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Circular 010 de 2019

Circular 010 de 2019 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD

Tipo
Circular
Número
010
Año
2019
Fecha
23 de mayo de 2019
Entidad
Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 010 DE 2019 ( Mayo 23) PARA: Entidades Estales.

DE: Directora Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital –UAECD-.

**ASUNTO:

Bienes de la UAECD ofrecidos para enajenación a título gratuito.** La Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital –UAECD-, mediante las resoluciones relacionadas en el siguiente cuadro, autorizó y ordenó la baja de unos bienes servibles no utilizables de propiedad de la Unidad, determinándose como destino final su enajenación a título gratuito entre entidades estatales, conforme al procedimiento establecido en el artículo n.° [2.2.1.2.2.4.3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71552#2.2.1.2.2.4.3) del Decreto Único Reglamentario N.° 1082 del 26 de mayo de 2015. | N.° de Resolución | Fecha | Detalle de los bienes ---|---|--- 1348 | 22 agosto de 2017 | Un vehículo 0201 | 22 marzo de 2018 | Ocho ítems de elementos de consumo 0922 | 17 mayo de 2019 | Nueve vehículos De conformidad con la citada norma, el martes 20 de mayo de 2019 fue publicado en la página web de la UAECD: https://www.catastrobogota.gov.co/, el listado de bienes muebles que no utiliza la Unidad y que son objeto de enajenación a título gratuito a las Entidades Estatales y que se encuentran aún en el inventario de la entidad.

Por lo anterior, los invitamos a consultar el listado específico de bienes ofrecidos en los siguientes enlaces:

https://www.catastrobogota.gov.co/es/resolucion/1348

https://www.catastrobogota.gov.co/es/resolucion/0201

Respecto al procedimiento, se dará aplicación a lo establecido en la citada norma como se cita a continuación: La entidad estatal interesada en adquirir estos bienes a título gratuito, debe manifestarlo por escrito dentro de los 30 días calendario siguientes a la fecha de publicación del acto administrativo. En tal manifestación la Entidad Estatal debe señalar la necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican su solicitud.

Si hay dos o más manifestaciones de interés de Entidades Estatales para el mismo bien, la Entidad Estatal que primero se haya pronunciado tendrá preferencia. Los representantes legales de la Entidad Estatal titular del bien y la interesada en recibirlo, deben suscribir un acta de entrega en la cual deben establecer la fecha de la entrega material del bien, la cual no debe ser mayor a treinta (30) días calendario, contados a partir de la suscripción del acta de entrega.

El costo por el traspaso o los gastos como: revisión técnico-mecánica, SOAT, traslado físico, arreglo de los bienes, reparaciones mecánicas, u otro derivado de la enajenación a título gratuito, serán asumidos por la Entidad interesada en recibir el bien.

Las Entidades Estatales pueden dirigir su manifestación de interés por escrito a la siguiente dirección:

Avenida carrera 30 # 25-90 Torre A Piso 11 y 12 – Torre B Piso 2 de Bogotá, D.C.

Teléfono 2347600 extensiones 7178, 7113 y 7188.

Correos electrónicos: vtorres@catastrobogota.gov.co crozo@catastrobogota.gov.co mjgarcia@catastrobogota.gov.co chaparro@catastrobogota.gov.co Cordial saludo,

OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES

Directora

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