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Resolución 155 de 2019

Resolución 155 de 2019 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
155
Año
2019
Fecha
28 de marzo de 2019
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 155 DE 2019

(Marzo 28)

_Por la cual se delegan algunas funciones contempladas en el Decreto Distrital[828](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82128)de 2018_

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, así como las establecidas en los artículos 9 y 15 del Decreto Distrital 828 de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que el artículo [211](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#211) _ibídem_ determinó que la Ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones en sus subalternos o en otras autoridades.

Que el inciso [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9.i.1) del artículo 9 de la Ley 489 de 1998 señala que _“[l]as autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias”._ Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#10) _ibídem_ precisó que el acto de la delegación siempre será escrito, y determinará la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren.

Que el inciso [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#12.2) del artículo 12 _ídem_ especificó que _“la delegación exime de responsabilidad al delegante; la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, sin perjuicio de que en virtud de lo dispuesto en el artículo[211](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#211) de la Constitución Política, la autoridad delegante pueda en cualquier tiempo reasumir la competencia y revisar los actos expedidos por el delegatario (...)” _ Que conforme al artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#17) del Acuerdo Distrital 257 de 2006, las autoridades administrativas del Distrito Capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Nacional [1499](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261) de 2017 y el Decreto Distrital [591](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81190) de 2018, se expidió el Decreto Distrital [828](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82128) de 2018 _“Por el cual se regula el Sistema Distrital de Archivos y se dictan otras disposiciones”._ Que el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82128#9) del Decreto Distrital 828 de 2018 estableció que _“El Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. reglamentará el ingreso de fondos y colecciones privadas de valor patrimonial para la ciudad que se realice a través de las modalidades de compra, donación o cualquier otro medio de ingreso del patrimonio documental.”_ Que el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82128#15) _ibídem_, determina: _“Anualmente la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá, premiará las mejores tesis, trabajos de investigación u otras iniciativas que versen sobre la historia de la ciudad en sus diferentes aspectos y/o sobre la gestión documental y archivos. Para el efecto el Secretario General reglamentará el mecanismo de participación y premiación.”_ Que el artículo [16](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82128#16) _ibídem_, dispone: _“El Secretario General reglamentará el ingreso de fondos y colecciones privadas de valor patrimonial para la ciudad, y la premiación de las mejores tesis, trabajos de investigación u otras iniciativas de que tratan los artículos[9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82128#9) y [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82128#15) del presente decreto, dentro de los 12 meses siguientes a la entrada en vigencia del presente decreto.”_ Que el numeral [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67103#2.n.5)° del artículo 2° del Decreto Distrital 425 de 2016 _“Por medio del cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.”_, contempla que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá tiene entre sus funciones _“5. Formular la política de gestión documental y archivos, organizar el sistema distrital de archivos y conservar, proteger y difundir la memoria institucional e histórica del Distrito”._ Que así mismo, el numeral [3.3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67103#3.n.3.3) del artículo 3 _ejusdem_, contempló que, para el cumplimiento del objeto y las funciones generales, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. tendrá dentro de su estructura organizacional una Dirección Distrital de Archivo de Bogotá.

Que los numerales [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67103#22.n.2), [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67103#22.n.6) y [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67103#22.n.8) del artículo 22 del Decreto Distrital 425 de 2016 establecieron que son funciones de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá _: “2. Proponer a la Secretaría General la formulación de las políticas de gestión documental distrital, para orientar y coordinar el Sistema Distrital de Archivos. (...) 6. Promover y desarrollar investigaciones históricas, de memoria histórica y técnicas requeridas para la identificación, valoración, acopio, adquisición, organización, conservación y servicio de los fondos y colecciones con valor de patrimonio documental para la ciudad. (...) 8. Promover la organización de los archivos del Distrito Capital, para garantizar la eficacia de la gestión gubernamental y la conservación del patrimonio documental, así como apoyar e impulsar la organización de los archivos privados que revistan especial importancia cultural, científica o histórica para la ciudad”._ Que dada la especialidad en la materia, en concordancia con las citadas normas y con el fin de garantizar mejores niveles de eficiencia, eficacia y economía en la gestión administrativa de la Secretaría General, es necesario delegar en el/la Director/a de Archivo de Bogotá de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., las funciones establecidas en cabeza del Secretario General en los artículos [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82128#9) y [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82128#15) del Decreto Distrital 828 de 2018 _“Por el cual se regula el Sistema Distrital de Archivos y se dictan otras disposiciones”._ En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. Delegar en el/la Director/a de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., la facultad de reglamentar el ingreso de fondos y colecciones privadas de valor patrimonial para la ciudad que se realice a través de las modalidades de compra, donación o cualquier otro medio de ingreso del patrimonio documental de que trata el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82128#9)° del Decreto Distrital 828 de 2018, dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia del Decreto Distrital [828](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82128) de 2018. Artículo 2°. Delegar en el/la Director/a de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., la facultad para reglamentar el mecanismo de participación y premiación de las mejores tesis, trabajos de investigación u otras iniciativas que versen sobre la historia de la ciudad en sus diferentes aspectos y/o sobre la gestión documental y archivos de que trata el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82128#15) del Decreto Distrital 828 de 2018, dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia del Decreto Distrital [828](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82128) de 2018. Artículo 3°. Las facultades delegadas mediante el presente acto administrativo no podrán ser delegadas en otros funcionarios. Artículo 4°. El Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. podrá en cualquier momento reasumir la competencia delegada. Artículo 5°. Comunicar la presente Resolución al Director/a de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C Artículo 6°. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83180). PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 28 días del mes de marzo del año 2019.

RAÚL BUITRAGO ARIAS

Secretario General

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