Jurismart

Resolución 037 de 2019

Resolución 037 de 2019 Secretaría Distrital de Hacienda

Tipo
Resolución
Número
037
Año
2019
Fecha
6 de marzo de 2019
Entidad
Secretaría Distrital de Hacienda
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN SDH-037 DE 2019

(Marzo 6)

_Por medio de la cual se modifica parcialmente el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, adoptado y consolidado mediante Resolución No. SDH000[191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948)del 22 de septiembre de 2017_

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el artículo 92 del Decreto 714 de 1996, literal a) del artículo 4° del Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014[1], modificado por el artículo 1° del Decreto 364 del 22 de septiembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que le corresponde a la Secretaría Distrital de Hacienda impartir las instrucciones que considere pertinentes para garantizar el adecuado manejo financiero y presupuestal de las entidades y organismos distritales.

Que el artículo [92](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#92) del Decreto 714 de 1996[2] establece que “corresponde a la Secretaria de Hacienda garantizar la correcta programación y ejecución presupuestal. Para tal fin diseñará los métodos y procedimientos de información, seguimiento y evaluación que considere necesarios”.

Que el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63160#1)° del Decreto Distrital 364[3] del 22 de septiembre de 2015, que modifica el artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60281#4)° del Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, en su literal a) asigna a la Secretaría Distrital de Hacienda la función de “Formular la política del Distrito Capital en materia fiscal, tributaria, presupuestal, contable, de tesorería y de crédito público”.

Que en el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82045#9) del Acuerdo Distrital 728 del 26 de diciembre de 2018[4] se armoniza el Plan de Cuentas Anual del Distrito al Nuevo Catálogo de Clasificación Presupuestal del Presupuesto General de la Nación.

Que la nueva clasificación presupuestal que aplica para las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital – Administración Central, Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales, Organismos de Control y Ente Autónomo Universitario – está sustentada en el Decreto Nacional [412](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=75565) de 2018[5], modificatorio del Decreto Único Reglamentario [1068](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62502) de 2015[6] del Sector Hacienda y Crédito Público, y la Resolución 0010 de 2018[7], mediante la cual el Ministerio de Hacienda y Crédito Público define los diferentes clasificadores presupuestales que permiten identificar las operaciones presupuestales, tanto de ingresos, como de gastos en los distintos procesos del Presupuesto General de la Nación.

Que la nueva estructura del Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones no contempla el rubro: _pasivos exigibles_ en la nueva clasificación presupuestal; por tanto, ya no se debe efectuar un traslado presupuestal en el gasto, sino un cambio de fuentes de financiación para identificar los recursos que respaldan el pago de este tipo de obligaciones, por lo cual no requieren concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

Que los _Pasivos Exigibles_ son compromisos debidamente perfeccionados que fenecieron presupuestalmente por no haber sido cancelados en la vigencia en que se constituyeron como reserva presupuestal y deben pagarse en la vigencia que se hagan exigibles.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda expidió la Resolución [191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) de 2017 _“Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”, dentro del cual se define lo relacionado con los “Traslados para cubrir el pago de pasivos exigibles”._ Que con base en todo lo expuesto, es procedente modificar lo correspondiente al procedimiento de pago de pasivos exigibles establecido en el Módulo 1 del Manual Operativo Presupuestal.

Que el proyecto de resolución y su anexo se publicaron en la página de internet de la entidad, durante el día 27 de febrero de 2019, sin que se recibieran observaciones o sugerencias por parte de los ciudadanos. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Esta resolución aplica para las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital – Administración Central, Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales, Organismos de Control y Ente Autónomo Universitario. ARTÍCULO 2º. Adicionar en el Módulo 1 del Manual Operativo Presupuestal el numeral 3.2.1.11 _“Cambio de Fuentes de Financiación en Funcionamiento e Inversión para el pago de pasivos exigibles”,_ de acuerdo con el Anexo de la presente resolución.

Artículo 3º.

Derogar el numeral 3.2.1.4.2.1 _“Traslados para cubrir el pago de pasivos exigibles”_ del Módulo 1 del Manual Operativo Presupuestal.

Artículo 4º.

La presente modificación al Manual Operativo Presupuestal rige a partir de la fecha de su [expedición](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82928) en el Registro Distrital y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 6 días del mes de marzo del año 2019.

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ

Secretaria de Hacienda NOTA: Ver Anexo.

* * * [1] “Por el cual se modifica la estructura interna y funcional de la Secretaría Distrital de Hacienda y se dictan otras disposiciones” [2] “Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital” [3] “Por el cual se modifica el Decreto Distrital 601 de 2014” [4] “Por el cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 y se dictan otras disposiciones”. [5] “Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Régimen reglamentario del sector hacienda y crédito público, Parte 8 del Régimen Presupuestal, Parte 9 Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF NACIÓN y se establecen otras disposiciones”. [6] “Por medio de la cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público”. [7] “Por la cual se establece el Catálogo de Clasificación Presupuestal y se dictan otras disposiciones para su administración”.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar