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Acta de Conciliación 640351 de 2020

Acta de Conciliación 640351 de 2020 Lotería de Bogotá

Tipo
Acta de Conciliación
Número
640351
Año
2020
Fecha
19 de noviembre de 2020
Entidad
Lotería de Bogotá
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

PROCESO PREVENTIVO Fecha de Revisión 18/11/2018 Fecha Aprobación 20/11/2018 SUBPROCESO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL EN DERECHO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL FORMATO ACTA DE ACUERDO Versión 1 REG-PR-CO-019 Página 1 de 3 CENTRO DE CONCILIACIÓN CÓDIGO No. 3248 PROCURADURÍA DELEGADA PARA ASUNTOS CIVILES Y LABORALES Solicitud de Conciliación No. IUS E-2020-640351 Convocante (s) COMPAÑIA DE MEDICINA PREPAGADA COLSANITAS S.A. Convocado (s) LOTERÍA DE BOGOTÁ Fecha de Solicitud 19 de noviembre de 2020 Objeto PAGO DE FACTURAS En Bogotá, D.C., a veintiocho (28) de enero de 2021 se da inicio a la diligencia programada para el día de hoy a las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.), con la presencia de MARTHA LIGIA PATRÓN LÓPEZ, Conciliadora adscrita al Centro de Conciliación de la Procuraduría General de la Nación, identificada con la cédula de ciudadanía No. 34.994.496, asignada como Conciliadora en las presentes diligencias de Conciliación Extrajudicial en Derecho, llevada a cabo de forma virtual por medio de la plataforma Microsoft Teams, destinada por la entidad para el efecto y en virtud del Decreto 491 de 2020.

ANTENCEDENTES:

1.- El diecinueve (19) de noviembre de 2020, EDGARDO JOSÉ ESCAMILLA SOTO, identificado con cédula de ciudadanía 15.726.180 y tarjeta profesional 157.807 del C.S. de la J., actuando en calidad de Representante Legal para Asuntos Judiciales de la COMPAÑÍA DE MEDICINA PREPAGADA COLSANITAS S.A., con Nit. 860.078.828-7, promovió, trámite de audiencia de Conciliación ante el Centro de Conciliación de la Procuraduría General de la Nación.

Parte Convocada: LOTERIA DE BOGOTÁ, con Nit. 899.999.270-1.

2.- Admitida la solicitud se fijó como fecha y hora para la celebración de la audiencia virtual, previa aceptación de la parte convocante, el día veintiocho (28) de enero de dos mil veintiuno (2021) a las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.). Se libró citación al correo electrónico de las partes el 2 de diciembre de 2020 e invitación a la audiencia virtual por medio de la plataforma Microsoft Teams, el 5 de enero de 2021. PRETENSIONES La solicitud se presentó a efectos de que las partes lleguen a un acuerdo conciliatorio en relación con las siguientes pretensiones: “1.-[E]l pago de las facturas de venta No. 121-198795, 121- 294838, 123-898, las cuales suman un monto total de TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVENTA PESOS (COP $32.535.090), y que se derivan de la prestación de los servicios de medicina prepagada en el marco del Contrato, a los Usuarios de la Lotería, durante los meses de marzo, abril y mayo de 2020.

Lugar de Archivo: Centro de Conciliación de la PGN.

Tiempo de Retención: Archivo de Gestión: 5 años, Archivo Central: 3 años. Disposición Final: Microfilmación y Conservación permanente.

Centro de Conciliación de la Procuraduría General de la Nación. Calle 16 No. 4-75, primer piso conciliacion.civil@procuraduria.gov.co VIGILADO Ministerio de Justicia y del Derecho PROCESO PREVENTIVO Fecha de Revisión 18/11/2018 Fecha Aprobación 20/11/2018 SUBPROCESO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL EN DERECHO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL FORMATO ACTA DE ACUERDO Versión 1 REG-PR-CO-019 Página 2 de 3 2- Llegar a un acuerdo conciliatorio en el cual se pacte el pago de los intereses moratorios calculados sobre el valor antes relacionado, desde la fecha de exigibilidad de la obligación.”

Lo anterior, de acuerdo con los hechos y peticiones relacionados en la solicitud de conciliación.

ASISTENCIA Por la parte Convocante: asiste EDGARDO JOSÉ ESCAMILLA SOTO, identificado con C.C. No. 15.726.180 y tarjeta profesional 157.807 del C.S. de la J., actuando en calidad de Representante Legal para Asuntos Judiciales de la COMPAÑÍA DE MEDICINA PREPAGADA COLSANITAS S.A., con Nit. 860.078.828-7.

Por la parte Convocada: asiste JANNETH PÉREZ CAMBEROS, identificada con la C.C. No.52.327.639 y T.P. No. 92.301 del C.S. de la J., con poder conferido y remitido por correo electrónico, otorgado por LUZ MARY CÁRDENAS HERRERA, identificada con la C.C. No. 46.364.350, Representante Legal de la LOTERÍA DE BOGOTÁ.

En consideración a la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional y en la autorización para realizar audiencias de manera virtual establecida en el Decreto 491 de 2020 “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”, la parte convocante manifestó expresamente su voluntad de desarrollar la audiencia por medios electrónicos.

TRAMITE La Conciliadora ilustra a las partes sobre la naturaleza, efectos y alcances de la conciliación, les pone de presente sus ventajas y beneficios y los invita a formular las propuestas que estimen pertinentes, tendientes a solucionar las diferencias planteadas, advirtiendo que la diligencia se encuentra amparada en el principio de confidencialidad contenido en el Artículo 76 de la Ley 23 de 1991. Luego de examinar las alternativas de arreglo presentadas por la Conciliadora y cada una de las ofertas que cruzaron las partes como expresión de su libre autonomía negocial, llegan al siguiente acuerdo conciliatorio como solución definitiva a sus diferencias, con fundamento en la decisión del comité de conciliación de fecha 12 de enero de 2021 y la respectiva certificación adjuntada de fecha 14 de enero de 2021, así:

LOTERÍA DE BOGOTÁ, se obliga cancelar a COMPAÑÍA DE MEDICINA PREPAGADACOLSANITAS S.A., con ocasión del objeto de la presente convocatoria, la suma de TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA MIL PESOS ($32.530.000,oo), en un solo pago, a más tardar el día quince (15) de Lugar de Archivo: Centro de Conciliación de la PGN.

Tiempo de Retención: Archivo de Gestión: 5 años, Archivo Central: 3 años. Disposición Final: Microfilmación y Conservación permanente.

Centro de Conciliación de la Procuraduría General de la Nación. Calle 16 No. 4-75, primer piso conciliacion.civil@procuraduria.gov.co VIGILADO Ministerio de Justicia y del Derecho PROCESO PREVENTIVO Fecha de Revisión 18/11/2018 Fecha Aprobación 20/11/2018 SUBPROCESO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL EN DERECHO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL FORMATO ACTA DE ACUERDO Versión 1 REG-PR-CO-019 Página 3 de 3 febrero de 2021, mediante transferencia electrónica a la cuenta de ahorros del Banco DAVIVIENDA No. 0550005500105399, de titularidad de COMPAÑÍA DE MEDICINA PREPAGADA COLSANITAS S.A.

Teniendo en cuenta que el anterior acuerdo conciliatorio pone fin a las pretensiones que motivaron la solicitud de audiencia de conciliación y que es aceptado recíprocamente por las partes, la Conciliadora hace ver a los involucrados que este arreglo hace TRÁNSITO A COSA JUZGADA y que, en caso de incumplimiento, EL ACTA PRESTA MÉRITO EJECUTIVO. Desde ya se requiere a las partes, para que informen por escrito a este Despacho el cumplimiento del anterior acuerdo conciliatorio.

Se hace constar que la conciliadora leyó el acta en su integridad y ninguna presentó objeción a su contenido y forma, manifestando las partes que el acuerdo fue expresión de su libre y espontánea voluntad y así lo hacen constar mediante su aceptación manifestada verbalmente y por correo electrónico. En consecuencia, se firma por la abogada conciliadora en virtud de lo establecido en la Ley 527 de 1999, la Ley 640 de 2001 y los decretos 491 y 1287 de 2020, luego de leída y aprobada de manera virtual, siendo las nueve y veinticinco de la mañana (9:25 a.m.).

MARTHA LIGIA PATRÓN LÓPEZ Conciliadora Lugar de Archivo: Centro de Conciliación de la PGN.

Tiempo de Retención: Archivo de Gestión: 5 años, Archivo Central: 3 años. Disposición Final: Microfilmación y Conservación permanente.

Centro de Conciliación de la Procuraduría General de la Nación. Calle 16 No. 4-75, primer piso conciliacion.civil@procuraduria.gov.co VIGILADO Ministerio de Justicia y del Derecho

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