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Resolución 082 de 2019

Resolución 082 de 2019 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
082
Año
2019
Fecha
13 de febrero de 2019
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 082 DE 2019

( Febrero 13) __ _Por la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y se designan sus representantes para el periodo 2019-2021_

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 3° de la Resolución 652 de 2012 del Ministerio del Trabajo, modificado por el artículo 1° de la Resolución 1356 de 2012; el parágrafo 3° del artículo 6° del Decreto Distrital 515 de 2006, modificado por el artículo 1° del Decreto Distrital 437 de 2012, y [Derogada por la Resolución 108 de 2021.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=108885)

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio del Trabajo, por conducto de la Resolución [652](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47374) de 2012, modificado por la resolución [1356](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=48587) de 2012, estableció la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas, fijando su composición por dos (2) representantes del empleador y dos (2) representantes de los trabajadores, con sus respectivos suplentes.

Que el Decreto Distrital [437](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49366) del 19 de septiembre de 2012 modificó el artículo [6º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22478#6) del Decreto Distrital 515 de 2006, en el sentido de conformar independientemente de la Comisión de Personal, el Comité de Convivencia Laboral, con el fin de que este asuma la resolución de los conflictos de acoso laboral de que trata la Ley [1010](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18843) de 2006, el cual estará integrado en la forma prevista en el artículo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=48587#1) de la Resolución 1356 de 2012 del Ministerio del Trabajo.

Que a través de memorando interno con radicado 3-2019-2774 de la Subsecretaría Corporativa, se convocó a los servidores públicos de este Organismo para la elección de los representantes de los servidores públicos ante el Comité de Convivencia Laboral para el periodo 2019-2021 y proceder así con su conformación; de igual manera, se estableció el procedimiento interno para llevar a cabo la elección el día miércoles 30 de enero del presente año, en la que fueron elegidos sus representantes según el acta de escrutinio publicada el día viernes 1° de febrero en la Intranet de la Secretaría General, así: | Representante principal | Suplente ---|--- María Cristina Vélez Villamarín – Profesional Universitario | Alex Bermeo Prieto – Profesional Universitario Olga Lucía Vásquez Rangel – Profesional Universitario Luz Viviana Ramírez Oviedo – Técnico Operativo | Luz Viviana Ramírez Oviedo – Técnico Operativo Que teniendo en cuenta que el artículo [5°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47374#5) de la Resolución 652 del 30 de abril de 2012, en el que se definió que el período de los miembros del Comité de Convivencia será de dos (2) años, a partir de la respectiva comunicación de la elección y/o designación, se hace necesario designar a los representantes de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., al Comité de Convivencia Laboral, en los términos previstos en el artículo 1° parágrafo [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49366#1.p.3) del Decreto Distrital 437 de 2012, los cuales deberán reunirse ordinariamente cada tres (3) meses, sesionando con la mitad más uno de sus integrantes y extraordinariamente cuando se presenten casos que requieran de su inmediata intervención y podrá ser convocado por cualquiera de sus integrantes.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º-: [Modificado por el art. 1. Resolución 184 de 2020.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93883#1) <_El nuevo texto es el siguiente_ > Conformar el Comité de Convivencia Laboral de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., para el periodo 2019-2021, de la siguiente manera:

* Representantes del empleador:

a) Principal: Luz Karime Fernández Castillo Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica Suplente: Gina Alexandra Vaca Linares Directora Administrativa y Financiera b) Principal: Óscar Guillermo Niño del Río Director Distrital de Desarrollo Institucional Suplente: María Fernanda Bermeo Fajardo Asesora del Despacho

Parágrafo. - Los(as) representantes del empleador designados en este acto administrativo asumirán sus responsabilidades a partir de la fecha de comunicación de la presente resolución y por el término restante para la finalización del período establecido en la Resolución No. 082 del 13 de febrero de 2019”.

_El texto original era el siguiente:_

_Artículo 1º. Conformar el Comité de Convivencia Laboral de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., para el periodo 2019-2021, de la siguiente manera: Representantes del empleador: a) Principal: Diana Alejandra Ospina Moreno Directora Distrital de Calidad del Servicio. Suplente: Jair Fernando Imbachi Cerón. Subdirector de Seguimiento a la Gestión de I.V.C. b) Principal: César Ocampo Caro. Director Distrital de Desarrollo Institucional. Suplente: María Fernanda Bermeo Fajardo. Asesora del Despacho. Representantes de los servidores públicos: a) Principal: María Cristina Vélez Villamarín Profesional Universitario – Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía Suplente: Alex Bermeo Prieto. Profesional Universitario – Dirección de Talento Humano b) Principal: Olga Lucía Vásquez Rangel. Profesional Universitario – Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía. Suplente: Luz Viviana Ramírez Oviedo. Técnico Operativo – Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía. _

Artículo 2º-: Comunicar el contenido del presente acto administrativo a los servidores públicos mencionados en el artículo 1°, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Artículo 3°-: La presente Resolución rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82625) y deroga la Resolución [047](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68418) de 2017.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de febrero de 2019

RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS

Secretario General

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