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Decreto Local 003 de 2019

Decreto Local 003 de 2019 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Tipo
Decreto Local
Número
003
Año
2019
Fecha
12 de marzo de 2019
Entidad
Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 003 DE 2019

(Marzo 12)

**_Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el_

__

_presupuesto anual de ingresos y de_

__

_gastos del fondo de desarrollo local_

__

_de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia_

__

_fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019_**

EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el decreto N° [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82296#0) de 2018, se liquidó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, el cual fue modificado con el Decreto No.17 del 31 de 2018, asignando un monto de $ 2.696.287.000 para Gastos de Funcionamiento de la vigencia fiscal 2019.

Que una vez revisada la estructura de la ejecución del Presupuesto de la Localidad de Rafael Uribe Uribe con corte a 31 de Enero de 2019, se evidenció que en el rubro 3.1.2.02.02.01.006.001 “servicios de mensajería”, se encuentran saldos disponibles.

Que se hace necesario efectuar el pago de transporte para los notificadores de la Localidad el cual debe realizarse a través del rubro presupuestal 3.1.2.02.02.01.0002 ”Servicio de transporte de pasajeros”

Que para el presente traslado se expidieron los siguientes Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 524 del 26 de febrero de 2019.

Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, párrafo tercero estipula: _“Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.”._ Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, según Radicado No2019EE28590 del 08 de marzo de 2019, emitió concepto favorable sobre éste traslado presupuestal al interior de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, por valor de $ 16.000.000 En mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo primero.

Efectúense el siguiente Contracrédito al Presupuesto Anual de gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe de la vigencia fiscal 2019, de conformidad con el siguiente detalle: CONTRACRÉDITOS | 3 | GASTOS | 16.000.000 ---|---|--- 3-1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 16.000.000 3-1-2 | Adquisición de bienes y servicios | 16.000.000 3-1-2-02 | Adquisiciones diferentes de activos no financieros | 16.000.000 3-1-2-02-02 | Adquisición de servicios | 3-1-2-02-02-01 | Servicios de venta y de distribución, alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; Servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua | 16.000.000 3-1-2-02-02-01-0006 | Servicios postales y de mensajería | 16.000.000 3-1-2-02-02-01-0006-001 | Servicios de mensajería | 16.000.000 | TOTAL CONTRACRÉDITOS | 16.000.000

Artículo segundo.

Efectúense el siguiente Crédito al Presupuesto Anual de gastos e Inversiones Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe de la vigencia fiscal 2019, de conformidad con el siguiente del detalle:

CRÉDITOS

3 | GASTOS | 16.000.000 ---|---|--- 3-1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 16.000.000 3-1-2 | Adquisición de bienes y servicios | 16.000.000 3-1-2-02 | Adquisiciones diferentes de activos no financieros | 16.000.000 3-1-2-02-02 | Adquisición de Servicios | 16.000.000 3-1-2-02-02-01 | Servicios de venta y de distribución, alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; Servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua | 16.000.000 3-1-2-02-02-01-0002 | Servicios de transporte de pasajeros | 16.000.000 | TOTAL CRÉDITOS | 16.000.000

Artículo tercero.

El presente Decreto rige a partir de su [publicación.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83033#0)

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de marzo del año 2019.

LUIS ALEJANDRO VARGAS PINZÓN

Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe

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