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Decreto Local 003 de 2019

Decreto Local 003 de 2019 Alcaldía Local de Tunjuelito

Tipo
Decreto Local
Número
003
Año
2019
Fecha
27 de junio de 2019
Entidad
Alcaldía Local de Tunjuelito
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 003 DE 2019

(Junio 27)

_Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito para la vigencia fiscal de 2019, aprobada mediante Acuerdo Local No. 003 del 25 de junio del año en curso_

EL ALCALDE LOCAL DE TUNJUELITO

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere la Constitución Política en su artículo 324, Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2012, “Por el cual reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.DL.,” sobre “Distribución de Excedentes Financieros”, señala que el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto de excedentes financieros determinados por los F.D.L., teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el proyecto de acuerdo respectivo a la JAL.

Que el FDL de Tunjuelito a 31 de diciembre de 2018 presentó un monto de excedentes Financieros de QUINIENTOS TRECE MILLONES SETECIENTOS VEINTE SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS ($513.726.369) M/CTE. Que mediante la Circular CONFIS N.º 02 de 2019, se comunica que el CONFIS en sesiones N.º 06 y 07, celebradas los días 6 y 16 de mayo de 2019, respectivamente, conforme a lo establecido en los artículos [37](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) y [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010, determinó la distribución de los excedentes financieros generados por los veinte Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2018, por un total de SESENTA Y CINCO MIL OCHO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($65.008.548.442) M/CTE., los cuales se destinarán considerando los conceptos y propuestas de los Alcaldes Locales y las necesidades pertinentes que presenta la Ciudad. Que, en concordancia con lo señalado por el CONFIS, asignó al Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito la suma de CUATRO MIL MILLONES DE PESOS ($4.000.000.000) M/CTE, los cuales serán asignados al proyecto de intervención de parques de la localidad: Urbanización la Laguna, Urbanización la Laguneta, Urbanización Rincón de nuevo Muzu. Mantenimiento e intervención de parques Que según comunicación de la Secretaria Distrital de Planeación con número de radicación 2-2019-34891 del 04 de junio de 2019, emitió concepto previo y favorable para la respectiva adición de los recursos expuestos en el presente proyecto de Acuerdo. Una vez realizada la adición de los excedentes financieros en el presupuesto del Fondo de Desarrollo Local, el Alcalde Local emitirá el Decreto de incorporación de los recursos adicionados Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

Adicionar al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito para la Vigencia Fiscal de 2019, conforme al siguiente detalle: |

CODIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- 2 | INGRESOS |

4.000.000.000

2-4 | RECURSOS DE CAPITAL |

4.000.000.000

2-4-7 | Excedentes financieros |

4.000.000.000

2-4-7-03 | Fondos de Desarrollo Local |

4.000.000.000

| TOTAL |

4.000.000.000

CODIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- 3-3 | INVERSIÓN | 4.000.000.000 3-3-1 | DIRECTA | 4.000.000.000 3-3-1-15 | Bogotá Mejor para todos | 4.000.000.000 3-3-1-15-02 | Pilar Democracia urbana | 4.000.000.000 3-3-1-15-02-17 | Espacio público, derecho de todos | 4.000.000.000 3-3-1-15-02-17-1447 | Mas y mejores parques como espacios de innovación social | 4.000.000.000 | TOTAL |

4.000.000.000

Artículo 2°.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85562).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, a los 27 días del mes de junio del año 2019.

YEISONN ALEXÁNDER CHIPATECUA QUEVEDO

ALCALDE LOCAL DE TUNJUELITO

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