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Resolución 228 de 2020

Resolución 228 de 2020 Instituto Distrital de Turismo - IDT

Tipo
Resolución
Número
228
Año
2020
Fecha
29 de diciembre de 2020
Entidad
Instituto Distrital de Turismo - IDT
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 228 DE 2020

(Diciembre 29)

_Por medio de la cual se adoptan los Instrumentos de Gestión de la Información Pública en el Instituto Distrital de Turismo_

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO – IDT

En ejercicio de sus facultades Legales y en especial las que le confiere el Artículo 5 del Acuerdo Nro. 275 de 2007 del Concejo de Bogotá, D.C., los Acuerdos Nro. 01 de 2007, 008 de 2016 y 006 de 2019 de la Junta Directiva, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo [74](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#74) de la Constitución Política dispone _“Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley”._ Que la Ley [1712](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56882#0) de 2014 _“Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”_, establece a cargo de las entidades públicas la obligación de crear y mantener actualizados los siguientes instrumentos: a) Esquema de Publicación; b) Programa de Gestión Documental; y c) Índice de Información Clasificada y Reservada.

Que el Decreto Nacional 1081 de 2015 _”Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República”_ en su artículo [2.1.1.5.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62516#2.1.1.5.2) señala que el Registro de Activos de Información, el Índice de Información Clasificada y Reservada, el Esquema de Publicación de Información y el Programa de Gestión Documental, deben ser adoptados y actualizados por medio de acto administrativo o documento equivalente de acuerdo con el régimen legal al sujeto obligado.

Que la Ley 594 de 2000 _“Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones”,_ en su artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4275#21) frente a los Programas de Gestión Documental establece que _“las entidades públicas deberán elaborar programas de gestión de documentos, pudiendo contemplar el uso de nuevas tecnologías y soportes, en cuya aplicación deberán observarse los principios y procesos archivísticos.”_ Que el Decreto 2609 de 2012, _“Por el cual se reglamenta el Título V de la Ley 594 de 2000, parcialmente los artículos 58 y 59 de la Ley 1437 de 2011 y se dictan otras disposiciones en materia de Gestión Documental para todas las Entidades del Estado.”_ Dispone en su artículo [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=50958#11) que “ _El Programa de Gestión Documental (PGD) debe ser aprobado por el Comité de Desarrollo Administrativo conformado en cada una de las entidades del orden nacional o el Comité Interno de Archivo en las entidades de orden territorial. La implementación y seguimiento del PGD es responsabilidad del área de archivo de la Entidad en coordinación con la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces”._ Que en virtud de las disposiciones anteriores, para el presente año el Comité de Gestión y Desempeño del Instituto Distrital de Turismo, aprobó el Programa de Gestión Documental, previa remisión del detalle de las actividades por proyectos.

Que en el marco de lo dispuesto en los artículos [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56882#12) y [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56882#13) de la Ley 1712 de 2014, la Oficina Asesora de Planeación, realizó de manera coordinada con las demás dependencias de la entidad, la construcción, verificación y validación de los documentos adoptados a través del presente acto administrativo. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

**_ARTÍCULO 1_

ADOPCIÓN. Adoptar los siguientes Instrumentos de Gestión de Información en el Instituto Distrital de Turismo: 1. Índice de Información Clasificada y Reservada.

2. Esquema de Publicación de Información 3.** Programa de Gestión Documental – PGD.

**_PARÁGRAFO PRIMERO_

-. Los documentos mencionados se incorporan al presente acto administrativo, formando parte integral de la resolución. _PARÁGRAFO SEGUNDO_ -. De conformidad con la normatividad vigente en la materia, dichos documentos podrán ser actualizados cuando así se requiera. _ARTÍCULO 2._

PUBLICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS. Publicar por el conducto de la Oficina Asesora de Comunicaciones, el Índice de Información Clasificada y Reservada, el Esquema de publicación de Información del Instituto Distrital de Turismo y el Programa de Gestión Documental del Instituto Distrital de Turismo en la página web de la entidad. _ARTÍCULO 3_. VIGENCIA.** La presente Resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=106825).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D. C., a los 29 días del mes de diciembre de 2020.

KAROL FAJARDO MARIÑO

Directora General

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