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Decreto Local 004 de 2019

Decreto Local 004 de 2019 Alcaldía Local de Engativá

Tipo
Decreto Local
Número
004
Año
2019
Fecha
13 de mayo de 2019
Entidad
Alcaldía Local de Engativá
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 004 DE 2019

( Mayo 13)

_Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el presupuesto anual de gastos e inversiones del fondo de desarrollo local de Engativá, para la vigencia fiscal 2019_

LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, estipula sobre los Modificaciones Presupuestales: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: 1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el Responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”. (…).

Que la Alcaldía Local de Engativá durante la presente vigencia fiscal, continuando con el seguimiento y depuración permanente en los rubros: “3.3.6.15 - Obligaciones por Pagar – Bogotá Mejor para todos” proyectos: “1475 envejecimiento digno, activo y feliz” por la suma de $9.127.082, “1490 Movilidad y espacios públicos para el disfrute de la ciudadanía” por la suma de $35.819.583, “1501 Buen gobierno para estimular la participación social” por valor de $9.870.093 y el “3.3.6.90 - Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores” por valor de $1.332.066.595, ha liberado los saldos a favor del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, según acta de liberación de saldos No. 2 por la suma de $1.386.883.353 del 26 de abril de 2019.

Que la Liberación de saldos del párrafo anterior se realizó, teniendo en cuenta el Acta de Liquidación de Contratos con saldos a favor del Fondo de Desarrollo Local de Engativá y la suma total liberada reflejada en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2019, por un valor neto de Inversión de Mil Trescientos Ochenta y Seis Millones Ochocientos Ochenta y Tres Mil Trescientos Cincuenta y Tres Pesos ($1.386.883.353) M/cte.

Que la Administración Local revisó la ejecución presupuestal a 31 de marzo de 2019, en cumplimiento de las metas del Plan Anual de Adquisiciones y el Estatuto de Bogotá asigna recursos, los cuales deben reinvertirse en la misma Localidad y los montos liberados en las Obligaciones por Pagar por ser generados de las transferencias en las vigencias anteriores, deben ser reincorporados al Presupuesto local, para ser reinvertidos y potencializar inversiones necesarias e importantes para el Territorio Local, se encontró que los rubros presupuestales: “3.3.6.15 - Obligaciones por Pagar – Bogotá Mejor para todos” proyectos: “1475 - Envejecimiento digno, activo y feliz” el valor de $9.127.082, “1490 - Movilidad y espacios públicos para el disfrute de la ciudadanía” por la suma de $35.819.583, “1501 - Buen gobierno para estimular la participación social” por valor de $9.870.093 y el “3.3.6.90 - Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores” por valor de $1.332.066.595, cuentan con estos recursos disponibles y sin ejecutar, los cuales se pueden contracreditar por un valor total de Mil Trescientos Ochenta y Seis Millones Ochocientos Ochenta y Tres Mil Trescientos Cincuenta y Tres Pesos ($1.386.883.353) M/cte.

Que los recursos del párrafo anterior, 1.386.883.353, se deben trasladar para fortalecer el normal funcionamiento de esta Alcaldía a los rubros presupuestales: “3.3.1.15.01.02.1468 - Desarrollo Integral y buen trato para los niños y niñas” por la suma de $138.006.987, “3.3.1.15.01.11.1480 - Cultura, recreación y deporte para la participación y la formación” por el valor de $272.286.261, y el “3.3.6.15.07.45.1501 - Buen gobierno para estimular la participación social” por valor de $976.590.105, por consiguiente se pueden acreditar en el presupuesto vigente.

Que en atención a la Circular No. 009 del 22 de marzo de 2011, de la Secretaría Distrital de Gobierno y de la Secretaría Distrital de Hacienda, “1.1 ASPECTOS GENERALES, párrafo cuarto “… Por consiguiente, los recursos liberados podrán ser destinados a la financiación de los proyectos de inversión del Plan Operativo Anual de Inversiones –POAI-…”

Que la Administración Local requiere aumentar la apropiación presupuestal de los proyectos Nos. “1468 - Desarrollo Integral y buen trato para los niños y niñas” para el componente ADECUACIÓN DE ESPACIOS con el fin de intervenir de 3 a 5 jardines con el objeto de “Realizar el mantenimiento, adecuaciones y obras menores en los jardines infantiles para la atención integral de la primera infancia de la localidad de Engativá”, por valor de $138.006.987 para la vigencia 2019, se programa intervenir 5 jardines infantiles para cumplir 100%; 1480 - Cultura, recreación y deporte para la participación y la formación” la suma de $272.286.261 van dirigidos a las Metas del proyecto de inversión 1: Realizar eventos artísticos y culturales: para el cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo Local donde se contempla realizar cuarenta (40) eventos artísticos y culturales y para la cual se tiene un avance del 57,5% que hacen referencia a veintitrés (23) eventos, el Fondo de Desarrollo Local encuentra la necesidad que en esta vigencia se realicen diecisiete (17) eventos artísticos y culturales, el FDLE realiza el proceso de elaboración de los Estudios Previos, lo que nos arroja que se requiere un presupuesto adicional de $239.286.261, para atender dicho requerimiento, a través de este proyecto, y para la 3: Vincular personas en procesos de formación artística y cultural: teniendo en cuenta que La Administración Local y la Orquesta Filarmónica de Bogotá (OFB) han manifestado su compromiso de continuar con el proyecto iniciado en 2017, por lo tanto, la OFB presentó una propuesta, la cual tiene como objeto celebrar un Convenio Interadministrativo para darle continuidad al Centro Filarmónico de Engativá en 2019, con el fin de desarrollar las actividades propuestas de formación y de conciertos, se hace necesario efectuar este convenio. Una de las necesidades para realizar este convenio es la utilización de instrumentos que le permitan el progreso musical sinfónico en la metodología presentada. La OFB realizó la verificación de los instrumentos con los que cuenta actualmente el FDLE llegando a la conclusión que para cumplir con las obligaciones del convenio el FDLE no cuenta con instrumentos sinfónicos por lo tanto se deben adquirir los siguientes Instrumentos: 24 VIOLINES (tamaño ½,3/4 y4/4), 10 VIOLAS (tamaño 15 y 16), 9 VIOLONCELLO (tamaño ½,3/4 y4/4) 2 CONTRABAJOS (tamaño 3/4 y4/4) con sus correspondientes arcos y encordados y 30 atriles, por lo anterior se hace necesario la adqui sición de estos instrumentos con un presupuesto de $33.000.000, lo que permitirá cumplir con el desarrollo musical y la metodología presentada por la Filarmónica para el beneficio 200 niños, niñas y jóvenes de 7 a 17 años de la Localidad de Engativá; y el Proyecto “1501 - Buen gobierno para estimular la participación social” por valor de $976.590.105 con el cual la Administración Local requiere adicionar los recursos al proyecto de inversión 3.3.1.15.07.45.1501 – “Buen gobierno para estimular la participación social” al componente de “realizar estrategia de fortalecimiento institucional”, para el normal funcionamiento de la Alcaldía, con el fin de garantizar y continuar desarrollando las actividades al servicio de la comunidad, para el cumplimento de las metas del PDLE y de la gestión, por lo que frente al proyecto 1501 se realizaron dieciséis (16) Contratos de Prestación de Servicios (CPS) del componente de fortalecimiento institucional tienen un tiempo de duración máximo de cuatro (4) meses, ochenta y dos (82) contratos del mismo componente terminan en octubre siendo necesario su continuidad hasta el mes de diciembre del presente año. La Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución de los anteriores proyectos, requiere la suma de Mil Trescientos Ochenta y Seis Millones Ochocientos Ochenta y Tres Mil Trescientos Cincuenta y Tres Pesos ($1.386.883.353) M/cte. Que, para tal fin, se solicitó concepto favorable a la Secretaría Distrital de Planeación con oficio No. 20196000151441 del 30 de abril de 2019, para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2019.

Que se solicitó concepto favorable a la Dirección Distrital de Presupuesto con oficio No. 20196000155201 del 3 de mayo de 2019 para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2019.

Que mediante oficio No. 2-2019-26564 del 7 de mayo de 2019, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto previo y favorable sobre el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión, en tanto el contra crédito y crédito no causan afectaciones negativas en el avance de las metas contempladas en el Plan de Desarrollo Local.

Que mediante oficio No. 2019EE94124 del 13 de mayo de 2019, la Dirección Distrital de Presupuesto emitió concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2019 por valor de Mil Trescientos Ochenta y Seis Millones Ochocientos Ochenta y Tres Mil Trescientos Cincuenta y Tres Pesos ($1.386.883.353) M/cte.

Que para el presente traslado se expide el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 804 del 30 de abril de 2019. En mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

PRIMERO: Efectúense los siguientes contra créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2019 correspondiente al Fondo de Desarrollo Local de Engativá, conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | CONTRACREDITOS ---|---|--- 3 | GASTOS | 1.386.883.353 3.3 | INVERSIÓN | 1.386.883.353 3.3.6 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 1.386.883.353 3.3.6.15 | Bogotá Mejor para todos | 54.816.758 3.3.6.15.01 | Pilar Igualdad de calidad de vida | 9.127.082 _3.3.6.15.01.03_ | _Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente_ | _9.127.082_ 3.3.6.15.01.03.1475 | _Envejecimiento digno, activo y feliz_ | 9.127.082 3.3.6.15.02 | Pilar Democracia urbana | 35.819.583 _3.3.6.15.02.18_ | _Mejor movilidad para todos_ | _35.819.583_ 3.3.6.15.02.18.1490 | _Movilidad y espacios públicos para el disfrute de la ciudadanía_ | 35.819.583 3.3.6.15.07 | Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia | 9.870.093 _3.3.6.15.07.45_ | _Gobernanza e influencia local, regional e internacional_ | _9.870.093_ 3.3.6.15.07.45.1501 | _Buen gobierno para estimular la participación social_ | 9.870.093 3.3.6.90 | OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES | 1.332.066.595 | TOTAL CONTRACREDITOS | 1.386.883.353 SEGUNDO: Efectúense los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2019 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, conforme al siguiente detalle:

CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | CREDITOS ---|---|--- 3 | GASTOS | 1.386.883.353 3.3 | INVERSIÓN | 1.386.883.353 3.3.1 | Directa | 1.386.883.353 3.3.1.15 | Bogotá Mejor Para Todos | 1.386.883.353 3.3.1.15.01 | Pilar Igualdad de calidad de vida | 410.293.248 3.3.1.15.01.02 | _Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia_ | _138.006.987_ 3.3.1.15.01.02.1468 | _Desarrollo Integral y buen trato para los niños y niñas_ | 138.006.987 _3.3.1.15.01.11_ | _Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte_ | _272.286.261_ 3.3.1.15.01.11.1480 | _Cultura, recreación y deporte para la participación y la formación_ | 272.286.261 3.3.1.15.07 | Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia | 976.590.105 _3.3.1.15.07.45_ | _Gobernanza e influencia local, regional e internacional_ | _976.590.105_ 3.3.1.15.07.45.1501 | _Buen gobierno para estimular la participación social_ | 976.590.105 | TOTAL CRÉDITOS | 1.386.883.353 TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83826).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá, D.C., en la Localidad 10 de Engativá a los 13 días del mes de mayo del año 2019.

ÁNGELA VIANNEY ORTIZ ROLDÁN

Alcaldesa Local de Engativá

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