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Decreto Local 006 de 2019

Decreto Local 006 de 2019 Alcaldía Local de La Candelaria

Tipo
Decreto Local
Número
006
Año
2019
Fecha
27 de junio de 2019
Entidad
Alcaldía Local de La Candelaria
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 006 DE 2019

(Junio 27)

_Por el cual se efectúa un traslado presupuestal entre proyectos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria para la vigencia fiscal de 2019._ __ EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.n.1) del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, le corresponde al Alcalde Local decretar los traslados presupuestales, cuando estos no modifiquen las cuantías inicialmente apropiadas por la JAL para los mimos agregados.

Que de acuerdo con el oficio No 20196720006743 del 19 de Junio de 2019, emitido por el Alcalde Local de la Candelaria, se solicita Certificado de Disponibilidad Presupuestal para efectuar un traslado entre proyectos de inversión de la presente vigencia.

Que mediante radicado 2-2019-41509 del 26 de Junio de 2019, la Secretaria Distrital de Planeación emitió CONCEPTO FAVORABLE sobre el traslado presupuestal al interior de los gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria.
Que mediante radicado 2019EE126799 del 26 de Junio de 2019, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda emitió CONCEPTO FAVORABLE sobre el traslado presupuestal al interior de los gastos de inversión del Fondo de Desarrollo local de la Candelaria.

Que para efectuar este traslado se expidieron los Certificados de Disponibilidad Presupuestal No 346 de 2019.

Que en mérito de lo expuesto anteriormente,

DECRETA:

Artículo 1°.

Efectúese un Contracrédito en el presupuesto de Gastos de Inversión directa para la vigencia de 2019, conforme al siguiente detalle:

Artículo 2º.

Efectúese un Crédito en el presupuesto de Gastos de Inversión directa para la vigencia de 2019, conforme al siguiente detalle: __ **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de junio del año 2019.

MANUEL AUGUSTO CALDERÓN RAMÍREZ

**Alcalde Local de la Candelaria

__**

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