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Resolución 144 de 2020

Resolución 144 de 2020 Secretaría Distrital de Ambiente

Tipo
Resolución
Número
144
Año
2020
Fecha
21 de enero de 2020
Entidad
Secretaría Distrital de Ambiente
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 00144 DE 2020

(Enero 21)

_Por la cual se designa al Defensor de la Ciudadanía de la Secretaría Distrital de Ambiente y se dictan otras disposiciones_

LA SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE

En ejercicio de las atribuciones legales establecidas en la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 y las conferidas en el Decreto Distrital 109 de 2009, modificado por el Decreto Distrital 175 de 2009, y en especial el Decreto Distrital 847 de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#2019) de la Carta Política y el artículo [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#3) de la Ley 489 de 1998 señalan que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, buena fe, responsabilidad y transparencia, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Así mismo, en el artículo [4°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#4) de la Ley 489 de 1998 se dispone que la función administrativa del Estado busca la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes, de conformidad con los principios, finalidades y cometidos consagrados en la Constitución Política.

Que a través del Decreto Distrital 197 de 2014 se adoptó la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía en la ciudad de Bogotá, D. C., en la cual se describen los referentes conceptuales, el enfoque de derechos y los principios generales sobre los cuales se debe desarrollar dicha política.

Que en el artículo 15 parágrafo [segundo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57396#15.p.2) del citado decreto, dispuso: “El Defensor del Ciudadano será garante y veedor en la implementación y seguimiento de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía”.

Que el 30 de diciembre de 2019 se expide el Decreto Distrital [847](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88588), “Por medio del cual se establecen y unifican lineamientos en materia de servicio a la ciudadanía y de implementación de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía, y se dictan otras disposiciones”

Que a través del citado decreto se establecen y unifican lineamientos en materia de servicio a la ciudadanía y de implementación de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía, actualizando algunas definiciones relacionadas con el servicio a la ciudadanía y fortaleciendo la figura del Defensor de la Ciudadanía en las entidades y organismos del Distrito Capital.

Que en el Capítulo [III](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88588#C.III) del Decreto Distrital 847 de 2019, se implementa la figura del Defensor de la Ciudadanía y se establecen sus funciones. Que, con fundamento en lo antes expuesto, se procederá en la parte Resolutiva del presente Acto Administrativo a designar en la Secretaría Distrital de Ambiente, al Defensor de la Ciudadanía y se establecerán sus funciones. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Implementar en la Secretaría Distrital de Ambiente, la figura del Defensor de la Ciudadanía como garante y veedor en la implementación y seguimiento de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de conformidad con lo dispuesto en los Decretos Distritales [197](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57396) de 2014 y [847](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88588) de 2019.

Artículo segundo.

Las siguientes serán las funciones del Defensor de la Ciudadanía: 1. Velar porque la entidad cumpla con las disposiciones normativas referentes al servicio a la ciudadanía. 2. Formular recomendaciones al Representante Legal de la entidad para facilitar la interacción entre la entidad y la ciudadanía, contribuyendo a fortalecer la confianza en la administración. 3. Analizar el consolidado de las peticiones que presente la ciudadanía sobre la prestación de trámites y servicios, con base en el informe que sobre el particular elabore la Oficina de Servicio a la Ciudadanía o quien haga sus veces, e identificar las problemáticas que deban ser resueltas por la entidad. 4. Diseñar e implementar estrategias de promoción de derechos y deberes de la ciudadanía, así como de los canales de interacción con la administración distrital disponibles, dirigidos a servidores públicos y ciudadanía en general. 5. Promover la utilización de diferentes canales de servicio a la ciudadanía, su integración y la utilización de Tecnologías de Información y Comunicaciones para mejorar la experiencia de los ciudadanos 6. Elaborar y presentar los informes relacionados con las funciones del Defensor de la Ciudadanía que requiera la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y la Veeduría Distrital. 7. Las demás que se requieran para el ejercicio eficiente de las funciones asignadas.

Artículo tercero.

[Modificado por el art. 1, Resolución 00392 de 2023](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=145538#1) _< El nuevo texto es el siguiente>_ Artículo 3. DESIGNAR como Defensor de la Ciudadanía de la Secretaría Distrital de Ambiente al Asesor Código 105 Grado 06 del Despacho de la Secretaría Distrital de Ambiente. El texto original era el siguiente:

Artículo tercero.

Designar como Defensora de la Ciudadanía de la Secretaría Distrital de Ambiente, a la doctora PAOLA RICAURTE AYALA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.424.459 de Bogotá, Asesor Código 105 Grado 06 del Despacho de la Secretaría Distrital de Ambiente.

Artículo cuarto.

Comunicar la presente delegación a la doctora PAOLA RICAURTE AYALA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.424.459 de Bogotá, Asesor Código 105 Grado 06 del Despacho de la Secretaría Distrital de Ambiente.

Artículo quinto.

Publicar el presente acto administrativo en el Boletín Legal Ambiental y en la página web de la entidad.

Artículo sexto.

La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación y deroga las normas que le sean contrarias, en especial la Resolución 00058 de 2018. **COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de enero del año 2020.

CAROLINA URRUTIA VASQUEZ

SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE

Elaboró: MARIA CLAUDIA ORJUELA MARQUEZ C.C: 52258551 T.P: N/A CPS: CONTRATO 20190297 DE 2019 FECHA EJECUCION: 14/01/2020 Revisó: MARIA CLAUDIA ORJUELA MARQUEZ C.C: 52258551 T.P: N/A CPS: CONTRATO 20190297 DE 2019 FECHA EJECUCION: 15/01/2020 VIVIANA CAROLINA ORTIZ GUZMAN C.C: 42163723 T.P: N/A CPS: FUNCIONARIO FECHA EJECUCION: 15/01/2020 Aprobó: VIVIANA CAROLINA ORTIZ GUZMAN C.C: 42163723 T.P: N/A CPS: FUNCIONARIOFECHA EJECUCION: 15/01/2020 Firmó: CAROLINA URRUTIA VASQUEZ C.C: 52453929 T.P: N/A CPS: FUNCIONARIOFECHA EJECUCION: 21/01/2020

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