Resolución 411 de 2019
Resolución 411 de 2019 Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - IDIGER
- Tipo
- Resolución
- Número
- 411
- Año
- 2019
- Fecha
- 2 de agosto de 2019
- Entidad
- Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - IDIGER
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
Resolución 411 DE 2019
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(Agosto 2)
Por la cual se declara una urgencia manifiesta en la Carrera 16 entre la Calle 80 Bis A Sur y Calle 80 A Bis A Sur y su área de influencia en la Localidad de Ciudad Bolívar, Bogotá D.C. por fenómeno de remoción en masa **EL DIRECTOR DEL INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMATICO
- IDIGER**
En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, especialmente de las conferidas por el Acuerdo Distrital[546](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56152)de 2013, el artículo[42](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=304#42)de la Ley 80 de 1993, el artículo[7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57281#7)° del Decreto Distrital 173 de 2014 y,
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CONSIDERANDO
Que el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política de Colombia establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones, en tal sentido que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.
Que el numeral 4.9 del artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57281#3)° del Decreto 173 de 2014 contempla como función del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – IDIGER, la coordinación de la asistencia técnica, humanitaria y logística para la atención a la población afectada, de manera directa o indirecta, por incidentes, emergencias y/o desastres.
Que el numeral 8.4 del artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57281#3)° del Decreto 173 de 2014 asigna al IDIGER la función de “ _Ejecutar las obras de mitigación de riesgos por fenómenos de remoción en masa, en_ _forma complementaria con las entidades del distrito Capital responsables de la protección de la infraestructura, y en forma subsidiaria con las Alcaldías locales cuando las áreas de afectación involucren viviendas_ ”.
Que el día 20 de abril de 2019, se registró por parte de la Dirección para el Manejo de Emergencias y Desastres el evento SIRE 5325835, activado por la comunidad en el sector de la Carrera 16 entre la Calle 80 Bis A Sur y Calle 80 A Bis A Sur del Barrio Divino Niño de la Localidad de Ciudad Bolívar, donde como consta en el Informe Operacional de la Emergencia del 22 de julio de 2019 “ _se presentó un movimiento en masa de tendencia rotacional y trasnacional. Sobre la Carrera 16 que corresponde a una vía destapada se identificaron unas grietas de tracción (ver figura 1), como también el aporte de aguas lluvias de escorrentía superficial desde la parte superior por la vía de la Calle 80 A bis Sur.”_
_1.SITUACIÓN INICIAL_
Figura 1. Localización del sector evaluado en la Carrera 16 entre la Calle 80 Bis A Sur y Calle 80 A Bis A Sur, en el Barrio Divino Niño de la Localidad de Ciudad Bolívar (Imagen tomada del DI-13029 de IDIGER). Indica el Informe Operacional de la Emergencia _se activaron a las entidades del Sistema de_ que “ _En la parte alta del movimiento en la zona de Gestión de riesgos y Cambio Climático y corona y en la parte baja se ubican algunas viviendas se coordinaron las acciones de respuesta construidas con mampostería de arcilla cocida, inmediata para el sector (ver foto 1). confinada parcialmente por elementos de concreto. Adicionalmente a los daños evidenciados en las viviendas, se identificó que las redes de servicios públicos de agua, alcantarillado, gas natural y energía eléctrica presentaron afectación directa por el movimiento en masa.”_ En ejercicio de las funciones asignadas al IDIGER, al darse a conocer el evento se realizan las siguientes acciones: _“1.2. Acciones iniciales de respuesta a la emergencia._ _Una vez identificada la condición de riesgo en el sector de la referencia, se adelantaron las siguientes acciones:_ _1.__Se instaló puesto de mando unificado en el perímetro próximo al sector afectado,_ se activaron a las entidades del Sistema de Gestión de Riesgos y Cambio Climático y se coordinaron las acciones de respuesta inmediata para el sector (ver foto 1). __ | --- FOTO 1. PuEsTO DE MANDO uNIfICADO INsTALADO EN EL sECTOR
_2.__Se activ_ ó _el área de Asistencia Técnica de la Subdirección de Análisis de riesgos y Efectos de Cambio Climático de IDIGER, quienes realizaron evaluación técnica detallada del sector y recomendaron la evacuación de las familias que habitan los predios en condición de riesgo, así como la restricción de uso de los espacios públicos y privados igualmente en condición de riesgo (ver tabla 1)._
Tabla 1. Relación de formatos emitidos en atención al Evento SIRE 5325835 (Tomado del DI-13029).
CT-4469 CATASTRO NO. MZ L MZ L | N° FORMATO | FECHA | NOMBRE A QUIEN SE NOTIFICA | TIPO DE FORMATO ---|---|---|---|--- 1 | VíA CARRERA 16 DE LAS MANZANAS K y L. | 3149 | 20/04/2019 20/04/2019 | ALCALDÍA LOCAL MARIO LUIS GARCÍA RODRÍGUEZ | RESTRICCIÓN RESTRICCIÓN 2 | L | 4 | 59 | 9 | 2374 3 | K | 5 | 41 | 10 | 2375 | 20/04/2019 | SEBASTIÁN PÁEZ SUA | RESTRICCIÓN 4 | K | 10 | 41 | 17 | 2377 | 20/04/2019 | LUIS ALBERTO LEÓN GÓMEZ | RESTRICCIÓN 5 | L | 10A | 59 | 17A | 3492 | 20/04/2019 | MARTHA ISABEL CASTAÑEDA | EVACUACIÓN 6 | K | 1 | 41 | 14 | 3485 | 20/04/2019 | SONIA PÉREZ HERRERA | EVACUACIÓN 7 | K | 6 | 41 | 15 | 3486 | 20/04/2019 | GUILLERMO GARCÉS | EVACUACIÓN 8 | K | 8 | 41 | 16 | 3488 | 20/04/2019 | DIANA MARCELA GALVES | EVACUACIÓN 9 | K | 6A | 41 | 15A | 3489 | 20/04/2019 | JERSON JAIRO FLORES C | EVACUACIÓN 10 | L | 11 | 59 | 18 | 3490 | 20/04/2019 | LINA MILEIDY CRUZ | EVACUACIÓN 11 | L | 21 | 59 | 20 | 3491 | 20/04/2019 | LUZ AIDA BARBOSA | EVACUACIÓN 12 | L | 10C | 59 | 17C | 3498 | 20/04/2019 | JORGE IVÁN GARCÍA SÁNCHEZ | RESTRICCIÓN 13 | L | 7A | 59 | 14A | 3493 | 20/04/2019 | BLANCA CECILIA ESPEJO | EVACUACIÓN 14 | L | 12 | 59 | 19 | 3494 | 20/04/2019 | NATALY PÉREZ RODRÍGUEZ | EVACUACIÓN 15 | L | 17 | 59 | 22 | 2369 | 20/04/2019 | HERMENSA ANGULO CASTRO | EVACUACIÓN 16 | L | 16 | 59 | 21 | 2367 | 20/04/2019 | ANDRÉS ÁNGULO | EVACUACIÓN 17 | K | 18 | 41 | 21 | 2371 | 20/04/2019 | CARMEN ROZO CASTRO | EVACUACIÓN 18 | K | 8A | 41 | 16A | 2373 | 20/04/2019 | AYDE ROCIÓ FORERO | EVACUACIÓN 19 | L | ZVB | 59 | 6B | 3042 | 20/04/2019 | NÉSTOR RAMOS | EVACUACIÓN 20 | S | 17B | 55 | 1B | 3043 | 20/04/2019 | RICARDO LUGO | EVACUACIÓN 21 | X9 | 2 | 48 | 6 | 3044 | 20/04/2019 | DANIEL HERNÁNDEZ | EVACUACIÓN 22 | X9 | 5 | 48 | 3 | 3045 | 20/04/2019 | LUZ MARINA RAMÍREZ CAICEDO | EVACUACIÓN 23 | S | 12 | 55 | 4 | 3046 | 20/04/2019 | DEYANIRA TORRES GARCÍA | EVACUACIÓN 24 | S | 12A | 55 | 4A | 3047 | 20/04/2019 | ARGEMIRA RIVERA RODRÍGUEZ | EVACUACIÓN 25 | S | 16 | 55 | 2 | 3147 | 20/04/2019 | ANDREA RAMÍREZ ARIAS | EVACUACIÓN 26 | L | 19 | 59 | 5 | 3148 | 20/04/2019 | MOLY ESTELA SALCEDO | EVACUACIÓN 27 | S | 13 | 55 | 16 | 3146 | 20/04/2019 | SIN INFORMACIÓN | EVACUACIÓN 28 | S | 18 | 55 | 19 | 3143 | 20/04/2019 | ISRAEL MORENO | EVACUACIÓN 29 | S | 15 | 55 | 17 | 3145 | 20/04/2019 | MARTHA JANET BERNAL | EVACUACIÓN 30 | S | 17 | 55 | 1 | 3144 | 20/04/2019 | JOHN JAIRO LÓPEZ RODRÍGUEZ | EVACUACIÓN 31 | S | 17A | 55 | 1A | 3142 | 20/04/2019 | ALBA MYRIAN URREGO | EVACUACIÓN 32 | S | 19 | 55 | 18 | 3141 | 20/04/2019 | BLANCA LUZ LANCHEROS B | EVACUACIÓN 33 | K | 4 | 41 | 11 | 3095 | 20/04/2019 | LAURA STEFANI PÁEZ | EVACUACIÓN 34 | L | 9 | 59 | 16 | 3088 | 20/04/2019 | POMPILIO SALAMANCA | RESTRICCIÓN 35 | K | 21 | 41 | 2 | 3089 | 20/04/2019 | MAXIMAR CHIQUILLO | EVACUACIÓN 36 | K | 19 | 41 | 3 | 3090 | 20/04/2019 | JULIETH CASTIBLANCO | EVACUACIÓN 37 | L | 6 | 59 | 13 | 3091 | 20/04/2019 | MARTHA PATRICIA CANRO | EVACUACIÓN 38 | L | 3 | 59 | 10 | 3092 | 20/04/2019 | ROSA SUA OJEDA | EVACUACIÓN 39 | L | 2 | 59 | 8 | 3093 | 20/04/2019 | ADELIA SUA | EVACUACIÓN 40 | L | ZVA | 59 | 6A | 3094 | 20/04/2019 | JOHAN DAVID MANRIQUE | EVACUACIÓN 41 | K | 2 | 41 | 13 | 3098 | 20/04/2019 | MARCO AURELIO DELGADO | RESTRICCIÓN 42 | K | 7 | 41 | 9 | 3099 | 20/04/2019 | ANGIE VERÓNICA CASTRO FORERO | EVACUACIÓN 43 | K | 15 | 41 | 5 | 3100 | 20/04/2019 | CLAUDIA PULIDO | EVACUACIÓN 44 | K | 12 | 41 | 18 | 2362 | 20/04/2019 | DUMAR ANDRÉS SÁNCHEZ | RESTRICCIÓN 45 | K | 16 | 41 | 20 | 2363 | 20/04/2019 | SANDRA MILENA RODRÍGUEZ | EVACUACIÓN 46 | K | 14 | 41 | 19 | 2364 | 20/04/2019 | NELSON CASTRILLÓN GONZALES | EVACUACIÓN 47 | K | 20 | 41 | 22 | 2365 | 20/04/2019 | YISELA IBÁÑEZ | EVACUACIÓN 48 | K | 22 | 41 | 23 | 2366 | 20/04/2019 | MARTHA ISABEL MOLINA | EVACUACIÓN 49 | K | 23 | 41 | 1 | 755 | 20/04/2019 | ALCALDÍA LOCAL | RESTRICCIÓN 50 | L | 8 | 59 | 15 | 757 | 20/04/2019 | ALCALDÍA LOCAL | RESTRICCIÓN 51 | L | 7 | 59 | 14 | 758 | 20/04/2019 | ALCALDÍA LOCAL | RESTRICCIÓN 52 | K | 3 | 41 | 12 | 3428 | 21/04/2019 | ALCALDÍA LOCAL | RESTRICCIÓN 53 | K | 14A | 41 | 19A | 3427 | 21/04/2019 | LUIS ALBERTO RODRÍGUEZ | EVACUACIÓN 54 | K | 24 | 41 | 24 | 3430 | 21/04/2019 | ALCALDÍA LOCAL | RESTRICCIÓN | | | | | | | | |
_3.__Se activó el área social de IDIGER, quienes registraron a la población afectada con recomendación de evacuación, para proceder al reconocimiento de la ayuda humanitaria de carácter Pecuniario AHCP._
_4.__Se activó a la Secretaria de Integración Social - SDIS, quienes registraron a la población afectada con recomendación de evacuación, para proceder con la entrega de ayudas humanitarias en especie AHE._
_5.__Personal del área logística de IDIGER, realizó entrega de las ayudas humanitarias en especie a la comunidad con recomendación de evacuación, reportadas por la SDIS. El resumen de las ayudas entregadas se muestra a continuación:_
(…)
_10.__Personal del área logística de IdIGEr y de la defensa Civil Colombiana, realizaron acciones de desmonte y retiro de los elementos en condición de riesgo inminente en las viviendas inmersas en el polígono de afectación._
_11.__Personal del área logística de IdIGEr, realizó acciones de adecuación de predios que se encontraban dentro del polígono de afectación, consistentes principalmente en limpieza, cerramiento y señalización de los predios afectados y categorizados en condición de riesgo no mitigable._
Adicionalmente se adelantaron acciones pertinentes por parte de Alcaldía Local, Cruz Roja, Secretaria Distrital de Salud, Defensa Civil Colombiana, Policía Nacional, la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos, Personería, Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – EAAB ESP, Gas Natural – GN, empresa de energía eléctrica – CODENSA, la Caja de la Vivienda Popular – CVP, la Secretaria Distrital de Hábitat – SDH, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF, Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal – IDPYBA, Precisa el Informe Operacional _que “las acciones anteriores fueron desarrolladas durante la atención de la emergencia primordialmente con el propósito de garantizar la integridad física de los habitantes de las viviendas que fueron identificadas dentro del polígono que se definió en condición de riesgo,_posteriormente, se definió realizar un monitoreo_ _a las condiciones de estabilidad del terreno_ _y de esta forma poder advertir cambios que_ _requirieran apoyos adicionales_ _. d_ e igual forma, por el movimiento en masa identificado el 20 de abril de 2019, el IdIGEr, _decidió adelantar un estudio_ _geotécnico que permite definir las alternativas de_ _intervención orientadas a mitigar la condición de_ _riesgo que se encontró en el sector.”__
**__(Subrayado__
__y negrilla fuera de texto).__**
En atención al evento de la referencia se realizó visita de inspección visual los días 20, 21 y 22 de abril del 2019, emitiéndose por parte de la Subdirección de Análisis de Riesgos y Efectos del Cambio Climático elDiagnóstico Técnico DI – 13029 del 22 de abril de 2019, donde se presentan una descripción de la situación en los siguientes términos:
_“8. DESCRIPCIÓN_
_Como se puede ver en los antecedentes, la zona evaluada ha sido declarada en Alto riesgo No mitigable, motivo por el cual se han incluido 48 predios en el Programa de reasentamiento de familias localizadas en Zona de Alto riesgo No mitigable._
__
**__De acuerdo con los antecedentes, se__
__evidencia que se presenta un aumento de_ _las condiciones de inestabilidad__** _de la ladera localizada en sector de las manzanas K y l en el barrio el divino Niño, en relación a las condiciones mencionadas y descritas en el dI6053 del 2011, adicionalmente se evidencia que algunos de los predios que han sido objeto del programa de reasentamiento han sido ocupados nuevamente o corresponden a nuevas ocupaciones._
__
__
9. POSIBLES CAUSAS
- _Lluvias o precipitación._
- _Deficiencia en el sistema de drenaje del sector._
- _Intervención de la ladera._
_11. DAÑOS_
Tabla 3. Daños observados sobre los predios evaluados en el presente informe.
NO. | CT-4469 CATASTRO MZ L MZ L | RESPONSABLE (DATO TOMADO EN CAMPO) | TIPO DE ESTRUCTURA | USO | N° DE PISOS | RIESGO POR MOVIMIENTO EN MASA | ---|---|---|---|---|---|---|--- 1 | L | 4 | 59 | 9 | MARIO LUIS GARCÍA RODRÍGUEZ | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 2 | K | 5 | 41 | 10 | SEBASTIÁN PÁEZ SUA | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 3 | K | 10 | 41 | 17 | LUIS ALBERTO LEÓN GÓMEZ | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 4 | L | 10A | 59 | 17A | MARTHA ISABEL CASTAÑEDA | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 5 | K | 1 | 41 | 14 | SONIA PÉREZ HERRERA | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 6 | K | 6 | 41 | 15 | GUILLERMO GARCÉS | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 7 | K | 8 | 41 | 16 | DIANA MARCELA GALVES | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 8 | K | 6A | 41 | 15A | JERSON JAIRO FLORES C | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 9 | L | 11 | 59 | 18 | LINA MILEIDY CRUZ | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 10 | L | 21 | 59 | 20 | LUZ AIDA BARBOSA | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 11 | L | 10C | 59 | 17C | JORGE IVÁN GARCÍA SÁNCHEZ | BODEGA | COMERCIAL | 1 | SI | 12 | L | 7A | 59 | 14A | BLANCA CECILIA ESPEJO | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 13 | L | 12 | 59 | 19 | NATALY PÉREZ RODRÍGUEZ | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 14 | L | 17 | 59 | 22 | HERMENSA ANGULO CASTRO | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 15 | L | 16 | 59 | 21 | ANDRÉS ÁNGULO | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 16 | K | 18 | 41 | 21 | CARMEN ROZO CASTRO | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 17 | K | 8A | 41 | 16A | AYDE ROCIÓ FORERO | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 18 | L | ZVB | 59 | 6B | NÉSTOR RAMOS | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 19 | S | 17B | 55 | 1B | RICARDO LUGO | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 20 | X9 | 2 | 48 | 6 | DANIEL HERNÁNDEZ | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 21 | X9 | 5 | 48 | 3 | LUZ MARINA RAMÍREZ CAICEDO | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 22 | S | 12 | 55 | 4 | DEYANIRA TORRES GARCÍA | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 23 | S | 12A | 55 | 4A | ARGEMIRA RIVERA RODRÍGUEZ | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 24 | S | 16 | 55 | 2 | ANDREA RAMÍREZ ARIAS | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 25 | L | 19 | 59 | 5 | MOLY ESTELA SALCEDO | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 26 | S | 13 | 55 | 16 | SIN INFORMACIÓN | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 27 | S | 18 | 55 | 19 | ISRAEL MORENO | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 28 | S | 15 | 55 | 17 | MARTHA JANET BERNAL | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 29 | S | 17 | 55 | 1 | JOHN JAIRO LÓPEZ RODRÍGUEZ | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 30 | S | 17A | 55 | 1A | ALBA MYRIAN URREGO | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 31 | S | 19 | 55 | 18 | BLANCA LUZ LANCHEROS B | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 32 | K | 4 | 41 | 11 | LAURA STEFANI PÁEZ | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 33 | L | 9 | 59 | 16 | POMPILIO SALAMANCA | BODEGA | COMERCIAL | 1 | SI | 34 | K | 21 | 41 | 2 | MAXIMAR CHIQUILLO | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI | 35 | K | 19 | 41 | 3 | JULIETH CASTIBLANCO | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI 36 | L | 6 | 59 | 13 | MARTHA PATRICIA CANRO | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI 37 | L | 3 | 59 | 10 | ROSA SUA OJEDA | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI 38 | L | 2 | 59 | 8 | ADELIA SUA | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI 39 | L | ZVA | 59 | 6A | JOHAN DAVID MANRIQUE | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI 40 | K | 2 | 41 | 13 | MARCO AURELIO DELGADO | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI 41 | K | 7 | 41 | 9 | ANGIE VERÓNICA CASTRO FORERO | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI 42 | K | 15 | 41 | 5 | CLAUDIA PULIDO | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI 43 | K | 12 | 41 | 18 | DUMAR ANDRÉS SÁNCHEZ | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI 44 | K | 16 | 41 | 20 | SANDRA MILENA RODRÍGUEZ | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI 45 | K | 14 | 41 | 19 | NELSON CASTRILLÓN GONZALES | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI 46 | K | 20 | 41 | 22 | YISELA IBÁÑEZ | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI 47 | K | 22 | 41 | 23 | MARTHA ISABEL MOLINA | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI 48 | K | 23 | 41 | 1 | ALCALDÍA LOCAL | BODEGA | COMERCIAL | 1 | SI 49 | L | 8 | 59 | 15 | ALCALDÍA LOCAL | BODEGA | COMERCIAL | 1 | SI 50 | L | 7 | 59 | 14 | ALCALDÍA LOCAL | BODEGA | COMERCIAL | 1 | SI 51 | K | 3 | 41 | 12 | ALCALDÍA LOCAL | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI 52 | K | 14A | 41 | 19A | LUIS ALBERTO RODRÍGUEZ | CASA | RESIDENCIAL | 1 | SI 53 | K | 24 | 41 | 24 | ALCALDÍA LOCAL | BODEGA | COMERCIAL | 1 | SI 54 | J | 14 | 64 | 4 | NEIFIS SUAREZ | CASA | RESIDENCIAL | 2 | MONITOREO 55 | J | 15 | 64 | 5 | ESTEBAN ROJAS | CASA | RESIDENCIAL | 2 | MONITOREO 56 | J | 16 | 64 | 6 | MARÍA INÉS BOHÓRQUEZ | CASA | RESIDENCIAL | 2 | MONITOREO 57 | J | 17 | 64 | 7 | LUZ DARY PINZÓN | CASA | RESIDENCIAL | 2 | MONITOREO | | | | | | | | | | | | | | | | ###
14. CONCLUSIONES
- _La habitabilidad y estabilidad estructural de las viviendas emplazadas, en el sector de la Carrera 16 entre la Calle 80 bis A Sur y Calle 80 A bis A Sur, en el barrio divino Niño de la localidad de Ciudad bolívar, se encuentran comprometidas en el corto plazo por causa de procesos de remoción en masa tipo retrogresivo identificado en el sector, teniendo en cuenta que el sector evaluado se encuentra dentro de una Zona de Alto riesgo No mitigable._
- _La funcionalidad de la infraestructura pública al interior del polígono definido en el sector de la Carrera 16 entre la Calle 80 bis A Sur y Calle 80 A bis A Sur, en el barrio divino Niño de la localidad de Ciudad bolívar, se encuentran comprometidas en el corto plazo por procesos de remoción en masa, se aclara que la funcionalidad de la vía que permite el acceso a la viviendas NO se encuentra comprometida en la actualidad, sin embargo es incierta la integridad de las redes de aguas lluvias y negras que pasan por esta vía en el sector._
15. RECOMENDACIONES
- _A los responsables de las viviendas que se relacionan en la Tabla 3 del presente documento, en el barrio divino Niño de la localidad de Ciudad bolívar, acoger la recomendación de evacuación y/o restricción de uso definitiva de las edificaciones, por las condiciones de inestabilidad evidenciadas en el sector teniendo en cuenta que el polígono evaluado se encuentra dentro de una Zona de Alto riesgo No mitigable._
- _A la Alcaldía local de Ciudad bolívar y a las entidades competentes, agilizar el proceso de evacuación de los predios evaluados, dada la condición de riesgo inminente a las que se encuentran expuestas por el movimiento en masa identificado en el sector._
- _A la Alcaldía local de Ciudad bolívar, entidad que tiene la función de realizar el control urbano sobre los predios de alto riesgo no mitigable, coordinar el control de ocupación ilegal, seguridad, convivencia, participación y derechos humanos, en relación con los predios que fueron objeto de inclusión en el programa de reasentamientos._
- _A la Empresa de Acueducto Agua y Alcantarillado de Bogotá, verificar la legalidad de las conexiones de acueducto y alcantarillado localizadas en la zona evaluada, en el barrio divino Niño de la localidad de Ciudad bolívar, esto con el fin de descartar que se presenten filtraciones, desempates que pudieren deteriorar las condiciones de estabilidad de la ladera._
- _Se recomienda tomar medidas físicas inmediatas, mediante la demarcación de los predios que corresponden a lotes vacíos, en el sector de la Carrera 16 entre la Calle 80 bis A Sur y Calle 80 A bis A Sur, en el barrio divino Niño de la localidad de Ciudad bolívar, por su estado actual de uso como suelo de protección por riesgo, en cumplimiento del artículo[90](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3769#90) del decreto 619 de 2000 (POT), y teniendo en cuenta la alta amenaza que presentan ante el movimiento en masa identificado en el sector._
- _Se recomienda implementar de manera prioritaria medidas de emergencia para realizar un adecuado manejo de las aguas de escorrentía del sector aledaño al movimiento, con el fin de evitar que los materiales se saturen y se generen incrementos en los esfuerzos actuantes y reducción de la resistencia de los mismos, conllevando a una actividad más acelerada del proceso._
- _Una vez se haya terminado el proceso de evacuación y/o restricción definitiva de los predios relacionados en las Tablas No. 3, por encontrarse dentro del polígono definido de afectación por Amenaza y riesgo Alto por Procesos de remoción en masa, localizados en el sector de la Carrera 16 entre la Calle 80 bis A Sur y Calle 80 A bis A Sur, del barrio divino Niño de la localidad de Ciudad bolívar, se recomienda demoler las edificaciones emplazadas en dichos predios, retirar los escombros generados._
- _A la Alcaldía local de Ciudad bolívar, dar a conocer lo plasmado en el siguiente diagnostico Técnico a las personas que habitan en los predios mencionados e igualmente, adelantar las acciones administrativas tendientes a verificar el cumplimiento de las recomendaciones impartidas mediante este diagnóstico técnico con el objeto de proteger la integridad física de los habitantes y vecinos del sector evaluado._
- _A la Alcaldía local de Ciudad bolívar, desde su competencia, adelantar las acciones administrativas tendientes al seguimiento de las recomendaciones impartidas mediante este diagnóstico técnico, con el objeto de proteger la integridad física de los transeúntes del sector.”_
_2. SEGUIMIENTO AL EVENTO_
En el seguimiento realizado por parte de la Entidad al evento, el cual se refleja en el Informe Operacional, en la visita del 31 de mayo de 2019 se evidencia la evolución de la situación de la siguiente manera:
__“2. SEGUIMIENTO__
1.1. _Seguimiento 1 con fecha 31 de Mayo de 2019._
_En acciones de monitoreo al sector afectado, personal de la Subdirección para el manejo de Emergencias y desastres de IDIGER, hizo presencia el 31 de mayo de 2019 al sector de la referencia, evidenciando que las grietas observadas en el terreno presentan continuidad, así como desplazamiento de la masa inestable tanto en vertical (profundidad) como en horizontal._
_Se observó que sobre cinco (5) viviendas ubicadas en la parte alta del movimiento en masa, las cuales están construidas principalmente en mampostería parcialmente confinada con elementos de concreto reforzado, se presentan daños relacionados con agrietamiento de muros, pisos y placas de entrepiso y cubiertas. Las viviendas en mención no habían sido recomendadas a evacuar el 20 de abril de 2019 (fecha inicial del incidente), ya que en dicho momento la estabilidad de las mismas no se encontró comprometida y se encontraban en monitoreo por parte de IDIGER. _
_Dada la vulnerabilidad de las viviendas relacionadas en la tabla 2, ante cargas normales de servicio, por los daños estructurales identificados en el monitoreo realizado el 31 de mayo y que están al parecer asociados con el movimiento en masa que se presentó en el sector, se vio la necesidad de recomendar la evacuación de las mismas por parte de Asistencia Técnica y continuar con el monitoreo del sector y con el estudio que se decidió desarrollar para dicha zona, con el propósito de definir las alternativas de intervención para mitigar la condición de riesgo._
_2.1.1. Acciones adelantadas en atención al seguimiento 1._
1. _Se
activó el área de Asistencia Técnica de la Subdirección de Análisis de riesgos y Efectos de Cambio Climático de IdIGEr, quienes realizaron una evaluación técnica detallada del sector, para lo cual recomendaron la evacuación de las familias habitantes de los predios en condición de riesgo y recomendaron la restricción de uso de los espacios públicos y privados igualmente en condición de riesgo, relacionados en la tabla 2._
Tabla 2. Acciones adelantadas en los predios evaluados (información suministrada por AT de IDIGER).
NO. | CT-4469 | CATASTRO | N° FORMATO | DIRECCIÓN | NOMBRE A QUIEN SE NOTIFICA | TIPO DE FORMATO ---|---|---|---|---|---|--- MZ | L | MZ | L 1 | J | 17 | 64 | 07 | 2496 | CARREA 16 NO 80- 66 SUR | LUZ DARy PISCO | EVACUACIÓN 2 | J | 16 | 64 | 06 | 2497 | CARRERA 16 NO 80A-02 SUR | MARíA INéS BOHÓRQUEZ | EVACUACIÓN 3 | J | 15 | 64 | 05 | 2498 | CARRERA 16 NO 80A-08 SUR | LUZ áNGELA ROJAS | EVACUACIÓN 4 | J | 54 | 64 | 04 | 2499 | CARRERA 16 80 A 20 SUR | NEIFI SUáREZ | EVACUACIÓN 5 | ZZ | 1A | 6 | 60 | 2500 | CALLE 80 A BIS A SUR NO 15 F- 21 | ALCALDíA LOCAL | EVACUACIÓN 6 | SIN INFORMACIÓN | 2425 | COSTADO OCCIDENTAL DEL PREDIO DE LA CALLE 80 A BIS A SUR NO 15 F 21 | ALCALDíA LOCAL | RESTRICCIÓN
2. _Se activó a las empresas de servicio público de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, EAb, Gas Natural –GN y energía eléctrica –CODENSA, para el desarrollo de acciones verificación de las redes en ese sector y adelantaran las acciones de intervención que correspondan._
3. _Se activó el área social de IDIGER, quienes registraron a la población afectada con recomendación de evacuación, para proceder al reconocimiento de la ayuda humanitaria de carácter pecuniario AHCP. A la fecha son 55 familias, a las que se les ha hecho reconocimiento de Ayuda Humanitaria de Carácter Pecuniario._
__ En razón a estas labores monitoreo que se recomendaron en el Diagnostico Técnico Inicial, el 31 __ de mayo de 2019 se elaboró un nuevo Diagnóstico Técnico – DI No. 13357, encontrándose una evolución del evento descrita en los siguientes términos:
“8. DESCRIPCION
En acciones de monitoreo en el sector donde se presentó el evento SIRE 5335835 del 20 de abril del 2019, se encontró la continuidad de las grietas identificadas en el Diagnostico Técnico DI-13029 sobre la carrera 16 (Fotografías 1 y 2). La Calle 80A Bis Sur presenta deformaciones sobre el pavimento y se evidencia que continúan las filtraciones de agua sobre la misma (Fotografías 3 y 4).
En comparación del DI-13029, se evidencian daños en las viviendas correspondientes a los predios P1, P2, P3 y P4 de la manzana 64, sobre elementos no estructurales relacionados principalmente con deformaciones en los muros perimetrales, grietas en pisos y paredes de aberturas entre 0,5 cm y 1,5 cm, (Fotografías 5-8) daños que en el mes de abril no existían. (Subrayado y negrilla fuera del texto).
####
11. DAÑOS
Tabla 2. Daños observados sobre los predios evaluados en el presente informe.
No.. | DIRECCIÓN | RESPONSABLE (DATO TOMADO EN CAMPO) | TIPO DE CONSTRUCCIÓN | USO | N° DE PISOS | DAÑOS ---|---|---|---|---|---|--- 1 | CARRERA 16 NO 80 A- 66 SUR | LUZ DARy PISCO | EDIFICACIÓN | RESIDENCIAL | 1 | MODERADOS 2 | CARRERA 16 NO 80 A-02 SUR | MARíA INéS BOHÓRQUEZ | EDIFICACIÓN | RESIDENCIAL | 2 | MODERADOS 3 | CARRERA 16 NO 80 A-08 SUR | LUZ áNGELA ROJAS | EDIFICACIÓN | RESIDENCIAL | 3 | MODERADOS 4 | CARRERA 16 NO 80 A -20 SUR | NEIFI SUAREZ | EDIFICACIÓN | RESIDENCIAL | 2 | MODERADOS 5 | CALLE 80 A BIS A SUR NO 15 F- 21 | ALCALDíA LOCAL | EDIFICACIÓN | RESIDENCIAL | 1 | MODERADOS 6 | COSTADO OCCIDENTAL DEL PREDIO DE LA CALLE 80 A BIS A SUR NO 15 F 21 | ALCALDíA LOCAL | EDIFICACIÓN | PARQUEADERO | 1 | MODERADOS
ACCIONES ADELANTADAS
\- _Inspección visual y evaluación cualitativa de las condiciones físicas de las edificaciones relacionadas en la tabla 3 y de la infraestructura pública en el barrio divino niño._
_\- Activación a través red distrital de emergencia a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá- EAAB, para que realice la revisión de las redes en el sector evaluado._
_ _ − _En aplicación al principio de precaución se recomendó la evacuación y/o restricción temporal de los predios localizados en el Polígono de evacuación de la Imagen 2, que se relacionan a continuación:_
__ | NO. | CT-4469 | CATASTRO | N° | | NOMBRE A QUIEN | TIPO DE ---|---|---|---|---|---|--- MZ | L | MZ | L | FORMATO | DIRECCION | SE NOTIFICA | FORMATO 1 | J | 17 | 64 | 07 | 2496 | CARRERA 16 NO 80A- 66 SUR | LUZ DARy PISCO | EVACUACIÓN 2 | J | 16 | 64 | 06 | 2497 | CARRERA 16 NO 80A-02 SUR | MARíA INéS BOHÓRQUEZ | EVACUACIÓN 3 | J | 15 | 64 | 05 | 2498 | CARRERA 16 NO 80A-08 SUR | LUZ áNGELA ROJAS | EVACUACIÓN 4 | J | 54 | 64 | 04 | 2499 | CARRERA 16 80 A 20 SUR | NEIFI SUáREZ | EVACUACIÓN 5 | ZZ | 1A | 6 | 60 | 2500 | CALLE 80 A BIS A SUR NO 15 F- 21 | ALCALDíA LOCAL | EVACUACIÓN 6 | SIN INFORMACIÓN | 2425 | COSTADO OCCIDENTAL DEL PREDIO DE LA CALLE 80 A BIS A SUR NO 15 F 21 | ALCALDíA LOCAL | RESTRICCIÓN Tabla 3. Acciones adelantadas en los predios evaluados.
14. CONCLUSIONES
_En los predios P1, P2, P3 y P4 se presenta un cambio en la condición de riesgo respecto al Concepto Técnico CT-4469 el 23 agosto de 2006, pasando de riesgo medio a riesgo alto, lo que compromete la estabilidad y habitabilidad de los predios inspeccionados en el presente documento._
__
_3. SITUACIÓN FINAL_
_ _ En el más reciente seguimiento por parte de la Subdirección de Análisis de Riesgos y Efectos del Cambio Climático se elabora el DIAGNÓSTICO TÉCNICO – DI No. 13421 del 22 de julio de 2019, en el cual se evidencia, una aceleración importante en el proceso de inestabilidad:
__ __
_“8. DESCRIPCION_
**__En comparación con el monitoreo realizado__
__el 31 de mayo se identifica un incremento_ _del movimiento en masa relacionado en_ _los antecedentes, asociado con un avance_ _retrogresivo sobre la carrera 16 cuyo_ _escarpe principal ya alcanza la cimentación_ _de las viviendas localizadas en los predios_ _1 al 4 y al poste de energía localizado_ _frente al predio 3, el cual en el momento de_ _la inspección visual presenta pérdida de_ _verticalidad por encontrarse justo sobre el_ _escarpe principal__** __.___(fotografías 1-3)”_
_“Adicionalmente _se observa la aparición de nuevas grietas_ sobre la Calle 80A bis Sur con aberturas entre los 3 y 5cm y una fractura en andén localizado frente a la vivienda de la Calle 80A bis Sur No 15f-18. (fotografías 3 y 4.”_
_“Se evidencia _que la escorrentía superficial que baja por la Calle 80A Bis Sur, se infiltra a través_ _de las grietas sobre la misma a la altura del predio localizado en la Calle 80A Bis Sur No 15F-18_ _,_ (fotografías 6 y 7)”_
_“Las 4 viviendas monitoreadas en el dI-13357, correspondientes a los predios 04, 05, 06 y 07 de la manzana 64 (según uAECd), presentan un aumento en los daños evidenciados con las deformaciones en los muros perimetrales, aumento en las aberturas de las grietas, aparición de nuevas fisuras y asentamientos diferenciales, lo que se describe a continuación:”_
20
| El predio 2, corresponde a una edificación de dos niveles construida en mampostería simple, con entrepiso en concreto y cubierta en láminas de zinc. Se evidencia la aparición de nuevas grietas en muros divisorios y perimetrales así como en el entrepiso de la edificación, aberturas que cambian respecto al mes de mayo en 2cm. Adicionalmente se evidencia el levantamiento de baldosines en el piso en el acceso de la vivienda. Según información suministrada por la responsable de la vivienda, en el último mes se ha presentado la rotura de la tubería de los servicios de gas y de agua de la vivienda, información que con base a la inspección visual no es posible confirmar. ---|--- Fotografía 11. Vista del frente del predio 2 localizado en la Carrera 16 No 80A-02 Sur MAYO 2019 JULIO 2019 | ---|--- Fotografías 12 y 13. Aumento de los daños de la vivienda del predio 2. | El predio 3, corresponde a una edificación de tres niveles construida en mampostería parcialmente confinada, con entrepiso y cubierta en concreto. Se evidencia daños en los elementos estructurales y no estructurales de la vivienda, relacionados con un aumento en la longitud de las grietas y abertura de las mismas. La longitud pasa de 2 metros a 3 metros y la abertura de 2 a 4cm. Adicionalmente, se evidencia deformación en el piso y contrapiso de la vivienda. Desde el exterior se evidencia la _pérdida del suelo_ _de cimentación del costado norte_ del predio por el avance del movimiento en masa. Fotografía 14. V ista del frente del predio 3 localizado en la Carrera 16 No 80A-08 Sur | MAYO 2019 | JULIO 2019 ---|--- Fotografías 15 y 16. Aumento de los daños en el interior de la vivienda del predio 3 Adicionalmente en dicho Diagnostico Técnico se informan los posibles riesgos asociados:
11. RIESGOS ASOCIADOS
\- _De no implementarse obras pueden aumentar los daños de las edificaciones evaluadas y relacionadas en la Tabla 2 y extenderse a otros predios de la manzana 64 del barrio divino Niño de la localidad de Ciudad bolívar._
\- _De no adelantarse las medidas adecuadas de emergencia y definitivas a implementarse en la ladera afectada y las acciones necesarias para garantizar su estabilidad, protección y dar un manejo adecuado a las aguas de escorrentía superficial y subsuperficial,_es posible que en el corto plazo o ante_ _las_ _pluviosidades altas se puedan__desencadenar nuevos movimientos_ _o agravarse el movimiento en masa_ _actual__** _._(Negrilla y subrayado fuera de__
__texto).__**
12. ACCIONES ADELANTADAS
− _Inspección visual y evaluación cualitativa de las condiciones físicas de la infraestructura pública y privada localizada en el sector evaluado en el presente documento (Polígono de evaluación de la Imagen 1)._
_Activación a ENEL-CODENSA a través red distrital de emergencia para que realice la revisión del poste de energía eléctrica localizado frente al predio 3 localizado en la Carrera 16 No 80A-08 Sur._
__
_En atención a la presente situación de emergencia y acorde con su misión institucional, el Instituto distrital de Gestión de riesgos y Cambio Climático – IDIGER, junto con las entidades del Sistema distrital de Gestión de riesgos y Cambio Climático – SDGR-CC, adelantaron las acciones operativas de respuesta inmediata en el lugar de los hechos (servicios de respuesta definidos en el Marco de Actuación para la respuesta a Emergencias de Bogotá D.C), acciones que quedan registradas en el Informe Operacional Preliminar de la Emergencia, el cual se incorporará al Sistema de Información para la Gestión de riesgos – SIrE_
__
_Se mantiene la recomendación de evacuación y/o restricción de los predios localizados en el Polígono de evacuación de la Imagen 1, que se relacionan a continuación:_
__ __
NO. | CT-4469 | CATASTRO | N° FORMATO | DIRECCION | NOMBRE A QUIEN SE NOTIFICA | TIPO DE FORMATO ---|---|---|---|---|---|--- MZ | L | MZ | L 1 | J | 17 | 64 | 07 | 3122 | CARRERA 16 NO 80A- 66 SUR | LUZ DARy PISCO | EVACUACIÓN 2 | J | 16 | 64 | 06 | 3123 | CARRERA 16 NO 80A-02 SUR | MARíA INéS BOHÓRQUEZ | EVACUACIÓN 3 | J | 15 | 64 | 05 | 3124 | CARRERA 16 NO 80A-08 SUR | ESTEBAN ROJAS LINARES | EVACUACIÓN 4 | J | 54 | 64 | 04 | 3125 | CARRERA 16 80 A 20 SUR | NEIFI SUáREZ | EVACUACIÓN 5 | ZZ | 1A | 6 | 60 | 3130 | CALLE 80 A BIS A SUR NO 15 F- 21 | ALCALDíA LOCAL | EVACUACIÓN 6 | SIN INFORMACIÓN | 3129 | COSTADO OCCIDENTAL DEL PREDIO DE LA CALLE 80 A BIS A SUR NO 15 F 21 | ALCALDíA LOCAL | RESTRICCIÓN Tabla 3. Acciones adelantadas en los predios evaluados.
\- _Se realiza la restricción de uso del tramo vial de la carrera 16 frente al predio de la Carrera 16 No 80A-02 Sur y Carrera 16 80 A 20 Sur por los daños evidenciados. Acción desarrollada mediante la recomendación No 3126._
NO. | TIPO DE RECOMENDACION | NUMERO | NOMBRE DE LA PERSONA NOTIFICADA EN EL ACTA DE RESTRICCION | NOMENCLATURA OFICIAL / MANAZANA Y LOTE (UAECD) ---|---|---|---|--- 1 | RESTRICCIÓN | 3126 | ALCALDíA LOCAL CIUDAD BOLíVAR | CARRERA 16 FRENTE A LOS PREDIOS 1 AL 4
13. CONCLUSIONES
_\- La aparición de nuevas grietas entre los meses mayo y julio del 2019,_evidencia una_ _aceleración importante en el proceso de_ _inestabilidad de las edificaciones_, por lo que el nivel de daños identificado presenta un avance importante comprometiendo la estabilidad de las mismas._
__
_\- Ante el avance del movimiento en masa se confirma el carácter retrogresivo del proceso de inestabilidad que se presenta en el sector, se considera que la habitabilidad y estabilidad estructural de los predios relacionados en la Tabla 3, se encuentran comprometidas en el corto plazo ante cargas normales del servicio;_situación que pone en riesgo inminente las_ _edificaciones_ _._ Adicionalmente es importante resaltar, que la aceleración del movimiento genera un alto grado de incertidumbre sobre su comportamiento de deterioro de la infraestructura pública y privada en el sector. Por lo anterior se considera que las edificaciones alcanzaron una condición de riesgo no mitigable._
__
_\- La vivienda localizada en el predio P5 de la Calle 80 A bis A Sur No 15 f- 21 del barrio divino Niño sector de la localidad de Ciudad bolívar, están categorizado(sic) con riesgo alto no mitigable recomendada al programa de reasentamiento de familias en alto riesgo no mitigable mediante el identificador 2013Q09-00475. Adicionalmente, el predio fue incluido como suelo de protección por riesgo de remoción_ _en masa mediante la resolución 1517 del 2018 emitida por la Secretaría Distrital de Planeación._
__
_\- Las edificaciones inspeccionadas de la manzana 64 y que no presentan daños (Imagen 2), no se encuentran comprometidas en la actualidad ante cargas normales de servicio, se desconoce su comportamiento ante cargas dinámicas._
__
_\- La estabilidad y funcionalidad del tramo vial de la carrera 16 frente a los predios del 1 al 4 del barrio divino Niño de la localidad de Ciudad bolívar, se encuentra comprometida en la actualidad ante cargas normales de servicio por los daños evidenciados en la misma._
__
_14. RECOMENDACIONES_
__ _\- Incluir a las familias que habitan en los predios relacionados a continuación al Programa de reasentamiento de familias en Alto riesgo No mitigable de acuerdo al decreto[255](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53386) del 2013, dado al compromiso actual de las mismas por el avance del movimiento en masa de tipo retrogresivo, el cual generó grietas en el terreno y daños severos en las viviendas_.
DIRECCION | RESPONSABLE DEL PREDIO ---|--- CARRERA 16 NO 80A- 66 SUR | LUZ DARY PISCO CARRERA 16 NO 80A-02 SUR | MARÍA INÉS BOHÓRQUEZ CARRERA 16 NO 80A-08 SUR | ESTEBAN ROJAS LINARES CARRERA 16 80 A 20 SUR | NEIFI SUÁREZ − _Considerando la evolución de la condición de riesgo y en aplicación del principio de precaución se recomienda a los responsables de los predios que se relacionan en la Tabla 3 del presente documento, en el barrio divino Niño de la localidad de Ciudad bolívar, acoger la recomendación de evacuación y/o restricción de uso de las edificaciones, por las condiciones de inestabilidad evidenciadas en el sector._
− **__Adelantar la construcción en el menor tiempo__
__posible y de manera prioritaria de las obras_ _de mitigación diseñadas para para evitar_ _afectación a las viviendas adyacentes a los_ _predios P1, P2, P3 y P4, dado el carácter_ _retrogresivo y avance del movimiento en masa__** __.____
− _A la Alcaldía local de Ciudad bolívar, desde su competencia acatar la recomendación de uso del tramo vial de la carrera 16 frente a los predios de 1 al 4 en el barrio divino niño de la localidad Ciudad bolívar por los daños evidenciados._
− _A la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de bogotá - EAAb, desde su competencia, adelantar las acciones administrativas tendientes a realizar la verificación y/o mantenimiento de las redes de acueducto y alcantarillado en los sectores comprendidos por la Carrera 16 y carrera 15 f entre la Calle 80 A bis Sur y Calle 80 bis A Sur del barrio divino Niño de la localidad de Ciudad Bolívar, con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento de las mismas y descartar y/o evitar la posible presencia de fugas en dichas redes producto del desempate y/o rupturas de las mismas, debido a los fenómeno de remoción en masa que se presenta en cada uno de los sectores._
− _A ENEL-CONDENSA desde su competencia, implementar las acciones necesarias que garanticen la estabilidad, habitabilidad y funcionalidad del poste localizado frente a los predios 2 y 3 con nomenclatura Carrera 16 No 80A-02 Sur y Carrera 16 No 80A-08 Sur del barrio divino Niño en la localidad de Ciudad bolívar._
__
_\- A la Caja de Vivienda Popular agilizar el proceso de reasentamiento del predio localizados en la manzana 60 en el lote 06, del barrio divino Niño de la localidad Ciudad bolívar, recomendado en Concepto Técnico CT-6964 del 2013, que tiene el identificador 2013-Q09-00475._
__
_\- Teniendo en cuenta que la edificación localizada en el costado occidental del predio de la Calle 80 A bis A Sur No 15 f 21, se recomienda a la Alcaldía local de Ciudad bolívar, desde su competencia y en virtud a lo establecido en el Art. 193 del Acuerdo 79 de 2003 “Código de Policía de Bogotá”, adelantar la vigilancia del cumplimiento de las normas vigentes sobre desarrollo urbano, usos del suelo y subsuelo y reforma urbana, así como de la adopción de medidas para la protección, recuperación y conservación del espacio público, ambiente y bienes de interés cultural del distrito._
__
_\- A la comunidad del barrio divino Niño de la localidad de Ciudad bolívar y a al Instituto distrital de Gestión del riesgo y Cambio Climático- IDIGER, realizar un seguimiento permanente de las condiciones de estabilidad de las viviendas y del terreno en general con el fin de identificar si presentan cambios importantes que alteren o modifiquen su estabilidad._
__
_\- A la Alcaldía local de Ciudad bolívar, desde su competencia adelantar las acciones administrativas tendientes a realizar el seguimiento de las recomendaciones impartidas mediante este diagnóstico técnico con el objeto de proteger la integridad física de los vecinos y transeúntes del sector_
__ Por su parte la Subdirección de Emergencias, concluye en su Informe Operacional que el movimiento en masa sigue avanzando y precisa la necesidad de realizarse intervenciones:
_2.2 Seguimiento 2: con fecha del 16 de Julio de 2019. Nuevo estado del evento o hecho notorio (evolución)._
_En acciones de monitoreo al sector afectado, personal de la Subdirección para el manejo de Emergencias y desastres de IDIGER, hizo presencia el 16 de Julio de 2019 al sector de la referencia, evidenciando _que el movimiento en_ _masa continúa activo y que las deformaciones_ _en el suelo y la afectación en las viviendas_ _ubicadas en la parte alta ha aumentado de_ _manera significativa_ respecto al seguimiento 1 del 31 de mayo de 2019. _
**__Se observa que el movimiento en masa sigue__
__avanzando hacia la parte alta de la corona_ _(proceso de retrogresión__** __)___y que de seguir aumentando, se generará en el corto plazo que más viviendas e infraestructura pública y privada sean afectadas._
_ _
_Por lo anteriormente mencionado, en donde se advierte un avance significativo sobre el movimiento en masa en función de la verificación realizada,_es pertinente se adelanten en_ _el menor tiempo posible intervenciones_ _orientadas a la mitigación de la condición de_ _riesgo que se presenta, con el propósito de_ _impedir que la zona afectada pueda ampliarse_ _considerablemente, generando afectaciones_ _en un número mayor de viviendas e_ _infraestructura pública adicional._ (Negrita y subrayado fuera del texto)_
_2.2.1 Acciones adelantadas en atención al seguimiento 2._
_1.__Elaboración de informe operacional de la emergencia que contiene la descripción de las acciones que se han adelantado en atención a la emergencia sucedida el 20 de abril y de las acciones de seguimiento._
_ _
_2.__reunión de Pmu con la participación de las áreas de respuesta a Emergencias y Asistencia Técnica de IdIGEr, Alcaldía local, Personero local, Condensa y Vanti- Gas Natural._
“5. RECOMENDACIONES:
1. _A los responsables de los predios ubicados en el sector afectado y a las entidades distritales que tienen competencia en la situación que se presenta en el sector, adelantar las gestiones según las recomendaciones emitidas en los documentos técnicos dI-13029 y dI-13421, relacionados con las verificaciones técnicas adelantadas el 20 de abril de 2019, 31 de mayo de 2019 y 16 de julio de 2019, respectivamente._
2. _A la Alcaldía local de Ciudad bolívar, continuar adelantado dentro de su competencia el control urbanístico en el sector._
3. _A las empresas de servicio público de Acueducto y Alcantarillado de bogotá EAB, Gas Natural – GN y energía eléctrica – CODENSA, realizar un monitoreo constante, verificación de las redes en ese sector y adelantar las acciones de intervención en caso de ser necesario._
4. _dado el avance que se observa sobre el movimiento en masa _es pertinente que el_ _IDIGER en el menor tiempo posible adelante_ _intervenciones orientadas a la mitigación de_ _la condición de riesgo que actualmente se_ _presenta con el propósito de impedir que la_ _zona que actualmente se encuentra afectada_ _pueda ampliarse, generando afectaciones_ _en un número mayor de viviendas e_ _infraestructura pública adicional_ _.”__
Que actualmente, el IDIGER no cuenta con un contrato que permita la ejecución de las obras diseñadas para atender la condición de riesgo que se presenta en la Carrera 16 entre la Calle 80 Bis A Sur y Calle 80 A Bis A Sur en la Localidad de Ciudad Bolívar.
Que teniendo en cuenta que se advierte un avance significativo sobre el movimiento en masa en función de la verificación realizada, es pertinente adelantar en el menor tiempo posible intervenciones orientadas a la mitigación de la condición de riesgo que se presenta, con el propósito de impedir que la zona afectada pueda ampliarse considerablemente, generando afectaciones en un número mayor de viviendas e infraestructura pública adicional.
Que el artículo [42](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=304#42) de la Ley 80 de 1993 contempla la “ _urgencia manifiesta_ ” en el siguiente sentido: “ _Existe urgencia manifiesta cuando la continuidad del servicio exige el suministro de bienes, o la prestación de servicios, o la ejecución de obras en el inmediato futuro, cuando se presenten situaciones relacionadas con los Estados de Excepción; cuando se trate de conjurar situaciones excepcionales relacionadas con hechos de calamidad o constitutivos de fuerza mayor o desastre que demanden actuaciones inmediatas y, en general cuando se trate de situaciones similares que imposibiliten acudir a los procedimientos de selección o concursos públicos_ ”.
Que la jurisprudencia del Consejo de Estado ha desarrollado el concepto de urgencia manifiesta bajo los siguientes parámetros:
_“En este orden de ideas, “la urgencia manifiesta procede en aquellos eventos en los cuales puede suscitarse _la necesidad_ _de remediar o evitar males presentes o_ _futuros pero inminentes_ _,_ provocados bien sea en virtud de los estados de excepción, o por la paralización de los servicios públicos, o provenientes de situaciones de calamidad o hechos constitutivos de fuerza mayor o desastres, o cualquier otra circunstancia similar que tampoco dé espera en su solución, de tal manera que resulte inconveniente el _t_ rámite del proceso licitatorio de selección de contratistas reglado en el estatuto contractual, por cuanto implica el agotamiento de una serie de etapas que se toman su tiempo y hacen más o menos largo el lapso para adjudicar el respectivo contrato, circunstancia que, frente a una situación de urgencia obviamente resulta entorpecedora, porque la solución en estas condiciones, puede llegar tardíamente, cuando ya se haya producido o agravado el daño”1._
_Por otra parte, para la Sala resulta claro que uno de los elementos esenciales de la urgencia manifiesta lo constituye la obligación de verificar que el objeto del contrato necesita su permanencia, es decir, que se requiere garantizar por parte de la Administración la continuidad de un servicio que exige suministro de bienes, ejecución de obras o la propia prestación de servicios2.”3_(Subrayado fuera de texto).
Que el aumento y avance del movimiento en masa, _requiere una intervención inmediata y prioritaria_ _,_ _t_ al y como se establece en el Informe Operacional Preliminar de la Emergencia y el DI13421, que señala:
_“dado el avance que se observa sobre el movimiento en masa _es pertinente que_ _el IDIGER en el menor tiempo posible_ _adelante intervenciones orientadas a la_ _mitigación de la condición de riesgo_ __ que actualmente se presenta con el propósito de impedir que la zona que actualmente se encuentra afectada pueda ampliarse, generando afectaciones en un número mayor de viviendas e infraestructura pública adicional.”_
**__“Adelantar la construcción en el menor__
__tiempo posible y de manera prioritaria de_ _las obras de mitigación diseñadas para_ _para evitar afectación a las viviendas_ _adyacentes a los predios P1, P2, P3 y P4,_ _dado el carácter retrogresivo y avance del_ _movimiento en masa”__**
1 CONSEJO DE ESTADO, Sección Tercera. Sentencia de 27 de abril de 2006. Expediente: 05229. Consejero Ponente: Ramiro Saavedra Becerra.
2 En este sentido véase Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil. Concepto de 28 de enero de 1998. Radicado No. 1073. Consejero Ponente: Javier Henao Hidrón y el Concepto de 24 de marzo de 1995. Radicado 677. Consejero Ponente: Luís Camilo Osorio Isaza.
3 Consejo de Estado, Sección Tercera. Sentencia de 7 de febrero de 2011. Expediente: 34425. Consejero Ponente: Jaime Orlando Santofimio Gamboa.
Por lo anteriormente relacionado y conforme con los documentos Diagnostico Técnico 13029, 13357 y 13421 y el Informe Operacional de la Emergencia relacionados, la administración en el marco de sus competencia considera urgente realizar los contratos que sean necesarios para evitar la expansión del movimiento en masa y salvaguardar la vida e integridad física de la población que habita dicho lugar.
Que con el fin de garantizar un proceso de selección transparente y objetivo, e intervenir de manera inmediata el barrio Divino Niño de la Localidad de Ciudad Bolívar, se hace necesario declarar la urgencia manifiesta con el fin de celebrar los contratos necesarios para mitigar el riesgo que se presenta actualmente.
Que en mérito de lo expuesto, ###
RESUELVE:
Artículo primero.
Declarar la urgencia manifiesta con el fin de celebrar los contratos necesarios para atender la emergencia que se presenta actualmente en el barrio Divino Niño de la Localidad Ciudad Bolívar de Bogotá D.C., Calle 80 Bis A Sur y Calle 80 A Bis A Sur, y su área de influencia de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este documento.
Artículo segundo.
Dar traslado de los contratos a celebrar y de sus antecedentes, inmediatamente después de su celebración, a la Contraloría Distrital de Bogotá, en cumplimiento a lo establecido en el artículo [43](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=304#43) de la Ley 80 de 1993.
Artículo tercero.
La presente resolución rige a partir de su fecha de expedición y contra la misma no procede recurso alguno. Publíquese en la Gaceta Distrital.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 9 días del mes de agosto del año 2019.
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RICHARD ALBERTO VARGAS HERNÁNDEZ
Director General
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