Decreto Local 006 de 2019
Decreto Local 006 de 2019 Alcaldía Local de Antonio Nariño
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 006
- Año
- 2019
- Fecha
- 27 de junio de 2019
- Entidad
- Alcaldía Local de Antonio Nariño
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 006 DE 2019 (Junio 27) _Por medio del cual se modifica el numeral[4º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=77848#3.n.4)del artículo 3º del Decreto Local 19 de 2017 “por medio del cual crea y reglamenta el Comité Local de Justicia Transicional de la Localidad de Antonio Nariño, dando cumplimiento a lo establecido en el Decreto Distrital[421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63303)de 2015"_ EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que el pasado 14 de diciembre de 2017 la administración local expidió el Decreto [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=77848) de 2017 por medio del cual se creó y reglamentó el Comité Local de Justicia Transicional de la Localidad de Antonio Nariño, dando cumplimiento a lo establecido en el Decreto Distrital 421 de 2015.
Que la doctora Martha Yolanda Ruiz Valdés, en su calidad de Gerente de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente ESE, mediante comunicación radicada No. 20196510014372, solicitó la modificación del artículo [3º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=77848#3) del Decreto Local 19 de 2017, bajo la siguiente premisa: _(…)_ __ _“…modifique el numeral 4 del mencionado artículo, de tal manera que se permita la delegación correspondiente para el Gerente del Hospital Público de la Localidad, y que este numeral quede “Gerente de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. y/o delegado”, toda vez que en virtud a lo establecido en el Acuerdo del Concejo Distrital No. 641 de 2016 “Por el cual se efectúa la reorganización del Sector Salud de Bogotá Distrito Capital, se modifica el Acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones”, el Concejo de Bogotá estableció la fusión de las empresas sociales del estado del distrito, entre otras los entes hospitales públicos: Rafael Uribe, San Cristóbal, Centro Oriente, San Blas, La Victoria y Santa Clara, en la Sub Red Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E.”_ __ _(…)_ __ _“…resulta pertinente permitir la delegación de mi participación en el Comité Local de Justicia Transicional, con el fin de continuar aportando en lo correspondiente desde el sector, para direccionar y ejecutar los planes, programas, proyectos y acciones específicas, tendientes a la formulación de las políticas públicas de prevención, protección, atención, asistencia, reparación integral y garantía de no repetición a víctimas del conflicto armado en la localidad, y, en general, a efectos de dar cumplimiento a las funciones endilgadas a través del artículo 4 del Decreto 19 de 2017”._ Que, el Acuerdo Distrital 641 de 2016, efectuó la reorganización del Sector Salud de Bogotá, Distrito Capital, y su artículo [2º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65686#2) fusionó las __ Empresas Sociales del Estado de la siguiente forma: _(…)_ __ _ARTÍCULO 2º. Fusión de Empresas Sociales del Estado.__Fusionar las siguientes Empresas Sociales del Estado, adscritas a la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D.C., como sigue:_ __ _Empresas Sociales del Estado de: Usme, Nazareth, Vista Hermosa, Tunjuelito, Meissen y El Tunal se fusionan en la Empresa Social del Estado denominada “Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E.”_ __ _Empresas Sociales del Estado de: Pablo VI Bosa, del Sur, Bosa, Fontibón y Occidente de Kennedy se fusionan en la Empresa Social del Estado denominada “Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E.”_ __ _Empresas Sociales del Estado de: Usaquén, Chapinero, Suba, Engativá y Simón Bolívar se fusionan en la Empresa Social del Estado denominada “Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E.”_ __ _Empresas Sociales del Estado de: Rafael Uribe, San Cristóbal, Centro Oriente, San Blas, La Victoria y Santa Clara se fusionan en la Empresa Social del Estado denominada “Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E.”_ Que el Decreto Distrital 083 de 2012 “ _Por medio del cual se crea el Comité Distrital de Justicia Transicional para Bogotá, D.C”_, preceptúa en su [artículo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=46333#3): _“3° Integrantes: Conformarán el Comité de Justicia Transicional de manera _indelegable_ …”_ Que, aunado a lo anterior, el parágrafo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=77848#3.p.3), del artículo sujeto a modificación establece que: “ _Las autoridades que componen el Comité de Justicia Transicional, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 173, parágrafo 3 de la Ley 1448 de 2011,_no podrán delegar_, en ningún caso, su participación en el mismo o en cualquiera de sus reuniones … “_ Que pos las razones expuestas y en virtud del desarrollo propio del Comité Local de Justicia Transicional, se hace necesario proceder a modificar el aparte referido del acto administrativo en comento. En mérito de lo expuesto, el alcalde local de Antonio Nariño,
DECRETA:
Artículo 1º. Modificar el numeral [4º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=77848#3.4) del artículo 3 del Decreto 019 del 2017 el cual quedará así: \- El/la Gerente de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. Artículo 2°.** El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85474) y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 27 días del mes de junio del año 2019. EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO Alcalde Local de Antonio Nariño
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