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Decreto Local 004 de 2019

Decreto Local 004 de 2019 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar

Tipo
Decreto Local
Número
004
Año
2019
Fecha
26 de marzo de 2019
Entidad
Alcaldía Local de Ciudad Bolívar
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 004 DE 2019

(Marzo 26) _POR EL CUAL SE AJUSTA EL PRESUPUESTO ANUAL DE INGRESOS Y GASTOS DEL FONDO_ _DE DESARROLLO LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2019_ EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR (E.)

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 36 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 372 del 2010 en su artículo [36](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#36) estipula que los F.D.L. efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante decreto local previa la viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto Que en la Resolución SDH [000191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948#0) de 2017, por medio de la cual se adopta y consolida el manual de programación, ejecución y cierre presupuestal del Distrito Capital, establece el procedimiento necesario para el Ajuste por Cierre Presupuestal para una vigencia Que la Disponibilidad Inicial programada fue de $167.032.325.000, y efectuada la operación presupuestal correspondiente se debe disminuir en $ 24.473.430.817, para obtener una Disponibilidad definitiva de $142.558.894.183. Que, mediante comunicado Nº 2019EE20754 de 22 de febrero de 2019, la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, informo sobre el ajuste a la Disponibilidad Inicial, una vez distribuido los excedentes financieros del Fondo de Desarrollo Local por el CONFIS.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

Ajustar la Disponibilidad inicial en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la Vigencia Fiscal de 2018, conforme al siguiente detalle: | CODIGO | CONCEPTO | REDUCIR ---|---|--- 1. | DISPONIBILIDAD INICIAL | 24.473.430.817**

Artículo 2°.

El presente Decreto rige a partir de su [publicación.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83271#0)

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, a los 26 días del mes de marzo del año 2019.

RAY G. VANEGAS HERRERA

Alcalde Local de Ciudad Bolívar (E.)

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