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Decreto Local 001 de 2019

Decreto Local 001 de 2019 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Tipo
Decreto Local
Número
001
Año
2019
Fecha
20 de febrero de 2019
Entidad
Alcaldía Local de Antonio Nariño
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 001 DE 2019

(Febrero 20)

_Por medio del cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto Anual de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal de 2019_

EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Ley 1421/93 y el artículo 31 del Decreto Distrital 372 del 30 de agosto 2010, y en especial el artículo 16 del Decreto 597 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral [1º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.n.1) del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, _“Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – FDL”_, determina que los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local, con concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrial de Presupuesto.

Que mediante Decreto Local No. [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82565#0) del 26 de diciembre de 2018, se liquidó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019.

Que el rubro 3.1.2.02.02.02.0001.005 Servicios de seguros de vida colectiva de los Ediles, para la vigencia 2019 se destinó un valor de $13.952.780 de los cuales se requieren para la presente vigencia el equivalente a $10.880.616 dando cobertura en seguros de vida a los siete ediles de la localidad quedando un saldo disponible de $3.072.164 que puede ser trasladado para cubrir otras necesidades.

Que el rubro 3.1.2.02.02.03.0006.005 Servicios de mantenimiento y reparación de otra maquinaria y otro equipo, para la vigencia 2019 se destinó un valor de $400.000.000 siendo necesario trasladar $46.770.858 para dar cobertura a los seguros de la Entidad en la presente vigencia.

Que el rubro 3.1.2.02.02.02.0001.007 Servicios de seguros de vehículos automotores, le fue asignado para la vigencia 2019 un monto equivalente a $6.000.000, siendo necesario adicionar recursos por $19.775.400 este rubro con el fin de garantizar el pago de seguros de vehículos de la Entidad.

Que el rubro 3.1.2.02.02.02.0001.008 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción, le fue asignado para la vigencia 2019 un monto equivalente a $20.000.000 siendo necesario le sean adicionados recursos por $24.086.172 con el fin de garantizar los seguros contra incendio, terremoto o sustracción de la Entidad.

Que el rubro 3.1.2.02.02.02.0001.009 Servicios de seguros generales de responsabilidad civil, le fue asignado para la vigencia 2019 un monto equivalente a $30.194.550 siendo necesario adicionar recursos por $5.981.450 para garantizar la cobertura en seguros de responsabilidad civil en la Entidad.

Que con oficio No.2019EE18358 del 18 de febrero de 2019, la Secretaria Distrital de Hacienda emitió concepto favorable a la solicitud presentada por el Alcalde Local, para el traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento – Gastos Generales por valor de $49.843.022. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo primero.

Efectúese un Contra crédito en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 por $49.843.022 CUARENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL VENTIDOS PESOS M/CTE de acuerdo al siguiente detalle: **15 FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE ANTONIO NARIÑO \- 01 -

CONTRACREDITOS

| CODIGO | NOMBRE | MODIFICACIONES ---|---|--- 3 | Gastos | $49.843.022 3.1 | Gastos de Funcionamiento | $49.843.022 3.1.2 | Adquisición de bienes y servicios | $49.843.022 3.1.2.02 | Adquisición diferentes de activos no financieros | $49.843.022 3.1.2.02.02 | Adquisición de servicios | $49.843.022 3.1.2.02.02.02 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | $3.072.164 3.1.2.02.02.02.0001 | Servicios financieros y servicios conexos | $3.072.164 3.1.2.02.02.02.0001.005 | Servicios de seguros de vida colectiva de los Ediles | $3.072.164 3.1.2.02.02.03 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | $46.770.858 3.1.2.02.02.03.0006 | Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción) | $46.770.858 3.1.2.02.02.03.0006.005 | Servicios de mantenimiento y reparación de otra maquinaria y otro equipo | $46.770.858 TOTAL CONTRACREDITOS | $49.843.022

Artículo segundo.

Efectúese unos Créditos en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019, por **$49.843.022 CUARENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS

CUARENTA Y TRES MIL VENTIDOS PESOS M/CTE** de acuerdo al siguiente detalle:

015 - FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE ANTONIO NARIÑO - 01 -

CREDITOS

CODIGO | NOMBRE | MODIFICACIONES ---|---|--- 3 | Gastos | $49.843.022 3.1 | Gastos de Funcionamiento | $49.843.022 3.1.2 | Adquisición de Bienes y Servicios | $49.843.022 3.1.2.02 | Adquisiciones Diferentes de Activos no Financieros | $49.843.022 3.1.2.02.02. | Adquisición de Servicios | $49.843.022 3.1.2.02.02.02 | Servicios Financieros Conexos, Servicios Inmobiliarios y Servicios de Leasing | $49.843.022 3.1.2.02.02.02.0001 | Servicios Financieros y Servicios Conexos | $49.843.022 3.1.2.02.02.02.0001.007 | Servicios de Seguros de Vehículos Automotores | $19.775.400 3.1.2.02.02.02.0001.008 | Servicios de Seguros contra Incendio, Terremoto o Sustracción | $24.086.172 3.1.2.02.02.02.0001.009 | Servicios de Seguros Generales de Responsabilidad Civil | $5.981.450 TOTAL CREDITOS | $49.843.022

Artículo tercero.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de febrero del año 2019.

EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO

Alcalde Local de Antonio Nariño

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