Decreto Local 001 de 2019
Decreto Local 001 de 2019 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 001
- Año
- 2019
- Fecha
- 21 de febrero de 2019
- Entidad
- Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 001 DE 2019
(Febrero 21) __ _Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el presupuesto anual de ingresos y de gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019_ __ EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto N° de 2018 se liquidó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, asignando un monto de $ 2.696.287.000 para Gastos de Funcionamiento de la vigencia fiscal 2019.
Que una vez revisada la estructura de la ejecución del Presupuesto de la Localidad de Rafael Uribe Uribe con corte a 31 de Enero de 2019, se evidenció que en los rubros 3.1.2.02.02.03.004 “Servicios de telefonía fija”, 3.1.2.02.02.04.0001-003 “Aseo”,” se encuentran saldos disponibles.
Que por error involuntario se efectuó, el pago de los servicios de Aseo y Telefonía del mes de enero, con cargo a los rubros de Obligaciones por Pagar de Obligaciones por Pagar.
Que se hace necesario completar el monto de Obligaciones por Pagar para financiar la totalidad de ellas para posteriormente efectuar el Ajuste al Presupuesto.
Que para el presente traslado se expidieron los siguientes Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 388 y 392 del 06 de febrero de 2019.
Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, párrafo tercero estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.”.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, según Radicado No. 2019EE17431 del 15 de Febrero de 2019, emitió concepto favorable sobre éste traslado presupuestal al interior de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, por valor de $ 1.818.024. En mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo primero.
Efectúense el siguiente Contracrédito al Presupuesto Anual de gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe de la vigencia fiscal 2019, de conformidad con el siguiente detalle:
CONTRACRÉDITOS | 3 | GASTOS | 1.818.024 ---|---|--- 3-1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 1.818.024 3-1-2 | Adquisición de bienes y servicios | 1.818.024 3-1-2-02 | Adquisiciones diferentes de activos no financieros | 3-1-2-02-02 | Adquisición de servicios | 3-1-2-02-02-03 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | 3-1-2-02-02-03-0004 | Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información | 3-1-2-02-02-03-0004-001 | Servicios de telefonía fija | 1.618.220 3-1-2-02-02-04 | Servicios administrativos del Gobierno | 3-1-2-02-02-04-0001 | Otros servicios públicos generales del Gobierno n.c.p | 3-1-2-02-02-04-0001-003 | Aseo | 199.804 | TOTAL CONTRACRÉDITOS | 1.818.024
Artículo segundo.
Efectúense el siguiente Crédito al Presupuesto Anual de gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe de la vigencia fiscal 2019, de conformidad con el siguiente detalle:
CRÉDITOS
3 | GASTOS | 1.818.024 ---|---|--- 3-1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 1.818.024 3-1-8 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 1.818.024 3-1-8-02 | GASTOS GENERALES | 3-1-8-02-02 | Adquisición de Servicios | 3-1-8-02-02-08 | Servicios Públicos | 3-1-8-02-02-08-0003 | Aseo | 199.804 3-1-8-02-02-08-0004 | Teléfono | 1.618.220 | TOTAL CRÉDITOS | 1.818.024
Artículo tercero.
El presente Decreto rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82932).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de febrero del año 2019.
LUIS ALEJANDRO VARGAS PINZÓN
Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe
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