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Decreto Local 019 de 2020

Decreto Local 019 de 2020 Alcaldía Local de Puente Aranda

Tipo
Decreto Local
Número
019
Año
2020
Fecha
25 de noviembre de 2020
Entidad
Alcaldía Local de Puente Aranda
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 019 DE 2020

(Noviembre 25)

_Por el cual se liquida un traslado entre agregados en el presupuesto de Gastos e Inversión de la vigencia 2020_

LA ALCALDESA LOCAL DE PUENTE ARANDA

En uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 2010, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo Local No. [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=105685) del 24 de noviembre de 2020, la Junta Administradora Local aprobó, previo concepto favorable del CONFIS, un traslado presupuestal entre agregados en el presupuesto de Gastos e Inversión de la vigencia 2020.

Que mediante oficio 2-2020-46993 del 06 de octubre de 2020, la Secretaría Distrital de Planeación conceptuó favorablemente la Modificación Presupuestal, en relación con el traslado presupuestal de la Localidad de Puente Aranda entre grandes agregados.

Que mediante oficio 2-2020-53918 del 06 de noviembre de 2020, la Secretaria Técnica del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal-CONFIS, conceptuó favorablemente traslado presupuestal 2020 entre agregados.

Que en virtud de lo establecido la Resolución SDH N° 191 del 22 de septiembre de 2017, el Acuerdo aprobado por la JAL debe ser liquidado por el (a) Alcalde (sa) Local mediante decreto. Que, en mérito de lo anterior,

DECRETA:

ARTICULO 1: Liquidar el traslado presupuestal entre agregados en el presupuesto de Gastos e Inversiones de la localidad de Puente Aranda, efectuando un contracrédito en el presupuesto de inversiones, conforme al siguiente detalle: | CODIGO PRESUPUESTAL | NOMBRE | VALOR ---|---|--- 3-3 | INVERSIÓN | $105.000.000 3-3-1 | DIRECTA | $105.000.000 3-3- 1 -15 | Pilar 1: Igualdad en calidad de vida | $105.000.000 3-3- 1- 15- 07 | Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia | $105.000.000

3-3- 1- 15- 07-45 | Gobernanza e influencia local, regional e internacional | $105.000.000 ---|---|--- 3 -3 -1- 15-07-45- 1289 | Promoción y Apoyo a la participación Ciudadana | $105.000.000 | TOTAL CONTRACRÉDITO | $105.000.000 ARTÍCULO 2. Liquidar el traslado presupuestal entre agregados en el presupuesto de Gastos e Inversiones de la localidad de Puente Aranda, efectuando un crédito en el presupuesto de funcionamiento, conforme al siguiente detalle:

CODIGO PRESUPUESTAL | NOMBRE | VALOR ---|---|--- 3 | GASTOS | $105.000.000 3-1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | $105.000.000 3-1-2 | Adquisición de Bines y Servicios | $105.000.000 3-1-2-02 | Adquisiciones diferentes de activos no financieros | $105.000.000 3-1-2-02-02 | Adquisición de servicios. | $105.000.000 3-1-2-02-02-03 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | $105.000.000 3-1-2-02-02-03-0005 | Servicios de soporte | $105.000.000 3-1-2-02-02-03-0005-001 | Servicios de protección (guardas de seguridad) | $105.000.000 TOTAL CRÉDITO | $105.000.000 ARTÍCULO TERCERO: El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de noviembre del año 2020.

ROSA ISABEL MONTERO TORRES

Alcaldesa Local (E) de Puente Aranda

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