INVERSIÓN | $1.480.872.652 3-3-1 | DIRECTA | $1.480.872.652 3-3-1-15 | Bogotá Mejor Para Todos | $1.480.872.652 3-3-1-15-07 | Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia. | $1.480.872.652 3-3-1-15-07-45 | Gobernanza e influencia local, e internacional. | $1.480.872.652 3-3-1-15-07-45-1549 | Apoyo a la gestión pública local | $1.480.872.652 TOTAL CRÉDITOS | $1.480.872.652

Artículo tercero.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86694).

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de septiembre del año 2019.

LUIS ALEJANDRO VARGAS PINZÓN

Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe

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