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Decreto Local 006 de 2019

Decreto Local 006 de 2019 Alcaldía Local de Sumapaz

Tipo
Decreto Local
Número
006
Año
2019
Fecha
31 de julio de 2019
Entidad
Alcaldía Local de Sumapaz
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 006 DE 2019

(Julio 31)

_Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal al presupuesto anual de gastos para la vigencia fiscal 2019_

LA ALCALDESA LOCAL DE SUMAPAZ

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el articulo 31 numeral 1 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de lo estipulado en el decreto [372](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252) de agosto del 2010 del Alcalde Mayor de Bogotá en su artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31), modificaciones presupuestales numeral [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.n.1), traslados presupuestales inciso [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.n.1.i.2) “los traslados presupuestales del mismo agregado se harán mediante decreto expedido por el alcalde local.”

Que se hace necesario realizar traslados entre los rubros de Gastos de funcionamiento para cumplir con lo establecido en el plan de desarrollo local.

Que es necesario disminuir los siguientes rubros: 3-1-1-04-01-02-0000-000 Honorarios Ediles por valor de veintisiete millones trescientos noventa y ocho mil noventa y dos pesos ($27.398.092,00), 3-1-2-01- 01-01-0002 Equipos de información, computación y telecomunicaciones TIC por valor de dieciocho millones doscientos ocho mil setecientos noventa y nueve pesos ($18.208.799,00), 3-1-2-02-02-01-0002 Servicios de transporte de pasajeros, por valor Ochenta millones pesos, 3-1-2-02-02-02-0002-001 Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra relativos a bienes inmuebles no residenciales propios o arrendados por valor de cuarenta y cuatro millones trescientos noventa y tres mil ciento nueve pesos ($44.393.109,oo), y 3-1-2-02-02-02-0003-003 Servicios de arrendamiento sin opción de compra de computadores sin operario por valor de diez millones de pesos ($10.000.000,oo), para un total de y ciento ochenta millones Pesos ($180.000.000,00); y aumentar los siguientes rubro 3-1-2-02-02-03-0005- 0001 Servicios de protección (guardas de seguridad) por valor de ciento cuarenta y seis millones de pesos, rubro 3-1-2-02-02-02-0001-008 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción por valor de doce millones ($12.000.000,oo) y, por el rubro 3-1- 3-04 Multas y sanciones por valor de diez millones de pesos ($10.000.000,oo), para un total de y ciento ochenta millones Pesos ($180.000.000,00) Que mediante comunicación Nº 2019EE142775 del 30 de julio de 2019, la Directora Distrital de Presupuesto Encargada, emitió concepto favorable para la modificación presupuestal. En mérito de lo anterior expuesto,

DECRETA:

Artículo 1.

Efectúese un CONTRACREDITO en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local en la vigencia 2019, por valor de para un total de ciento ochenta millones Pesos ($180.000.000,00), de acuerdo al siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | CONTRACREDITO ---|---|--- 3 | GASTOS | 180.000.000,00 3-1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 180.000.000,00 3-1-1 | Gastos de personal | 27.398.092,00 3-1-1-04 | Otros servidores de categoría especial | 27.398.092,00 3-1-1-04-01 | Honorarios | 27.398.092,00 3-1-1-04-01-02 | Honorarios Ediles | 27.398.092,00 3-1-2 | Adquisición de bienes y servicios | 152.601.908,00 3-1-2-01 | Adquisición de activos no financieros | 18.208.799,00 3-1-2-01-01 | Activos fijos | 18.208.799,00 3-1-2-01-01-01 | Maquinaria y equipo | 18.208.799,00 3-1-2-01-01-01-0002 | Equipos de información, computación y telecomunicaciones TIC | 18.208.799,00 3-1-2-02 | Adquisiciones diferentes de activos no financieros | 134.393.109,00** 3-1-2-02-02 | Adquisición de servicios | 134.393.109,00 3-1-2-02-02-01 | Servicios de venta y de distribución; alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua | 80.000.000,00 3-1-2-02-02-01-0002 | Servicios de transporte de pasajeros | 80.000.000,00 3-1-2-02-02-02 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | 54.393.109,00 3-1-2-02-02-02-0002 | Servicios inmobiliarios | 44.393.109,00 3-1-2-02-02-02-0002-001 | Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra relativos a bienes inmuebles no residenciales propios o arrendados | 44.393.109,00 3-1-2-02-02-02-0003 | Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario | 10.000.000,00 3-1-2-02-02-02-0003-003 | Servicios de arrendamiento sin opción de compra de computadores sin operario | 10.000.000,00

Artículo 2.

Efectúese un CREDITO en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local en la vigencia 2019, por valor de para un total de ciento ochenta millones Pesos ($180.000.000,00), de acuerdo al siguiente detalle

CÓDIGO | CONCEPTO | CREDITO ---|---|--- 3 | GASTOS | 180.000.000,00 3-1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 180.000.000,00 3-1-2 | Adquisición de bienes y servicios | 170.000.000,00 3-1-2-02 | Adquisiciones diferentes de activos no financieros | 170.000.000,00 3-1-2-02-02 | Adquisición de servicios | 170.000.000,00 3-1-2-02-02-02 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | 12.000.000,00 3-1-2-02-02-02-0001 | Servicios financieros y servicios conexos | 12.000.000,00 3-1-2-02-02-02-0001-008 | Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción | 12.000.000,00 3-1-2-02-02-03 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | 158.000.000,00 3-1-2-02-02-03-0005 | Servicios de soporte | 158.000.000,00 3-1-2-02-02-03-0005-001 | Servicios de protección (guardas de seguridad) | 158.000.000,00 3-1-3 | Gastos diversos | 10.000.000,00 3-1-3-04 | Multas y Sanciones | 10.000.000,00

Artículo 3.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85928).

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, a los 31 días del mes de julio del año 2019.

FRANCY LILIANA MURCIA DIAZ

Alcaldesa Local de Sumapaz

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